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A
arystoy
09/07/2016 19:33
insisto la información la tienen ya,pero no la pasan por canales oficiales, que le pregunte a la junta y al administrador si tienen dicha información y veras que si la tienen,.
Están esperando á que algún vecino impugne todas las decisiones tomadas por la junta un año atrás para empezar a correr.
Esto se llama omisión de obligaciones, y también tiene sus repercusiones.
Pues si se tiene constancia y no se hace nada están incurriendo en una falta.que podría ser reclamado por todo vecino que se crea afectado.
Todos los vocales tienen constancia de dicha circuntancia, y ninguno a tomado cartas en el asunto
 
L
lord_ico
08/07/2016 18:48

Insisto, si tienes algún documento que demuestre que no es propietario, facilitaselo a la junta. Acabo de preguntar a una amiga vocal y no les consta. Si no tienes documentos que demuestren lo que dices, y solo estas lanzando información sin base, estas perdiendo el tiempo.

 
A
arystoy
08/07/2016 18:44
Esa informacion ya la tiene la junta directiva,. solo falta que la tomen en consideracion, y remedien la situacion de irregularidad de la presidencia y ya que estamos si otro vocal no furea propietario que renuncie a su puesto. todos los vocales tienen que ser propietarios, no puede haber nadie en la junta que no sea propietario. es decir que toda persona que no aparezca como titular de la vivienda, no puede ejercer como representante de esta comunida.

 
L
lord_ico
08/07/2016 14:50
Esa información es muy relevante, y si tienes documentación que lo demuestra, te insto a que informes a tu vocal para que lo haga saber a la Junta directiva.
 
A
arystoy
08/07/2016 12:09

Oficialmente, propietario es quien aparece como titular en el registro de la propiedad, unico titulo que acredita el derecho,

ahora ya te puedo decir que el presidente no aparece en el registro como titular. por lo tanto , oficialmente no puede ser presidente.

corresponde a la junta de vocales y administrador velar por la legalidad de los cargos, y mas teniendo en conocimiento de dicha circuntancia, y si no fuera asi y nos ocasionara algun perjuicio,seria el administrador y la junta de propietarios los responsables en primer lugar y depues de cada uno de nosotros por no llamar al administrador para que comprobara dicha irregularidad .

 

 

 

 
A
arystoy
06/07/2016 09:52

pues yo entiendo que es el presidente quien puede aclarar la situacion,que se pronuncie y diga si es propieatrio.y lo demuestre.

tan facil como eso.

 

 
L
lord_ico
05/07/2016 22:28

Entiendo que te corresponde a ti, que eres el que lanza esa acusación. Puedes demostrar eso que has insinuado? O no te basas en nada y simplemente estas lanzando información malintencionada? 

 
A
arystoy
05/07/2016 22:16
Ya digo que yo no se si lo es, pero tiene fácil solución que presente la escritura y lo aclare.
Y si lo es todo solucionado.
Pero si no es propietario no puede ser presidente.
A quien le corresponde verificar esta situación?.
 
L
lord_ico
05/07/2016 21:05

De donde sacas la información de que el presidente no es propietario?

 
A
arystoy
02/07/2016 23:37

     2.1.- Sentencias del Tribunal Supremo y Audiencias Provinciales que optan por la calificación de nulidad absoluta o estructural:

2.1.1. TS Sala 1ª, Sentencia 14 de octubre de 2008, núm. 901/2008, rec. 948/2002. Pte: Seijas Quintana, José Antonio. En su FJ º dice “La jurisprudencia de esta Sala ha declarado la nulidad de pleno derecho del nombramiento como Presidente de la comunidad de propietarios de quien no es propietario. Así dice la sentencia de 30 de junio de 2005, citada en la de 13 de julio de 2006 (con referencia al artículo 12 de la Ley 40/1960, de 21 de julio, modificada por la Ley 8/1999, de 6 de abril -hoy art. 13-), que "evidentemente la normativa del art. 12 de la Ley de Propiedad Horizontal  es imperativa y cuando se conculca estamos ante un acto nulo de pleno derecho, conforme al art. 6.3 del Código Civil”.

 

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