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C
cpm
29/04/2008 14:16

AVAL EJECUTADO

11.662 lecturas | 51 respuestas
hola,
Mañana me caduca el aval y hoy he ejecutado el aval bancario ante notario.
Me tienen que devolver las cantidades aportadas + los intereses.
Ya os contaré cómo he quedado por si alguien quiere hacerlo.
 
X
xavi1969
30/07/2008 00:46
hola, yo soy afectado por los "putos" cables. yo por suerte tengo aval de las cantidades entregadas. he hablado con un abogado para que me lleve todo este tema porque yo no me entero de nada. lo que si que se, es lo que me ha dicho, primero enviar un requerimiento notarial a fadesa, solicitando la rescision del contrato de compreventa por incumplimiento del mismo, segundo otro requerimiento notarial a la compañia de seguros que avala las cantidades entregadas por mi, diciendoles mas omenos lo mismo. el requerimiento notarial aun tiene mas valor que un burofax. y ya solo queda esperar.
 
R
robercris
29/07/2008 16:58
tenemos el aval con caixa penedes
 
J
Josabel
28/07/2008 14:52
apico dijo:

Les dieron aval cuando firmaron??
A mí no me dieron nada, el contrato dice que tienen un aval pero no me lo dieron, se lo pedí a Fadesa hace unos días y no me han contestado, alguien sabe qué puedo hcaer??


Hola Apico, sólo decirte que estamos en la misma situación ; bueno yo hablo en nombre de mi madre, que compró un apartamento en el famoso apartahotel, y no tiene aval, ni hay nada construído.
Nosotros también hemos pedido el aval a fadesa en muchas ocasiones desde el mismo día que firmó el contrato, incluso la última vez que fué en abril lo pedimos por escrito y presentamos una copia en fadesa que nos sellaron como que la recibían pero nada de nada.
Esta tarde vamos a consultar con un abogado, con el que al parecer ya han consultado algunas otras personas del foro.
A ver que nos comenta, porque la situación es desesperante.
Un saludo.
 
I
ignoranteflaco
27/07/2008 21:56
Gracias x la info
Nos tenemos informados ,vale?
Cuentame q te dicen al envio del burofax
 
G
godayla
27/07/2008 20:31
Hola,

a nosotros el seguro nos dice que Fadesa está en un concurso, y por eso no pagan. Así que les vamos a mandar mañana mismo el dichoso Burofax.

No debería de haber problemas en cobrar. Hay opiniones algo dispares sobre este asunto, pero está claro según todos los abogados consultados que esta gente se está columpiando y nos quiere engañar:

http://www.lavozdegalicia.es/dinero/2008/07/27/0003_7015580.htm

Dicho lo dicho, tienen siempre la excusa. Es bastante normal que lo hagan, ya que tienen miles de avales y a una media de 30.000€ por persona avalada, estamos hablando de que una entidad puede tener 10.000 avales = 300.000.000 euros... Es decir 300 millones de Euros, pero ese es SU problema, y no el nuestro. Aún así que no nos extrañe que un banco o un seguro avalista intente incluso buscar el concurso de acreedores para él mismo con tal de no pagar... Hablamos de cifras astronómicas para ellos. Hay unas 13.000 viviendas acabadas por Fadesa y pendientes de entregar, pero Fadesa tiene casi 100.000 viviendas avaladas a mitad construir o ni siquiera empezadas y más de un avalista se puede encontrar con que tiene 5000 avales o 10.000 avales... lo cual los convierte en muy indigestos... Más de uno puede tener una seria enfermedad de estómago en sus arcas... Pero eso no nos tiene que afectar. Hay que luchar y cuanto antes.
 
I
ignoranteflaco
27/07/2008 19:26
De todas formas, leyendo tu caso, pense q estabas en mi misma stuacion. Tu lo tienes con una aseguradora, no? Te han pagado las cantidades ? Crei leer que te estaban dando largas como a mi el banco gallego.
 
I
ignoranteflaco
27/07/2008 19:18
Si es lo que hemos hecho- Hemos enviado burofax al banco y no nos quieren pagar. No es q nos hayan dicho q no,es q les dimos un plazo para q nos devolvieran el dinero y han pasado de nosotros, no nos han contestado.
Aclarar que el burofax esta enviado por un abogado.Asi que solo nos queda presentarnos en el concurso como acreedores y demandarles a ambos: a fadesa x incumplimiento de contrato y al banco gallego por no cumplir en calidad de avalista y no devolvernos el dinero.

