Hola, en contestación a la deduccion por aportacion a vivienda, según la ley te puedes deducir del 15% de las aportaciones hasta un máximo de 9015.18 € en tributación individual, o sea, por persona (no por vivienda)
Si la declaración es conjunta, he estado mirando preguntas frecuentes en la AEAT y mira lo que pone: en contra de lo que se pudiera pensar, la base no es el doble, sino la misma :
TITULO: IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS R.D.LEG 3/2004
CAPITULO: DEDUCCIÓN INVERSIÓN VIVIENDA HABITUAL
SUBCAPITULO: BASE DEDUCCIÓN
REFERENCIA: 123597-LÍMITE DEDUCCIÓN: DECLARACIÓN CONJUNTA
PREGUNTA:
El límite por adquisición de vivienda habitual de 9.015,18 euros se aplica a cada declaración individual de la unidad familiar. ¿Y en caso de declaración conjunta?
RESPUESTA:
La base máxima de esta deducción por declaración será 9.015,18 euros anuales. Límite que queda establecido para tributación individual. Asimismo, las normas aplicables en la tributación conjunta determinan que los importes y los límites de la tributación individual se aplicarán en idéntica cuantía en conjunta, sin que proceda elevarlos o multiplicarlos. Por tanto, la base máxima de la deducción en tributación conjunta será igualmente 9.015,18 euros anuales.
NORMATIVA: Artículo 69 .1 TRLIRPF Real Decreto Legislativo 3 / 2004 , de 05 de Marzo de 2004 .
Artículo 86 .2 TRLIRPF Real Decreto Legislativo 3 / 2004 , de 05 de Marzo de 2004 .