Kaixo,
antes que nada, daros la bienvenida tanto a Plaky como a Herrero111, parece que este foro ya va cogiendo forma. Cuantos más seamos, más fuerza haremos.
Parece ser, como muy bien habéis indicado, que en estos momentos el descontento general es el tema de la caldera. Es indignante que de buenas a primeras quieran cambiar la memoria de calidades, por que crean que es mejor para el cliente. Cuando, con su actitud, demuestran una y otra vez que el cliente les interesa muy poco. La poca información que facilitan sobre la obra en general, la lentitud con la que trabaja la parte administrativa y las escasas aclaraciones ofrecidas cuando surgen problemas, como por ejemplo con la caldera, son inaceptables. Con decirte que no compres el piso o que va ha ser así y punto, lo tienen todo arreglado.
Después de lo demostrado por esta promotora, el cliente es meramente su fuente de ingresos y no tiene opción a replica. Pero, el cliente siempre tiene la razón y ya es hora de que se lo vayan aplicando.
En nuestro contrato no he visto que puedan realizar cambios por criterios técnicos. Lo que si he podido leer es:
MODIFICACIONES
La PARTE COMPRADORA autoriza expresamente a la VENDEDORA a efectuar las modificaciones en el Proyecto constructivo que oficialmente le fuesen impuestas por alguna autoridad administrativa o judicial competente, así como aquellas otras que le sean autorizadas y vengan motivadas por exigencias técnicas, jurídicas o comerciales durante su ejecución.
Se reconoce a la VENDEDORA la facultad expresa de modificar las características de los materiales a emplear en la construcción del edificio de referencia, siempre y cuando estas modificaciones supongan la sustitución de unos materiales por otros de semejante calidad y, en todo caso, cuenten con la previa autorización expresa de la Dirección Facultativa de la Obra.
Lo que no pone es que se puedan cambiar la memoria de calidades (caldera) por que ellos crean que es mejor.
Memoria de calidades
Calefacción y agua caliente
- Calefacción centralizada para el conjunto de las viviendas, para producción de agua caliente sanitaria y calefacción, con medidor de consumos individualizado.
- Instalación de termostato para regular la temperatura ambiente.
Os quiero dejar constancia de esta nueva ley...
Norma de Diseño ecológico (ErP)
De obligado cumplimiento a partir del 26 de septiembre de 2015. Los mínimos de eficiencia establecidos difícilmente podrán ser alcanzados por calderas convencionales, por lo que las estarán prohibidas y la caldera de condensación será protagonista a partir del 2015.
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Además, las calderas de condensación, son el doble de caras que las convencionales. Lo que me hace pensar que todo venga originado por el gasto económico que les supondrá. Es posible, que tras comparar precios, les salga más económico poner individuales. Por que si lo ponemos en una balanza, claramente gana la comunitaria.
Caldera centralizada con contadores individuales Caldera individual
Ocupa un lugar destinado a tal efecto SI Espacio que resta a la cocina X
No resta espacio dentro de la vivienda SI Espacio que resta al salón X
Mantenimiento colectivo SI Mantenimiento individual X
Ajuste del periodo para el uso de la calefacción X Ajuste del periodo para el uso de la calefacción SI
Como se puede observar, está muy clara la diferencia. El periodo lo fija la comunidad y no suele haber problemas. Por que lo normal es no poner la calefacción en periodo estival.
Aquí tenéis un articulo que habla sobre ello:
http://www.consumer.es/web/es/economia_domestica/servicios-y-hogar/2011/10/02/203578.php
Gracias a tod@s por perder un poco de vuestro tiempo en este tema que tanto nos preocupa.
Editado por Sherlock-Holmes 02/06/2015 13:24
Editado por Sherlock-Holmes 02/06/2015 13:25
Editado por Sherlock-Holmes 02/06/2015 13:25