Ceo que hay mas gente en la misma situacion, gente que ha intentado ejecutar el aval y no estan consiguiendo nada.

Por eso estoy asi, porque veo que estoes un proceso que puede durar mucho y lo q me fastidia es q tenemos la razon. Iremos a juicio y perderan claro,es lo q tu dices, pero hasta q recueperemos el dinero pueden pasar años y eso trastoca mis planes de vida, mi futuro ...
 
G
godayla
27/07/2008 12:48
Hola,

el banco no se puede negar a pagar. Una cosa es que lo haga ante ti o por teléfono, pero en ese caso tienes que pedir a la persona que te dice eso, que se identifique y que te ponga por escrito su negativa a pagar el aval.

Es como la gente que llevamos meses esperando los avales de Fadesa, tu llamas y te dicen que no lo tienen... Es un buen truco, pero si tu lo pides por Burofax, es un escrito oficial que tiene valor probatorio, y si demuestras que lo tienen y no te lo han dado a pesar de tu petición, es cuando les puedes demandar. Exactamente lo mismo pasa con ese Banco Gallego: Tu, por ejemplo, pides por Burofax que te devuelvan tu dinero, con eso has cumplido, porque tienes un resguardo certificado por Correos, que dice que el día X del mes Y pediste tu dinero.

Con eso les tienes atrapados... Es que NUNCA hay que hacer esas cosas de palabra, porque ante un juez, es tu palabra contra la suya.

En el caso del banco, pues un escrito del tipo: Señor director de la sucursal X del banco Gallego, por el presente escrito, ruego me sean devueltas las cantidades abonadas a cuenta en concepto de adelanto por la compra de la parcela X en la urbanización Vista Calderona. Habiendo quedado demostrado el incumplimientopor parte del promotor (Martinsa-Fadesa), he decidido rescindir el contrato de compra-venta y por consiguente, al amparo de la ley, le ruego encarecidamente tenga a bien abonar dichas cantidades en mi cuenta XXX (tu cuenta) a la mayor brevedad. Si mi petición no es atendida en el plazo de un mes, me veré en la obligación de emprender acciones legales contra su entidad. Firmado: XXXXX

Vamos que eso te cuesta 24€ te vas a correos con dos escritos iguales, ellos lo certifican y lo mandan, y mejor será que te paguen o tendrán que pagarte con intereses, indemnizarte, y encima pagar los gastos del juicio.

Nadie que tenga sentido común se mete en un juicio en ese caso, porque TU tienes toda la razón y le va a costar la broma más que tu aval.
 
I
ignoranteflaco
27/07/2008 10:29
Mi aval es con el Banco Gallego, por eso dije banco.Y se nuegan a pagar.De ahi mi desesperacion y frustracion.

Espero que vosotros tengais mas suerte con vuestros avalistas.
 
G
godayla
27/07/2008 08:56
Hola,

nosotros tenemos el aval en el seguro ACC que es del grupo Zirich, no en un banco. Los pasos a seguir son exactamente los que se han contado y si Fadesa tiene el aval en su central de Coruña, mo veo porque es o deja de ser momento de pedirlo. Que pasa que se ha ido a la peluquería el que hace los avales ???

Vamos a ver: Fadesa está en un lío con sus proveedores a quienes no puede pagar. A eso se le llama Concurso de Acreedores, pero nosotros NO pintamos nada en eso, porque sencillamente somos Clientes y nuestras cantidades abonadas están aseguradas.

Por ley, Fadesa tiene la OBLIGACIÓN de darte tu aval por las cantidades que has pagado a cuenta. Eso es lo que dice la ley, y el que esté sumida en un proceso de Concurso de Acreedores no tiene nada que ver con los avales.

Si has comprado la casa por pase de otra persona, y el proceso se ha formalizado ante Fadesa, eres tu el beneficiario del aval, y el que tiene que tenerlo, así que tienes todo el derecho a pedirlo a Fadesa.

"ignoranteflaco" entiendo totalmente tu desesperación, podría ser mi caso o el de cualquier otro. La única opción que creo que te queda es ir a ver a un abogado para consultar tu situación, y ver en que estamento público puedes denuncar esa ilegalidad, inmoralidad y estress tan jodido por el que estás pasando. Eso no tiene nombre, y deberías recibir una compensación por el sufrimiento ocasionado. Esta gente no tiene entrañas...

