Hola a todos.
Según de lo que me han informado en Hacienda, nos podemos desgravar tanto la aportación a capital social como las aportaciones a vivienda. Nunca los pagos para locales, ya que estos pueden ser recuperados (aunque al final solo sea una parte).
El motivo por el que se pueden desgravar los 33.000 euros (en mi caso) de la aportación inicial es que este dinero se destina (o se ha destinado) a la compra de terreno, gastos de gestión (la parte de Larcovi, notarias, registro, etc...) y demás gastos relacionados con la compra del piso (igual que podremos hacer cuando escrituremos...)