Volver al foro
J
jesusymariam
17/06/2008 13:19

ojo con el ayuntamiento

¿La alcaldesa ya no atiende los temas de la urbanización?

2.022 lecturas | 22 respuestas
Buenos dias vecinos:

Despues de la reunion de ayer, en la que parece que el Ayuntamiento es muy bueno y va a colaborar mucho con nosotros...ojo:

Acabo de llamar al ayuntamiento para que la asociacion de afectados por los cables pudiesemos reunirnos con la alcaldesa, que tan colega fué ayer y me han dicho que:

La alcaldesa ya no atiende los temas de la urbanizacion, que despues de la reunion de ayer en la que hizo su declaracion, cualquier ruego o sugerencia deberá ir ni tan siquiera al Oficial Mayor, sino a alguien de urbanismo...

Que bien!...sera cuestión de volver a llamar a television y al Levante y las provincias para volver a protestar...

Pero ojo, que esta vez, ademas de denunciar a Fadesa, recalcaremos la gran "receptividad" de la alcaldesa a nuestra problematica.




Otro tema:

Al final como siempre, cada uno a arrimar el ascua a su sardina...que bonito.

Los vecinos que ya estan viviendo, quieren ya cedulas a pesar de que se les dijo desde el ayuntamiento que el tema iba para largo, pero despues de que venga la tele, esto se puede abreviar y cuando Fadesa acabe las calles, daran 60 o 70 cedulas....favor a Fadesa y favor al ayuntamiento que cobrara IBI
 
Raul69
Raul69
23/07/2008 21:24
Se me olvido decir que tambien esta en EMULE. Yo me lo compre y por no llevar el libro acuestas lo llevaba en el PEN DRIVE y a ratos lo leia en el portatil o en el ordenata que tuviera a mano...Un saludo piratas
 
Y
Yorchi
23/07/2008 19:25
Raul69 dijo:


Os recomiendo a todos el libro: EL SECRETO
Esta en carrefour,como los mas vendidos y en casi todos los super.
En el EMULE ESTA EN PDF. En estos momentos os lo recomiendo. mas que nada porque yo soy algo pesimista tambien y este libro te ayuda a aprender un secreto que funciona y viene bien para mejorar el estado animico de cualquiera. Ya me contareis que tal.
Un saludo


Investigando por el Google he descubierto que el libro (en PDF o DOC) y la película están en la red. Incluso tienen foro propio:

http://elsecreto.mundoforo.com

Desde ahí creo que se puede descargar tanto el vídeo como el libro.

Salu2
 
J
jesusymariam
20/06/2008 16:57
Noedav dijo:


e) Aunque hay una cosa buena el ayuntamiento a dado la cara por la constructora y ha asumido como suyas nuestras peticiones,...


Perdón, serán las tuyas, porque mi peticion y la de 70 vecinos mas (15% de las casitas) que era que el ayuntamiento se ciñese a lo pactado el año pasado y obligase a Fadesa a acabar todas las casitas antes de dar ninguna cédula (y repito que esto no hubiese comportado retrasos, ya que si Fadesa hubiese visto contundencia en este punto por parte del ayuntamiento, en vez de tener a 20 personas trabajando, tendria a 200), esa petición no la ha atendido.

Y la alcaldesa dijo que de nuestra situación no sabia nada...pues esto es porque no quiere, porque esa información se le facilitó en una reunión a ella en persona hace 3 semanas.