No es el banco el avalista de Fadesa, puede ser un Banco o un seguro como es el caso nuestro. Además hay gente con varias compañías contratadas... Fadesa iba cediendo esos avales a unos y otros.

A nosotros nos han tenido 3 meses sin dar el aval y lo tenían desde MARZO en sus oficinas de Valencia... No veas como estaba mi chica que es la compradora oficial... Sin dormir ni descansar por culpa de estos desalmados...

Rober, el Burofax es la mar de sencillo: Yo XXX con DNI XXXXXX les notifico por el presente escrito que, debido a su claro incumplimiento en los plazos de entrega, renuncio a proseguir con la compra de la vivienda sita en la urbanización Vista Calderona Parcela XXXX . Esto me lo acabo de sacar de la manga ahora, es la mar de sencillo, solo tienen que quedar claras 3 cosas:

a) quien eres o quienes sois si el comprador es uno solo o una pareja. Nombre/s y DNIs bien claros.

b) a quien se lo mandas. En la cabecera a la izquierda, pones su dirección y el Burofax va expresamente dirigido a ellos.

c) De que vivienda se trata. Parcela, letra número, lo que sea...

Con eso asunto resuelto. Tu has cumplido con la ley, y si ellos no cumplen el Burofax es una garantía de que has dado los pasos adecuados y ellos no.
 
I
ignoranteflaco
26/07/2008 20:59
rober, con q banco teniais el aval?
 
R
robercris
26/07/2008 11:26
nosotros hemos ejecutado el aval y en principio la semana que viene tenemos una cita con la directora de una de las oficinas del banco donde tenemos el avalpara que nos entregue un cheque con las cantidades aportadas más los intereses legales. Pero no hemos envíado ningún burofax a fadesa para rescindir el contrato de compraventa, ¿alguién que haya enviado dicho burofax sería tan amable de envíarme por correo una copia para ver como está desarrollado y que es lo que hay que poner exactamente?
mi correo es villawolfes@hotmail.com. O si lo prefiere podría colgarlo en descargas. Muchas gracias
 
I
ignoranteflaco
24/07/2008 22:26
Para godayla y emimor:

Yo he intentado rescindir el contrato con estos siverguenzas meses antes de que entraran en suspension de pagos sin exito.

Mande burofax a fadesa solicitando la rescision por incumplimiento, no me contestaron a pesar de llamarles mil veces, personarme en sus oficinas etc.Intentar solucinarlo de forma amistosa, vaya. NO hubo manera.

Les volvi a mandar otro dando ya por resuelto el contrato y he enviado otro al banco avalista para ejecutar el aval.
Como ahora han entrado en concurso de acreedores, me temo que no me van a devolver el dinero a no ser q el juez se lo ordene.

No entiendo nada: se supone que el banco actua de avalista de fadesa, en caso de incumplimiento de contrato, suspension de pagos etc.para devolver a los clientes las cantidades entregadas

Y ahora que? Tengo que esperar dos o cinco años a q se resuelva el concurso para poder cobrar? Gastarme un dineral en un abogado para ponerles una demanda? Irme de alquiler porque no cabemos en mi casa actual y sin ese dinero que he dado a fadesa no puedo meterme en otra vivienda?

Es totalmente injusto, me siento engañada y estafada, en un estado de desesperacion y de nervios que no es normal-
 
M
mdatienza
21/07/2008 19:34
¿como se puede conseguir el aval?. en fadesa nos han dicho que lo tienen en la central y que ahora no es momento de pedirlo.¿como puedo saber el nombre de la aseguradora?firmar sin cedula me parece arriesgado y si luego las propuestas de cedula vienen negativas .
 
V
vaio
21/07/2008 17:35
hola julio:

nosotros si tenemos el aval. Somos de la parcela P, y hemos tenido la gran suerte de tenerlo ; ahora solo falta que lo podamos ejecutar porque me parece que va a ser bastante complicado. El aval esta a nuestro nombre. Aunque hayas comprado la casa de pase, ésta va a tu nombre y el aval por lo tanto tambien.

De momento en Fadesa no han recibido el aval (el viernes me llegó una carta de correos diciendo que no lo habian recibido) ; es un poco sospechoso no????? Pero antes del 1 de agosto mandaré otro burofax a CESCE (es la aseguradora de nuestra vivienda) reclamando mi dinero.

