Estimados señores
Según información recopilada, la ocupación máxima de las parcelas de sus viviendas es de 45%, lo que supone que las ampliaciones que han hecho en principio podrían legalizarse si el problema es la ocupación
Respecto a la edificabilidad, el nuevo PGOU establece para la UAD2 0,52m2/m2 que es algo superior a la de las viviendas originales, lo que si se consigue aplicar esta edificabilidad, haría que algunas de las ampliaciones realizadas fuesen legalizables
De todos modos, debemos analizar caso por caso y nos iremos poniendo en contacto individualizadamente.
Ademas entendemos que las piscinas son legalizables y en caso de cuartos de instalaciones no computan a efectos de edificabilidad.
Los sotanos deben estar enterrados y asomar tan solo 1'50mts.