 
N
NOEDAV
20/06/2008 15:01
Es una Opinión:
Dudas:
a) Los terrenos se vendieron 5 o 6 veces antes de llegar a Fadesa, supongo que por pura especulación, creo que es razonable pensar que estos compradores anteriores deberían tener información privilejiada muy unida al ayuntamiento (igual hasta familiares), no estaría de mas investigar los cambios de nombres de estos terrenos y seguro que entenderíamos mejor que es lo que se sucede.
b)La alcaldesa dice tener conocimiento de las condiciones en las que se vive en la urbanización y tira la piedra diciendo que gracias a ella estamos viviendo en la urbanización ya que pobrecitos nosotros que necesitábamos escriturar por nuestra situación personal, esta alcaldesa es una negligente como mínimo, porque si conocía la situación como ella reconoce, el dejar escriturar y vivir en estas condiciones es como mínimo una falta de responsabilidad (tomas de corriente sueltas, agujeros, maquinaría funcionando y un largo etc... conjunción perfecta para accidentes y sobre todo niños).
c) Ha puesto plazos a todas las obras para la luz a mi entender queda menos de un mes y para la carretera 10 meses según ella dijo, no estaría de mas coger todas sus fechas como acuerdo verbal y cascarles una denuncia por cada incumplimiento junto a la visita TV.
d) Apartahotel, en mi opinión acuerdo ayuntamiento Fadesa, que raro que lo defiendan tanto... No creo, casi seguro que no es lo que pasa en el 99%de los ayuntamientos que pillan pasta de las constructoras y hacen la vista gorda, no creo sería una acusación muy fuerte para un ayuntamiento que solo reacciona ante la visita de la TV.
e) Aunque hay una cosa buena el ayuntamiento a dado la cara por la constructora y ha asumido como suyas nuestras peticiones, por lo tanto tenemos el derecho de darles por ahí hasta que se cumpla todo lo prometido...
POR ULTIMO SI ALGUIEN QUISIERA DISPONER DE LA CONVERSACIÓN DE LA ALCALDESA Y DEMÁS CREO QUE ESTÁ GRABADA EN UN PRINCIPIO SE PODRÍA CONSEGUIR. POR FAVOR PEDIRLA SOLO PARA COSAS FUNCIONALES PARA TODOS
 
N
NOEDAV
20/06/2008 14:36
fas
 
G
godayla
19/06/2008 05:09
Hola Maydi,

el que tu ejecutes el aval porque Fadesa no te ha entregado a tiempo la casa, no quiere decir que incumplas nada. Simplemente has retirado TU DINERO, porque ellos no han cumplido su parte. Pero el contrato no se rompe por eso. Si quieres salir de esa compra-venta y que el contrato se rompa, tienes que demandar a Fadesa, o dejar que Fadesa te demande.

Por lo demás la hipótesis que planteas sería posible pero no en la conyuntura actual en la que no se vende un solo ladrillo. Actualmente las ventas que hace Martinsa-Fadesa, son en realidad formalizar escrituras de las casas pedientes de entregar y de las cuales ya hay un contrato de compra-venta como el tuyo o el mío.

Según Martinsa-Fadesa declara en prensa, tiene unas 12.500 casas con contrato de compra-venta pendientes de acabar y entregar. Además han comprado tantos terrenos que tienen para construir decenas de miles de viviendas durante 20 años de ventas siempre y cuando se vendieran casas o pisos al ritmo de antes, es decir si las ventas no hubiesen caído como lo han hecho.

Tal como está la situación del mercado, te la venderán a ti, y no a otro, porque ctualmente han pocos "otros" dispuestos a comprar.
 
M
maydi
18/06/2008 22:33
Gracias Yorchi...

Cita:
Si el contrato contenía obligaciones recíprocas para las dos partes (como sucede en el caso de la compraventa, que genera la doble y recíproca obligación de entrega del objeto y de satisfacción del precio convenido), el incumplimiento de una de las partes faculta a la otra para optar por exigir el cumplimiento o la extinción del contrato por resolución del mismo, con la indemnización de daños y perjuicios que correspondiera en ambos casos . Además, en el caso de que una de las dos partes cumpla, comienza ya la mora para el otro, salvo que se hayan establecido pactos distintos al respecto.


Leyendo esto entiendo que si pedimos el aval ya no estamos cumpliendo nuestra obligación ... Conclusión cuando esté la casa acabada y con cédula de habitabilidad si le viene bien a Fadesa sigo con la casa - así que hasta esta fecha no me puedo meter en otra compra, si no le viene bien que yo siga con mi casa ellos pueden venderla a otra comprador dispuesto a pagar más que lo que yo he pagado...

Interesante ... por lo menos ya podría recuperar mi dinero y ellos no pueden pedirme daños y prejuicios... PERO si sigo interesada en mi casa y la venden a otro...

vaya quebradura de cabeza...

si me he equivocado en alguna cosa decirmelo
 
G
godayla
18/06/2008 20:19
Hola,

yo creo que ese tipo de actitud se refiere sobre todo a jueces que dictaran sentencias a sabiendas que son totalmente injustas.

Tal como aparece por lo que dice Yorchi, la "privaricación" es algo dificilmente aplicable a la actitud de un Ayuntamiento que sencillamente puede hacer actos que algunos consideren injustos, pero distan mucho de ser una clara "Prevaricación". Son una mera interpretación "Laxa" de la legislación, cosa que se suele hacer a diario en las administraciones locales.