Pasate por las oficinas de Fadesa y pidelo ; a ver si tienes suerte.
 
J
julio50
21/07/2008 14:29


Nosotros lo compramos de pase, entonces no tenemos fotocopia de los pagos realizados a Fadesa por el otro comprador, que crees que debemos enviar a la aseguradora? los dos contratos (el del primer comprador y el nuestro) y los pagos que hemos hecho nosotros?

Saludos [/quote>

Una pregunta vaio, es que yo tambien compre por pase y no tengo el aval. ¿tu lo tienes ya? y ¿el aval está a tu nombre?, es que yo dudo que cuando yo hice el pase se molestaran en cambiar el nombre del aval...
 
E
emimor
21/07/2008 11:04
vaio dijo:

Hola emimor:

Nosotros lo compramos de pase, entonces no tenemos fotocopia de los pagos realizados a Fadesa por el otro comprador, que crees que debemos enviar a la aseguradora? los dos contratos (el del primer comprador y el nuestro) y los pagos que hemos hecho nosotros?

Saludos

Me imagino que tendreis que envíar los dos, eso no lo sé cierto.
 
V
vaio
21/07/2008 09:55
Hola emimor:

Nosotros lo compramos de pase, entonces no tenemos fotocopia de los pagos realizados a Fadesa por el otro comprador, que crees que debemos enviar a la aseguradora? los dos contratos (el del primer comprador y el nuestro) y los pagos que hemos hecho nosotros?

Saludos
 
G
godayla
21/07/2008 09:53
Hola amigos,

con perdón, he estado 3 días fuera, coincido con emimor en los pasos a seguir. Nosotros los hemos seguido y ha funcionado hasta llegar a ACC, ya que ahora la compañia ACC dice que el juez responsable del Concurso es quien tiene que darles vía libre para devolvernos el dinero. Mi no comprender...

ACC me tiene que pagar, y ACC no está en concurso de acreedores, sino Fadesa. No entiendo que pinta el juez de Fadesa en todo esto. Los plazos han vencido, la casa se tenía que haber entregado en diciembre 2007 con todo, es decir con cédula, y no lo ha sido. Así que ACC es quien tiene que apechugar con el pago pero como somos muchos anda de mareo...

Por otra parte, y ya lo comenté en otro hilo: Fadesa dice que no tiene los avales pero tiene pilas de avales en sus oficinas de Valencia. Cuando lo pides te dicen que no está, y claro, te dicen que escritures o lo perderás todo.

No hay que ser Master en choriceo para entender que Fadesa NO QUIERE rescisiones de contrato, sino escrituras para pillar dinero. Por eso niegan tener nuestros avales. Yo creo y solo creo, igual que equivico, que si te dicen que no tienen tu aval, lo mejor es personarse allí con un notario para levantar acta de su negativa y así poder meterles un buen palo. En ese caso, es muy probable que el aval que llevan meses diciendo que NO tienen, aparezca de milagro ante el notario... EL palo es que un Notario cuesta dinero, pero aunque te cueste 500€ es mejor pagar eso a perder 40.000€...

A mi solo me ha quedado clara una cosa: Fadesa niega tener los avales, pero tiene cientos de ellos en la calle Lauria, así que algo no cuadra...
 
E
emimor
21/07/2008 08:48
Buenos días a todos, yo soy una de las personas que a ejecutado el aval y no me importa ayudar a los demás en lo que sea necesario. Algunas personas se han puesto en contacto conmigo y le he dicho los pasos a seguir.
Burofax a Fadesa para rescindir contrato.
Reclamación a tu compañía para ejecutar el aval.
Enviar a la compañía: Fotocopia contrato, fotocopia de los pagos efectuados por vuestra casa, fotocopia del Burofax enviado a Fadesa pidiendo rescindir el contrato, en mi caso fotografías que justificase que mi casa no estaba levantada. Con todo esto enviado por correo certificado para que conté que lo habéis enviado.
A nosotros tardaron 40 días en pagarnos era ACC era póliza, pero gracias a Dios cobramos.
Se que Dios nos a ayudado porque con las que nos venía encima, parece que nos hubiese puesto el póster en nuestra casa a propósito para que no se levantara.
Un saludo a todos y mucha suerte y a tí Xivella lucha por tu apartahotel y reclama todo tu dinero. Besitos
 
V
vaio
20/07/2008 22:06
Nosotros ya tenemos el aval, de CESCE (ya lo hemos comentado en otro hilo). Hemos mandado el burofax a Fadesa como indican en la aseguradora pero el viernes me notificaron los de correos que Fadesa no habia recibido el burofax. Cuando tengamos mas noticias iremos informando.

