Hola,
Me ha llegado hoy una carta de Larcovi con la documentación para solicitar a la Administración la ampliación del plazo de 4 años para la construcción de vivienda, para poder seguir desgravando en el IRPF.
La primera cosa que me llama la atención es que indicamos a la Agencia Tributaria que las obras las terminamos en el 2º semestre de 2009, que yo supongo que será una fecha para curarse en salud, pero que es algo que por cierto no se especifica la carta y que a mí me da mala espina. Habrá que llamar a Ernesto para ver si esto es así.
Lo que tampoco me cuadra es cuándo hay que presentar esta solicitud. Ernesto nos dice en la carta que se debe presentar junto con la declaración de IRPF, cosa con la que no estoy para nada de acuerdo. Si echáis un vistazo al R.D. 439/2007 (al que se hace referencia en la carta)
http://www.boe.es/boe/dias/2007/03/31/pdfs/A14097-14149.pdf (en la página 28) si miráis en el art. 55 punto 4 dice:
"Cuando por otras circunstancias excepcionales no imputables al contribuyente y que supongan paralización de las obras, no puedan éstar finalizarse antes de transcurrir el plazo de 4 años (...), el contribuyente podrá solicitar de la Administración la ampliación del plazo.
La solicitud deberá presentarse en la Delegación o Administración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria correspondiente a su domicilio fiscal durante los treinta días siguientes al incumplimiento del plazo."
...que no coincide con lo que nos dice Ernesto. Yo, que soy funcionario os puedo asegurar que a veces la Administración se pone muy tonta con esto de los plazos, así que conviene hacerlo bien. Pues otra cosa para preguntar a Ernesto.
Hasta luego!
Paco