VISITA A VIVIENDAS
¿Cuáles son las condiciones del préstamo bancario para las viviendas de protección?
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Ayer os comenté que recibí la carta de Dimora con respecto al préstamo bancario. Pues bien, como no ponía nada sobre el tema de las visitas a las viviendas hoy les he llamado.
Me han confirmado que están preparando las cartas con el asunto de las visitas, las cuales están programadas para el mes de abril, y dichas cartas las recibiremos en este mes de marzo. No las recibimos junto con la de ayer porque son departamentos diferentes.
Otra cosa, en el tema de los préstamos no estamos obligados a subrogarnos en Ibercaja, pero si no lo hacemos se pierde el derecho a solicitar el tema de las ayudas públicas al ser viviendas de protección. Además la no subrogación lleva algunos costes -no sé si de cancelación porque me han dicho que depende del banco, aunque me temo que sí- además de pagar la comisión de apertura en otra entidad.
El tipo de interés inicial es el 3.16% inicial y se revisa anualmente por el Consejo de Ministros, es decir, no es un tipo de interés fijo sino variable, y sólo el Consejo de Ministros tiene portestad para hacer variaciones, no como en el resto de préstamos con cualquier entidad que normalmente suele ser el MIBOR o el EURIBOR más un porcentaje que cobra la entidad financiera.
Si tenéis alguna duda más, ya sabéis, escribidla y os contestaré lo antes posible