Saludos
 
G
GUERA
18/07/2008 23:13
Hola Vaio,
Si consigues que alguien de los que han ejecutado el aval te cuente algo, te habras ganado el cielo, porque por lo qe he podido leer, solo dicen " yo ya lo he conseguido" y nada mas. La mayoria d los que estamos en este foro intentamos aportar nuestros poco o mucho saber del tema para ayudarnos en lo posible y hay gente que espero sea solamente una impresion y me equivoque, parece que no le va bien decer sus conocimientos a los demas. Por lo visto la informacion es PODER y hay personas qe recelan sus conocimientos.
Espero no sea un rollo, pero hoy estoy cansada, enfadada y hasta las narices de todo y me ha dao por ahí.
NaCl 2
 
M
mdatienza
17/07/2008 20:56
¿COMO SE CONSIGUE?
 
V
vaio
15/07/2008 21:55
Hola, alguna de las personas que han podido ejecutar el aval nos podría decir la compañía aseguradora que avaló sus viviendas? Os lo agradecería muchísimo.
 
P
pruna
16/06/2008 16:38
referente al tema del aval, esta mañana he consultado con un abogado muy metido en temas de estos y me ha comentado:
1º se debe solicitar al vencimiento del plazo de la entrega de la vivienda que te indiquen cuando, como y con que notario vas a firmar la escritura de la vivienda que ellos te tienen que entregar segun el contrato de compraventa dejando bien claro que tiene que tener la cedula de habitabilidad o licencia de primera ocupacion, esto se hace solicitandolo a fadesa via burofax o acta notarial.
2º si fadesa no te contesta, entonces una vez vencido el aval solicitas a fadesa te reintegre las cantidades entregadas a cuenta mas los intereses correspondientes y solicitas un acuerdo para llegar a la rescision del contrato (supongo que ellos en primer momento se negaran).
3º con esto, solicitas a la aseguradora o al banco avalista la devolucion de los importes asegurados que figuran en el aval y ellos ya se encargaran de reclamar a fadesa.
4º tienes dos opciones o demandar a fadesa para solicitar la rescision del contrato por incumplimiento o esperar a que ellos te demanden a ti, entonces puedes aportar toda la documentacion que tienes en tu poder, como es el burofax, el acta notarial, la ejecucion del aval por incumplimiento y todas las facturas que has pagado para demostrar que ha sido fadesa quien ha incumplido lo estipulado en el contrato.

la devolucion del dinero del aval, no significa que te liberes del contrato de compraventa pero ante un juez, son ellos los que tienen que demostrar que eres tu quien ha incumplido el contrato.
 
A
Alen Sandra y Alberto
06/06/2008 14:49
Hola, tenía una duda, voy a mandar el Burofax desde correos a Fadesa solicitándoles el aval (o el seguro) para que conste que lo he solicitado dentro del plazo y antes del cumplimiento de los 24 meses famosos, mi duda es, a que dirección lo mando y con qué nombre??
Gracias.
Mi mail es
albertosh01@hotmail.com
 
M
maydi
04/06/2008 21:26
contesto a las dos preguntas en un mail :
24 meses aproximadamente : segun un abogado que hemos consultado, se puede considerar que 6 meses más se podria considerar ya como mucho retraso... pero no hay nada el la ley bien clara lo que sí está claro no dijo es que 24 meses más por ejemplo no podría ser aproximadamente...

Es muy probable que seamos bastantes sin aval y sin saberlo. Esto es ilegal. lo repito.

Si tienes la cópia del aval ponte en contacto con la empresa aseguradora con quién fadesa hizo la poliza(ya se explicó en un hilo).
 