Nada que rascar por ese lado...
 
M
meloncio
18/06/2008 20:08
Yorchi dijo:

meloncio dijo:

Yorchi, ya que te veo tan puesto en estos temas, nos podrias instruir sobre la palabra PREVARICAR? te estaria muy agradecido, un saludo


No estoy instruido, estoy instruyéndome...

Supongo que te refieres a la posible prevaricación cometida por una Autoridad o funcionario público, Artículo 404 del Código Penal.
Dicho artículo habla de “a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo”… yo no veo prevaricación (aún) por ningún lado.
Como yo no se interpretar, te puedo hacer un resumen de lo que dice la Jurisprudencia.

Cita:

No basta una mera irregularidad administrativa o discordancia interpretativa de las normas, porque se así se hiciera se correría el riesgo de criminalizar toda la actividad administrativa. Se ha señalado reiteradamente que [b>la resolución incriminada tiene que ser evidente, flagrante y clamorosa[/b>, de tal manera que [b>se encuentre en contradicción con los mínimos esenciales del funcionamiento de la Administración[/b>.

Limitado a aquellas resoluciones que, de modo flagrante y clamoroso, desbordan la legalidad vigente, a aquéllas en las que la contradicción con el ordenamiento jurídico, en el orden competencial, procedimental o sustancial, es tan notorio que se “injusticia” resulta fácilmente apreciable por cualquiera.


Si quieres más tengo más... pero luego me salen unos mensajes "rollo" que asustan.




Gracias por la aclaracion Yorchi, has entendido perfectamente por donde iba, y te agradezco tu vision personal del tema, y por lo de soltar rollos, tranquilo, que a mas de uno nos sirven y como bien se dice nunca esta de mas saber, un saludo
 
Y
Yorchi
18/06/2008 19:59
meloncio dijo:

Yorchi, ya que te veo tan puesto en estos temas, nos podrias instruir sobre la palabra PREVARICAR? te estaria muy agradecido, un saludo


No estoy instruido, estoy instruyéndome...

Supongo que te refieres a la posible prevaricación cometida por una Autoridad o funcionario público, Artículo 404 del Código Penal.
Dicho artículo habla de “a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo”… yo no veo prevaricación (aún) por ningún lado.
Como yo no se interpretar, te puedo hacer un resumen de lo que dice la Jurisprudencia.

Cita:

No basta una mera irregularidad administrativa o discordancia interpretativa de las normas, porque se así se hiciera se correría el riesgo de criminalizar toda la actividad administrativa. Se ha señalado reiteradamente que [b>la resolución incriminada tiene que ser evidente, flagrante y clamorosa[/b>, de tal manera que [b>se encuentre en contradicción con los mínimos esenciales del funcionamiento de la Administración[/b>.

Limitado a aquellas resoluciones que, de modo flagrante y clamoroso, desbordan la legalidad vigente, a aquéllas en las que la contradicción con el ordenamiento jurídico, en el orden competencial, procedimental o sustancial, es tan notorio que se “injusticia” resulta fácilmente apreciable por cualquiera.


Si quieres más tengo más... pero luego me salen unos mensajes "rollo" que asustan.


 
M
meloncio
18/06/2008 12:48
Yorchi, ya que te veo tan puesto en estos temas, nos podrias instruir sobre la palabra PREVARICAR? te estaria muy agradecido, un saludo
 
J
jesusymariam
18/06/2008 12:22
Raul69 dijo:


...Jesus y Mariam, entiendo vuestra amargura y tambien entiendo que mucha gente quiera ya ver la luz de alguna forma u otra. Desde luego cuando yo compre mi pareado me dijeron que irian entregandolos por fases...

...¿Escriturarias tu casa cuando la urba , a excepcion del vial, estuviera terminado o esperarias 2 años mas a entrar? ....

... se que no es justo lo que os esta pasando, pero precisamente el resto de vecinos no tiene la culpa. La culpa la tiene Fadesa , las leyes que aveces rozan la indefension y por supuesto la mala suerte...




SUERTE PARA TODOS


Gracias por tu apoyo moral (dicho sin segundas lecturas), pero:

Supongo que Fadesa es la que os dijo que se entregaban por fases (y Fadesa ya hemos visto la credibilidad que tiene), pero el Oficial mayor me dijo en persona hace un año, que tenia que estar la urba "totalmente finalizada" para entregar la primera cedula.

