Buenos días a todos,
Llevo unos días un par de días con bastantes dudas subre el IVA porque ZP siempre habla de venta o compraventa de vivienda nueva, que al menos en mi caso se produjo en 2010, y por ello me puedo desgravar los 1.300 euros todos los años. Por ello, de las palabras de ZP se deducía que:
1) Si la compra-venta de la vivienda se produce en 2010 tienes la ventaja fiscal asociada a la hipoteca de la que tanto se ha hablado ya.
2) Si la compraventa se produce entre el 19 de agosto (o 20, que sale en el BOE) y el 31 de diciembre tienes un IVA del 4% y no del 8%.
Por lo tanto, lo que yo deducía es que ambas ventajas eran incompatibles. Pues bien, después de ver el BOE del día 20 de agosto ya lo tengo bastante más claro (adjunto enlace más abajo).
El BOE no habla de compra-venta, sino que utiliza textualmente los siguientes términos:
"...en la Disposición transitoria cuarta de este Real Decreto-ley, se adopta una medida que tiene carácter temporal, como las que se incorporan también en el ámbito de la imposición directa, y se encamina a ofrecer una ventaja fiscal para las adquisiciones de viviendas que se realicen durante lo que resta de este año 2011. Así, con vigencia exclusiva hasta el 31 de diciembre de 2011 las entregas de inmuebles destinados a vivienda se beneficiarán de la tributación al tipo superreducido del 4% en lugar del 8% habitual."
Adicionalmente, el título de la disposición transitoria cuarta es aún más claro, os pego la disposición entera:
"Disposición transitoria cuarta. Tipo impositivo aplicable del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas de viviendas.
Con efectos desde la entrada en vigor de este Real Decreto-ley y vigencia exclusivamente hasta el 31 de diciembre de 2011, se aplicará el tipo reducido del 4 por ciento del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas de bienes a las que se refiere el número 7.º del apartado uno.1, del artículo 91 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido."
Así que visto esto, entiendo que ambas medidas (IVA y deducción fiscal por hipoteca sobre vivienda habitual) son compatibles en casos de compra-venta producida en 2010 y escritura y entrega de aquí a final de año. De todos modos soy cauto y espero la respuesta de Altamira a mi consulta, ya que parece que nos informarán a todos una vez hayan estudiado el tema.
http://www.boe.es/boe/dias/2011/08/20/pdfs/BOE-A-2011-14021.pdf
Sólo espero no haberos liado más...
Un saludo a todos.