I
Isma y Soni
04/06/2008 20:22


Buenas tardes,
yo he estado reclamando mi aval bancario desde hace muchos meses y todavía no me lo han dado. Lo mejor es que hace unos 15 días me dijeron que mi casa no tenía aval, por descuido no lo hicieron, y sinceramente creo que eso no es posible. Dónde puedo informarme acerca de esto?? Fadesa no me da ninguna respuesta. Gracias
 
M
maydi
31/05/2008 19:48
por lo que he leido es mucho mas facil cuando hay incumplimento del contrato, o sea que hayan pasado los 24 meses y que no te hayan dado la casa con cédula
 
I
ignoranteflaco
31/05/2008 15:37
cpm dijo:

Hola,

Ya he ejecutado el aval y me han devuelto mi dinero + interes.
Suerte a todos..
.


cpm por favor, estoy interesado en que me aplies la informacion, yo tb quiero ejecutar el aval con fadesa,mis preguntas al respecto son:
1) se puede ejecutar en cualquier oficina del banco avaalista? Las oficinas del banco q nos avala estan en Galicia, yo soy de Madrid
2) Si ejecuto el aval,el contrato queda anulado?? Doy orden al banco q no paguen mas recibos ? No me metere en problemas x no pagar??
Explicame como lo has hecho, por favor
 
C
cpm
23/05/2008 15:03
Hola,

Ya he ejecutado el aval y me han devuelto mi dinero + interes.
Suerte a todos...
 
M
monsanto
12/05/2008 18:12
Recominedo a todo el mundo que esté preocupado por le retraso de la entrega que se lea el siguiente artículo:

http://www.latoga.es/detallearticulo.asp?id=250506140534&nro=158&nom=Marzo%20/Abril%202006

Creo que puede aportar mucha información.

En un parrafo se cita:
"Así, el incumplimiento debe ser grave u obstativo para dar lugar a la resolución, sin que en nuestro ordenamiento jurídico exista una mayor derecho a favor del consumidor de resolver el contrato cuando se ha producido un incumplimiento en el plazo de entrega. Sobre la precisión de cual es el plazo de retraso que constituye incumplimiento sustancial, no existen normas generales aplicables, debiendo examinarse la cuestión caso por caso al amparo de las circunstancias concurrentes(5)."
 
M
Migue_lin
12/05/2008 12:12
Zas,segun puedo entender de tus palabras el problema viene de que en el aval dice que este se extingue cuando se obtiene el certificado de fin de obra, documento que obtiene Fadesa y no el propietario de la vivienda si no me equivoco,con lo cual ese aval no es el correcto, pide un aval que te cubra las cantidades a cuenta hasta la obtencion de la cedula de habitabilidad, es el que te tienen que dar y no otro, un saludo
 
P
pruna
12/05/2008 11:50
si pero a alguien le han entregado el certificado de fin de obra? porque yo tengo entendido que hasta que no este todo finalizado el ayunt.no va a dar ninguna cedula de habitabilidad, o lo que es lo mismo, el certificado de fin de obra.
por lo que es una clausula que ellos no estan cumpliendo.
yo por lo que he visto en mi aval no pone nada de eso.
 
Z
zas en toa la boca
12/05/2008 10:45
pruna dijo:

La entrega de cantidades anticipadas en la compraventa de viviendas.
Cuáles son los derechos y las obligaciones de los contratantes en el supuesto de entrega de cantidades anticipadas en la compraventa de viviendas realizada por el comprador al promotor inmobiliario.



La entrega de cantidades anticipadas en la compraventa de viviendas, que se abonan al promotor inmobiliario antes de comenzar la construcción de las mismas o durante dicha construcción, es una práctica frecuente que, en ocasiones, ha propiciado fraudes y estafas a los consumidores.

¿Dónde está regulada esta materia?

A fin de evitar tales fraudes, la Ley ha establecido en favor del comprador de una vivienda ciertas garantías, que son las que aparecen reguladas en las siguientes normas:

a).- Ley 57, de 27 de julio de 1968.
b).- Decreto 3114 de 12 de diciembre de 1968.
c).- Decreto 3115 de 12 de diciembre de 1968.
d).- Orden de 29 de noviembre de 1968.
e).- Ley de Ordenación de la Edificación de 5 de noviembre de 1999, que ha venido a regular esta materia en su disposición adicional primera, en la que se amplía la aplicación de la Ley 57/1968 a la percepción de cantidades anticipadas por los promotores o gestores en cualquier edificación y establece ciertas normas en el caso de viviendas.

Puedes leer el texto completo de la Ley 57, de 27 de julio de 1968, en el web "proyecto norma civil" de la Universidad de Girona.

