Para decidir si firmo o no, lo principal para mí es si puedo contratar el agua y la luz porque yo una vez que firme necesito entrar inmediatamente, no puedo pagar hipoteca y alquiler.
En Iberdrola me dijeron que con el acta de conformidad y el boletín podía dar de alta la luz pero después de leer lo de montecarmelo del agua de obra, he llamado al Canal de Isabel II y me dicen que para dar de alta necsitan el nº de acometida principal y que con agua de obra la constructora no puede entregar las viviendas porque es una infracción, y que como ellos lo detecten (no he dicho de qué promoción somos)cortan el agua inmediatamente. Que de todas formas, el agua de obra está vinculada a la ejecución de la obra y que si esta ha terminado, aunque el Canal no lo detecte, puede que el contrato venza y se quede la casa sin agua.
Conclúsión ; boletín de luz, y número de acometida principal para el agua (gas no lo sé porque mi casa es de 1 y no llevo gas), sin eso, no nos pueden obligar a firmar, de hecho es una infracción usar la vivienda en esas condiciones.