YA SABEMOS QUE ES DECEPCIONANTE TODO LO QUE ESTA PASANDO CON LOS ARREGLOS Y ALGUNAS DE LAS COSAS QUE DICEN LOS DE POST-VENTA.
NO HAGAIS CASO DE LO QUE OS DIGAN, CUANDO LLAMEIS DECIRLES QUE TOMEN NOTA Y YA ESTÁ. DESPUES LO QUE HAY QUE HACER ES UNA LISTA PROPIA CON LOS FALLOS, TODOS ENUMERADOS Y CON UNA BUENA EXPLICACION DEL FALLO, PARA DESPUÉS, SIEMPRE ANTES DEL AÑO DESDE QUE HABEIS ESCRITURADO, MANDAR UN BUROFAX CON DICHA RELACION Y CON EL APERCIMIENTO DE QUE OS AJUSTAIS A LEY.
VUELVO A RECORDAR QUE TENEIS 1 AÑO PARA RECLAMAR TAL Y COMO DICE EN EL CAPITULO IV ARTICULO 17 DE LA LEY 38/1999 DE LA EDIFICACION, ESTA COLGADA EN DESCARGAS PARA QUIEN LA QUIERA.
LA SOLUCION EN ESTOS CASOS DE OBRA NUEVA NO ES FACIL, PERO CREO QUE LO MEJOR ES CONTRATAR A ALGUN ABOGADO O BUFETE INDEPENDIENTE Y QUE NOS ASESORE TANTO A NIVEL PARTICULAR COMO GENERAL. EL ASESORARSE NO CREO QUE RESULTE TAN CARO, ES CUESTION DE MIRARLO.
YO AHORA ESTOY UN POCO LIADILLO CON TEMAS PERSONALES Y PROFESIONALES, PERO EN CUANTO VENGA EL BUEN TIEMPO Y UN PAR DE CHAPUZONES EN LA PISCINA HABLANDO CON LOS VECINOS ME PONGO MANOS A LA OBRA Y A "DENUNCIAR"
UN SALUDO