¿Con qué garantías cuenta el comprador?

La persona física o jurídica que promueva la construcción de cualquier clase de vivienda y que pretenda obtener de los compradores entregas de dinero antes de iniciar su construcción o durante la misma, deberá garantizar la devolución de las cantidades entregadas por uno de estos dos medios:

a).- Contrato de seguro con una Entidad Aseguradora.
b).- Aval bancario prestado por Banco o Caja de Ahorros.

¿En qué supuestos se aplica esta normativa?

La obligación de garantizar la devolución por parte del promotor se refiere a todo tipo de viviendas, incluidas las que se construyan en régimen de comunidad de propietarios o sociedad cooperativa.

¿A qué alcanza la garantía?

Las cantidades que deben ser garantizadas son las cantidades entregadas al promotor más el interés legal del dinero vigente hasta el día de la devolución.

Han de garantizarse tanto las cantidades entregadas en efectivo al promotor como las entregadas mediante cualquier efecto cambiario (letras de cambio).

¿Cómo se materializa la garantía?

El promotor tiene la obligación de depositar las cantidades anticipadas que perciba en una cuenta especial, distinta de cualquier otra cuenta del promotor, abierta en cualquier Banco o Caja de Ahorros. Las cantidades depositadas en dicha cuenta deberán ser destinadas necesariamente a la construcción de las viviendas.

En los contratos de compraventa, promesa de venta, opción de compra o cualquier otro en el que se prevéa la entrega de tales cantidades anticipadas, debe expresarse lo siguiente:

a).- La obligación del promotor de devolver las cantidades recibidas anticipadamente además del interés legal del dinero si la construcción no se inicia, no se concluye o no se puede obtener la cédula de habitabilidad .
b).- Referencia al aval o contrato de seguro suscrito, indicando la Entidad aseguradora o avalista.
c).- Indicación del Banco o Caja de Ahorros y de la cuenta a través de la cual deben entregarse las cantidades.

En la publicidad de la venta de viviendas con percibo de cantidades anticipadas, el promotor deberá expresar que cumplirá lo establecido en la Ley sobre percibo de cantidades anticipadas, con indicación expresa de la Entidad aseguradora o avalista y de la cuenta especial en la que se ingresarán las cantidades.

¿Qué ocurre si el promotor no cumple?

Si llega el plazo establecido para iniciar las obras o para la entrega de la vivienda sin que tenga lugar una cosa u otra, el comprador de la vivienda puede optar entre:

a).- Rescindir el contrato y percibir las cantidades entregadas más el interés legal del dinero
b).- Conceder una prórroga al promotor, que se hará constar en el contrato, con indicación del nuevo plazo de finalización de las obras y entrega de la vivienda .


todo eso esta muy bien y es cierto, pero ahora cuando no te quieren pagar porque el aval repito,el mio de la caixa poner que con el certificado de fin de obra se dara por extinguido el aval, pues llama al prop y te diran y entonces te daras cuenta de como va la justicia, bueno lo que parece es que solo algunos avales llevan eso, otros parece que si cumplen la legislacion mirarlos y me comentais.



 
P
pruna
12/05/2008 09:05
La entrega de cantidades anticipadas en la compraventa de viviendas.
Cuáles son los derechos y las obligaciones de los contratantes en el supuesto de entrega de cantidades anticipadas en la compraventa de viviendas realizada por el comprador al promotor inmobiliario.



La entrega de cantidades anticipadas en la compraventa de viviendas, que se abonan al promotor inmobiliario antes de comenzar la construcción de las mismas o durante dicha construcción, es una práctica frecuente que, en ocasiones, ha propiciado fraudes y estafas a los consumidores.

¿Dónde está regulada esta materia?

A fin de evitar tales fraudes, la Ley ha establecido en favor del comprador de una vivienda ciertas garantías, que son las que aparecen reguladas en las siguientes normas:

a).- Ley 57, de 27 de julio de 1968.
b).- Decreto 3114 de 12 de diciembre de 1968.
c).- Decreto 3115 de 12 de diciembre de 1968.
d).- Orden de 29 de noviembre de 1968.
e).- Ley de Ordenación de la Edificación de 5 de noviembre de 1999, que ha venido a regular esta materia en su disposición adicional primera, en la que se amplía la aplicación de la Ley 57/1968 a la percepción de cantidades anticipadas por los promotores o gestores en cualquier edificación y establece ciertas normas en el caso de viviendas.

