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B
Brad
24/07/2015 14:24

Guía del comprador de vivienda de obra NUEVA

¿Cuáles son los derechos y obligaciones del comprador y promotor en la compra de una vivienda?

1.676 lecturas | 1 respuestas

Hola, habro este hilo para dejar este enlace:

http://www.elmundo.es/suvivienda/sv/documentos/guias/comprador/6_derechos_y_obligaciones_promotor.html

 

 

 

3. ¿Ha de facilitarme el promotor una memoria de calidades detallada?

Sí. Forma parte del derecho a la información que recoge la legislación sobre consumo y tiene carácter vinculante para el promotor.

Además, el comprador de la vivienda está legalmente facultado para exigir de la promotora que la vivienda se adecue fielmente a las condiciones, características y prestaciones ofertadas en la publicidad, aun cuando no figuren expresamente en el contrato celebrado.

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4. ¿Es posible que aparezca en la memoria de calidades el término "similar" para encubrir posibles cambios en los materiales o complementos o es lo habitual?

Efectivamente, pero ello no puede suponer un menoscabo de las calidades pactadas con el consumidor. En caso de que los materiales ofertados sean sustituidos por otros de inferior calidad, se podrá recurrir a los organismos públicos de Consumo o a los Tribunales de Justicia.

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5. ¿Tanto los planos como la memoria de calidades, así como en su caso el precio de venta, son de obligado cumplimiento o pueden sufrir modificaciones según avance la construcción?

En principio, no cabe alterar lo pactado en el contrato ya que esos documentos tienen carácter normativo para las partes. No obstante, si surgiera la necesidad de efectuar cualquier modificación por causas sobrevenidas y no previsibles al momento de la aprobación de los Proyectos de Urbanización o Construcción y que suponga una modificación del precio, la misma deberá ser comunicada a los adquirentes, quienes deberán dar su conformidad a la cuantía exacta que la reforma suponga. Con  carácter general, si el comprador no puede o no quiere asumir el aumento en el precio y realmente éste no resulta previsible o imputable al promotor, podrá resolverse el contrato con devolución de las cantidades entregadas hasta la fecha.

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6. Si me dicen de palabra que habrá mármol en los baños, una piscina para niños, etcétera, pero no aparecen en la memoria de calidades o en el proyecto de la urbanización, ¿he de exigir que lo incluyan por escrito?

Efectivamente. En la práctica y por evidentes razones de prueba, únicamente podremos reclamar el cumplimiento de las condiciones previamente pactadas por escrito o que resulten de la documentación publicitaria de la promoción. En consecuencia, debemos exigir que todas las condiciones de la oferta se documenten debidamente para que formen parte de las obligaciones contractuales del vendedor.

 
R
rysm
28/07/2015 14:53
Gracias por la aportación.
 

Fin del hilo
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