Hola:
La vivienda se puede vender dentro de los 20 años de proteccion, siempre que el precio de venta sea igual o inferior a su precio maximo de venta vpo.
El IVA siempre va aparte, cuando compras , ese dinero lo "pierdes" El iva siempre lo recibe hacienda, y lo "pierde" (paga) el comprador en el momento de la compra.
Lo que necesitas para venderla, es un comprador, y acordar un precio inferior o igual al precio maximo, una vez lo hayas encontrado hay que avisar a la comunidad de madrid de que se va a efectuar la compraventa, y por que precio, y es entonces cuando te informaran de si ejercen o no su derecho de tanteo. si lo ejercen, se quedan con la vivienda por el precio por el que ivas a vender.
es decir, si encuentras comprador por 140.000€ (por ejemplo) el tanteo se efectuaria por ese precio por lo que no te afecta como vendedor, se vendera por 140.000€ si o si, aunque puede que tu comprador sea la emvs y no el comprador que tu pensabas. (De todas formas teniendo en cuenta que no hay un duro en las arcas, no creo que se ejerzan muchos derechos de tanteo a dia de hoy..)
si la compraste por 140.000+iva y la vendes por 140.000.. pues ya sabes, pierdes el iva.
El tema de gastarte dinero en la cociina, mueble reformas etc.. pues en principio lo pierdes, aunque logicamente una casa con mejoras se vendera ms facil y por mejor precio (siempre sin pasarnos del maximo vpo logicamente), lo que es una ventaja.
el precio maximo vpo no se cada cuanto se revisa, la ultima vez fue en 2008, pegó un subidon BESTIAL, por lo que yo creo que no es previsible una revision proximamente (hablo desde el desconocimiento sobre este tema en concreto) po por lo menos, no al alza, entiendo que una revision a la abja sería posible, no? al fin y al cabo dle precio de los pisos lleva bajando 3 años.. aquello de que la vivienda siempre sube parece que se acabo hace tiempo..