Puedes leer el texto completo de la Ley 57, de 27 de julio de 1968, en el web "proyecto norma civil" de la Universidad de Girona.

¿Con qué garantías cuenta el comprador?

La persona física o jurídica que promueva la construcción de cualquier clase de vivienda y que pretenda obtener de los compradores entregas de dinero antes de iniciar su construcción o durante la misma, deberá garantizar la devolución de las cantidades entregadas por uno de estos dos medios:

a).- Contrato de seguro con una Entidad Aseguradora.
b).- Aval bancario prestado por Banco o Caja de Ahorros.

¿En qué supuestos se aplica esta normativa?

La obligación de garantizar la devolución por parte del promotor se refiere a todo tipo de viviendas, incluidas las que se construyan en régimen de comunidad de propietarios o sociedad cooperativa.

¿A qué alcanza la garantía?

Las cantidades que deben ser garantizadas son las cantidades entregadas al promotor más el interés legal del dinero vigente hasta el día de la devolución.

Han de garantizarse tanto las cantidades entregadas en efectivo al promotor como las entregadas mediante cualquier efecto cambiario (letras de cambio).

¿Cómo se materializa la garantía?

El promotor tiene la obligación de depositar las cantidades anticipadas que perciba en una cuenta especial, distinta de cualquier otra cuenta del promotor, abierta en cualquier Banco o Caja de Ahorros. Las cantidades depositadas en dicha cuenta deberán ser destinadas necesariamente a la construcción de las viviendas.

En los contratos de compraventa, promesa de venta, opción de compra o cualquier otro en el que se prevéa la entrega de tales cantidades anticipadas, debe expresarse lo siguiente:

a).- La obligación del promotor de devolver las cantidades recibidas anticipadamente además del interés legal del dinero si la construcción no se inicia, no se concluye o no se puede obtener la cédula de habitabilidad .
b).- Referencia al aval o contrato de seguro suscrito, indicando la Entidad aseguradora o avalista.
c).- Indicación del Banco o Caja de Ahorros y de la cuenta a través de la cual deben entregarse las cantidades.

En la publicidad de la venta de viviendas con percibo de cantidades anticipadas, el promotor deberá expresar que cumplirá lo establecido en la Ley sobre percibo de cantidades anticipadas, con indicación expresa de la Entidad aseguradora o avalista y de la cuenta especial en la que se ingresarán las cantidades.

¿Qué ocurre si el promotor no cumple?

Si llega el plazo establecido para iniciar las obras o para la entrega de la vivienda sin que tenga lugar una cosa u otra, el comprador de la vivienda puede optar entre:

a).- Rescindir el contrato y percibir las cantidades entregadas más el interés legal del dinero
b).- Conceder una prórroga al promotor, que se hará constar en el contrato, con indicación del nuevo plazo de finalización de las obras y entrega de la vivienda .


 
Z
zas en toa la boca
11/05/2008 12:06
nirida dijo:

Buenas noches.

Nosotros hemos consultado el tema con un abogado especialista en temas inmobiliarios y es como dice monsanto, una cosa es rescatar las cantidades que hemos entregado a cuenta y otra, rescindir el contrato ; ésto sólo es posible si ambas partes lo deciden de mutuo acuerdo o por la decisión de un juez.




si, eso me dijo el impresentable del jefe ese tal nacho,se la saben todas, pero yo creo que no debe ser legal pero claro a meterse en abogados y tal..........
 
N
nirida
10/05/2008 22:51
Buenas noches.

Nosotros hemos consultado el tema con un abogado especialista en temas inmobiliarios y es como dice monsanto, una cosa es rescatar las cantidades que hemos entregado a cuenta y otra, rescindir el contrato ; ésto sólo es posible si ambas partes lo deciden de mutuo acuerdo o por la decisión de un juez.

 
R
robertocristina
09/05/2008 11:40
Buenos Días!!!
Yo soy uno de los afectados del cable electrico y Me gustaría que me ayudaráis informandome de como enviar el burofax y como hay que redactarlo y a quien enviarlo. Si alguien me pudiera dar una copia del suyo lo agradecería, mi dirección es romugar@yahoo.es y si no por favor indicarme los pasos.
Gracias
 

Fin del hilo
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