Y como el que da las cedulas es el ayuntamiento, la version correcta debe ser del ayunt, y la incorrecta de Fadesa.

En cuanto al segundo punto sobre si escrituraria...
Si el ayuntamiento hubiese sido contundente con Fadesa, en lugar de 20 obreros trabajando para acabar las calles en 3 o 4 meses, Fadesa pondria a 200 obreros para acabar calles y casitas en 4 o 5 meses, con lo cual no hubiese habido mayor retraso. Eso, si el ayuntamiento no le hubiese abierto la puerta a Fadesa con una escapatoria rapida.

De todas formas, gracias a los que aguantais sin escriturar, yo creo que ahora la culpa es del ayuntamiento por no haber forzado mas la situacion con Fadesa.

Sobre alguien que dice que ni 400 casitas ni 40 son nada para Fadesa....

Obviamente para Martinsa-Fadesa en su conjunto, no es dinero. Pero para la seccion de la comunidad valenciana, si esto no lo aclaran rápido, se llevarán mas de un tirón de orejas de sus jefes de la central, por lo que no les da lo mismo tener 300 cedulas hoy, o de aqui a dos años.
Tendrían que dar muchas explicaciones.
 
Y
Yorchi
18/06/2008 10:41
Se me olvidaba.
Las demandas de orden civil pueden acumularse. Esto es, si cada uno presenta su demanda independientemente, puede ser que recaiga en varios juzgados, con sentencias dispares. Si se hace bien, lo normal es que estas demandas se acumulen...

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Artículo 71. Efecto principal de la acumulación. Acumulación objetiva de acciones. Acumulación eventual

1. La acumulación de acciones admitida producirá el efecto de discutirse todas en un mismo procedimiento y resolverse en una sola sentencia.
2. El actor podrá acumular en la demanda cuantas acciones le competan contra el demandado, aunque provengan de diferentes títulos, siempre que aquéllas no sean incompatibles entre sí.

Artículo 72. Acumulación subjetiva de acciones.
Podrán acumularse, ejercitándose simultáneamente, las acciones que uno tenga contra varios sujetos o varios contra uno, siempre que entre esas acciones exista un nexo por razón del título o causa de pedir.
Se entenderá que el título o causa de pedir es idéntico o conexo cuando las acciones se funden en los mismos hechos.

Artículo 73. Admisibilidad por motivos procesales de la acumulación de acciones. Casos especiales de acumulación necesaria.
1. Para que sea admisible la acumulación de acciones será preciso:
1.Que el tribunal que deba entender de la acción principal posea jurisdicción y competencia por razón de la materia o por razón de la cuantía para conocer de la acumulada o acumuladas. Sin embargo, a la acción que haya de sustanciarse en juicio ordinario podrá acumularse la acción que, por si sola, se habría de ventilar, por razón de su cuantía, en juicio verbal.
2. Que las acciones acumuladas no deban, por razón de su materia, ventilarse en juicios de diferente tipo.
3. Que la ley no prohíba la acumulación en los casos en que se ejerciten determinadas acciones en razón de su materia o por razón del tipo de juicio que se haya de seguir.
...
En todo caso, en los lugares donde hubiere más de un Juzgado de Primera Instancia, las demandas que se presenten con posterioridad a otra se repartirán al Juzgado al que hubiere correspondido conocer de la primera.

Artículo 74. Finalidad de la acumulación de procesos.
En virtud de la acumulación de procesos, se seguirán éstos en un solo procedimiento y serán terminados por una sola sentencia.

Artículo 75. Legitimación para solicitar la acumulación de procesos.
Salvo que la ley expresamente disponga otra cosa, la acumulación de procesos diferentes sólo podrá decretarse a instancia de quien sea parte en cualquiera de los procesos cuya acumulación se pretende

Artículo 76. Casos en los que procede la acumulación de procesos.
La acumulación de procesos sólo se ordenará:
1. Cuando la sentencia que haya de recaer en uno de los procesos pueda producir efectos prejudiciales en el otro.
2. Cuando entre los objetos de los procesos cuya acumulación se pide exista tal conexión que, de seguirse por separado, pudieren dictarse sentencias con pronunciamientos o fundamentos contradictorios, incompatibles o mutuamente excluyentes.

