Buenas tardes,
Acabo de leer vuestros mensajes, yo trabajo en una entidad financiera, y los tramites a seguir y las provisiones son diferentes:
En primer lugar cuando se constituye una hipoteca desde la entidad se os realizan dos provisiones una de compra-venta y otra por la constitución de hipoteca, estas provisiones se realizan para sufragar todos los gastos de notaria, registro (nueva inscripción en el registro, es decir a nombre de los propietarios, y a favor de la carga que exista es decir la deuda contraida con el Banco) y gestion. Normalmente estas provisiones se hacen a la alza, por lo que normalmente despues se devuelve la diferencia, aunque no siempre es asi, puede incluso que se haya quedado corta y en lugar de un abono encontreís un cargo o ninguna devolución aunque no es lo normal, como he comentado antes normalmente es superior la retencion a los costes.
Por otro lado tenemos la cancelación registral, en nuestro caso del prestamo promotor que contrayo ALCALA 120 para la construcción de nuestras viviendas, es decir si nosotros vamos al registro o pedimos una nota simple de nuestra vivienda seguramente aparezca a favor de ALCALA 120 Y con una carga a favor de CAIXA CATALUNYA, esta inscripción es la que deben de cancelar para que nuestra entidad inscriba la nueva titularidad, es decir la nuestra y la carga si corresponde a favor de la entidad con la que hayamos contraido la hipoteca, salvo que no exista hipoteca y simplemente apareceran los propietarios a porcentaje establecido en escritura sin cargas (aunque creo que todos estamos HIPOTECADOS¡¡¡¡¡ je je je. La ley establece que esta cancelación registral corre a cargo de la promotora en nuestro caso ALCALA 120, si es cierto que en muchos casos la promotora simplemente cancela la deuda económica y como habeís comentado luego es un problema, ya que según esta inscripción la vivienda seguiría siendo de ALCALA 120 y con la carga de CAIXA CATALUNYA, a la hora de vender o de demostrar que la vivienda es tuya es un problema, lo normal es que tarden un par de meses en realizar está modificación. Existen dos opciones una cancelarla vosotros mismos el problema es que el coste lo asumis vosotros cuando quien lo tiene que asumir es la promotora, y tendreís la garantia de que la inscripción en el registro es la correcta. La segunda opción es esperar cuatro o cinco meses y solicitar una nota simple de nuestra vivienda, desde vuestra entidad os la pueden pedir el problema es que os cobraran entre 20 y 30 Euros según la entidad, pero si os acercaís al registro por 4 Euros os la facilitarán, tambien se puede solicitar a traves de internet en la pagina del REGISTRO DE LA PROPIEDAD, pero tendreís que dar de alta vuestra cuenta bancaria donde se os realizará el cargo y el coste es de unos 12 Euros. Y en esta nota simple comprobeís si la cancelación esta realizada, por darles un voto de confianza, yo he tomado esta opción, además tengo conocidos en CAIXA CATALUNYA, y me comentaron que se estaban realizando las cancelaciones, aunque como ya sabreís el 80% de ALCALA 120 es de CAIXA CATALUNYA, asi que no os lo puedo asegurar, por eso lo mejor es esperar un par de meses que es lo que tarda en aparecer la nueva inscripción y comprobarlo, yo di bastante por saco con este tema ya que conozco muy de cerca el pasotismo que existe a la hora de la cancelación registral ademas suele ser por dejadez porque normalmente es un tema que se deja de lado y luego es un problema solucionarlo, ya que tienes que conseguir el número de préstamo inicial en este caso el del promotor y junto con la cancelación económica que una gestoría la cancele por eso yo os recomiendo que en cuatro o cinco meses soliciteís la nota simple y si sigue apareciendo mal lo mejor es que tramiteís vosotros directamente esta, o matemos a los de ALCALA 120, es que se están luciendo.
Un Saludo,