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T
txerra
12/05/2004 10:39

gastos del crédito debe pagarlos la constructora

453 lecturas | 1 respuestas
Si no os subrogais con el BBVA y tenéis gastos de cancelación deberiáis estudiar si esto se aplica a vosotros:

Los gastos del crédito para edificar casas debe pagarlos la constructora
El Mundo 07/05/2004

La Audiencia de Madrid dicta una sentencia en este sentido.

Hipotecas, entradas, señales, letras... Una vez que se ha decidido por la adquisición de una vivienda son muchos los gastos que tendrá que pagar por el simple hecho de comprarla. Sin embargo, la empresa que realiza la venta tampoco está exenta de facturas.

Por ejemplo, la compañía constructora deberá pagar los gastos de constitución del préstamo hipotecario para construir su casa, tal y como ha señalado recientemente la Audiencia de Madrid, que, en una sentencia, ha condenado a una constructora a pagar a dos particulares los 1.322 euros que éstos le abonaron en concepto de gastos de constitución del préstamo hipotecario, más los intereses legales correspondientes desde que interpusieron la demanda.

La sentencia de la Audiencia madrileña explica que la constructora repercutió en los compradores los gastos que proporcionalmente estimó que le corresponderían por la constitución del crédito, sosteniendo que la finalidad de éste era financiar la compra y no la construcción.

Según el despacho de abogados Echeandía & Alevito, "las estipulaciones recogidas en los contratos de compraventa de vivienda por las que se obliga a los compradores a soportar los costes derivados del crédito con el que los promotores financian la construcción han sido declaradas nulas en diversas resoluciones judiciales y la base se encuentra en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios".
 
J
Juanfransan
13/05/2004 09:09
Confirmar todo lo leído, efectivamente no se puede repercutir al comprador ningún gasto por la hipoteca constituida por la constructora. Además de existir esas sentencias, hay una norma que establece la nulidad de toda claúsula contractual por la que se imponga al comprador la carga de estos gastos.
En breve os proporcionaré la norma.
Un saludo
 

Fin del hilo
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