...
Para que sea admisible la acumulación de procesos será preciso que éstos se encuentren en primera instancia, y que en ninguno de ellos haya finalizado el juicio a que se refiere el artículo 433 de esta Ley.

Artículo 79. Proceso en el que se ha de pedir la acumulación.
1. La acumulación de procesos se solicitará siempre al tribunal que conozca del proceso más antiguo, al que se acumularán los más modernos. De incumplirse este requisito, el tribunal inadmitirá la solicitud por auto y sin ulterior recurso.
2. La antigüedad se determinará por la fecha de la presentación de la demanda. Si las demandas se hubiesen presentado el mismo día, se considerará más antiguo el proceso que se hubiera repartido primero.
Si, por pender ante distintos tribunales o por cualquiera otra causa, no fuera posible determinar cuál de las demandas fue repartida en primer lugar, la solicitud podrá pedirse en cualquiera de los procesos cuya acumulación se pretende.


Artículo 84. Efectos del auto que otorga la acumulación.
1. Aceptada la acumulación, el tribunal ordenará que los procesos más modernos se unan a los más antiguos, para que continúen sustanciándose en el mismo procedimiento o por los mismos trámites y se decidan en una misma sentencia.
2. Si los procesos acumulados no estuvieran en la misma fase dentro de la primera instancia, se ordenará la suspensión del que estuviera más avanzado, hasta que los otros se hallen en el mismo o similar estado.

El tema continua... pero como es aburrido, el que quiera que siga leyendo en la fuente, aquí:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.l1t3.html
---
Hay una maldición gitana que dice "en pleitos te veas, aunque los ganes" ... mal rollo tener que ir al juzgado.
 
Y
Yorchi
18/06/2008 10:29
Incumplimiento contractual... Definido (muy bien) por la Enciclopedia Online "ENCARTA"

Incumplimiento de contrato , situación que se produce cuando la persona obligada por un contrato no cumple (incumplimiento definitivo), cumple tarde (cumplimiento tardío o moroso ), o cumple mal (cumplimiento defectuoso).
Si el deudor que incumple consigue probar que este incumplimiento se ha debido a una circunstancia ajena a su voluntad (caso fortuito o por fuerza mayor), no habrá de responder ante el acreedor al estar ante un supuesto de incumplimiento no imputable.
- Deudor, respecto a la deuda de hacer, no dineraria (relación recíproca). Jurisprudencia muy reacia a contemplar casos de "fuerza mayor".

Pero si no logra demostrar que el fracaso se ha debido a un hecho de ese carácter, se tratará de un incumplimiento imputable . Los efectos del incumplimiento imputable se resumen en la expresión responsabilidad civil contractual , si bien, en un sentido técnico sólo debería hablarse de responsabilidad civil para denotar los daños y perjuicios ocasionados por tal incumplimiento.

Si el contrato obligaba a una prestación para dar un bien concreto, el acreedor puede demandar el cumplimiento si todavía le interesa que éste se produzca, además de reclamar la indemnización por los daños y perjuicios causados .
La sentencia podrá condenar a la realización de la entrega del bien en cuestión, pero si éste es ya de entrega imposible y en esa imposibilidad ha habido culpa del deudor (por ejemplo, se comprometió a la entrega de un concreto caballo de carreras y el animal ha muerto porque el deudor lo dejó morir de inanición), podrá sustituirse el pago del bien por la de su equivalente pecuniario o precio. Estas medidas componen la denominada ejecución forzosa. En último extremo la sentencia podrá además condenar a satisfacer la indemnización , si bien puede ocurrir que sólo se imponga condena sobre el primer supuesto (entrega de la cosa o de su valor equivalente), pero no se conceda en cambio la indemnización porque no se haya podido probar la realidad de los daños causados.

Si se trataba de un contrato con prestación de hacer y el obligado no cumple o cumple mal (por ejemplo, se comprometió a la construcción de un muro de contención de tierras), el juez podrá condenar a que se cumpla el compromiso a costa del deudor. Esto consiste en que el pacto lo realice otra persona, a quien pagará el deudor primitivo. También se podrá decretar que se deshaga lo mal hecho. Y, como en el caso de la obligación de dar, que se indemnicen los daños causados y que hayan sido probados .

Cuando llega la fecha de cumplir y el deudor no lo hace, puede ser que el cumplimiento, aunque tardío, siga interesando al acreedor . Se trata del caso de la morosidad (también llamada mora). Además de la indemnización por los daños que provoque el retraso, la característica más peculiar de la mora consiste en que el deudor moroso asume los casos fortuitos hasta que se realice la entrega. Así, si se comprometió a la entrega de un caballo en determinada fecha, no lo hace y una semana después matan al caballo o un rayo lo fulmina, en los casos corrientes el deudor no respondería, pero en este caso sí, como sanción por encontrarse en mora : es como si la pérdida del animal hubiera sucedido por su culpa. Aunque en la pérdida en sí, no tenga responsabilidad alguna el deudor, sí la tiene por haber incurrido en mora.

Si el contrato contenía obligaciones recíprocas para las dos partes (como sucede en el caso de la compraventa, que genera la doble y recíproca obligación de entrega del objeto y de satisfacción del precio convenido), el incumplimiento de una de las partes faculta a la otra para optar por exigir el cumplimiento o la extinción del contrato por resolución del mismo, con la indemnización de daños y perjuicios que correspondiera en ambos casos . Además, en el caso de que una de las dos partes cumpla, comienza ya la mora para el otro, salvo que se hayan establecido pactos distintos al respecto.
--------------------
Te lo puedo buscar con artículos del Código Civil, pero está muy bien resumido en este artículo.
Tarda en entregar: Mora, que da lugar a indemnización por daños y perjuicios que puedan demostrarse ocurridos.
Es lo que dice la ley... pero como dijo el Oficial Mayor, nadie puede asegurarte una sentencia en ese sentido. Los Jueces cuando juzgan son independientes, no están sometidos a criterio jerárquico alguno...


 
M
maydi
18/06/2008 03:54
Raul69 dijo:

j
Si me hubiera tocado a mi una casa en tus condiciones lo tendria claro:
1.-Ejecutaria el aval y que me devolvieran el dinero
2.-Aguantar sin prisa para ver como acontecen los hechos,mientras tanto ir ahorrando para quitarme cantidad de prestamo. Siempre y cuando mi situacion personal no fuera critica en cuanto estar pagando alquiler y demas.


Interesante propuesta... recuperas tu dinero pero sigues con el contrato de compra con Fadesa... pero Fadesa puede anular tu contrato porque no tiene tu dinero, no? Ellos no han cumplido su parte del compromiso por eso pides tu dinero, pero al no tener tu dinero ellos que hacen?
Yorchi? abogados? alguién no puede ayudar con la ley(y no con la lógica... porque la lógica no está en el diccionario de las ediciones Vistacalderona. )
 
Raul69
Raul69
17/06/2008 20:23
jirv estoy contigo, ya lo he contado en otro post, no es necesario terminar un complejo de varios bloques o una urbanizacion de muchas casas para poder ir concediendo cedulas por fases.
Jesus y Mariam, entiendo vuestra amargura y tambien entiendo que mucha gente quiera ya ver la luz de alguna forma u otra. Desde luego cuando yo compre mi pareado me dijeron que irian entregandolos por fases nunca me dijeron que deberia de estar toda la urbanizacion terminada al 100% (En cuanto a viviendas).
Yo de hecho voy a aguantar sin escrituar y en parte lo hago por vosotros ,por no darle el gustazo a Fadesa de tener la pasta en mano. y por otro lado porque asi no empiezo a apagar la hipoteca con el euribor que hay ahora....QUE ESA ES OTRA!!!!!
Por otro lado tengo mucha ilusion por que llegue ese momento para ponerme manos a la obra con mi casita.
Creo que enfadarte con los futuros vecinos igual quemados que tu por no unir fuerzas y luchar contra fadesa es un poco complicado....mas que nada porque todos estamos quemaditos y queremos tambien egoistamente poner fin al asunto.
Si me hubiera tocado a mi una casa en tus condiciones lo tendria claro:
1.-Ejecutaria el aval y que me devolvieran el dinero
2.-Aguantar sin prisa para ver como acontecen los hechos,mientras tanto ir ahorrando para quitarme cantidad de prestamo. Siempre y cuando mi situacion personal no fuera critica en cuanto estar pagando alquiler y demas.

Y ya que veo que haces preguntas retoricas al resto de foreros....me gustaria que te pusieras al otro lado de la historia con tu casa hecha...gente viviendo ya, el ayuntamiento que esta ahi pero no pone los cojones en el asador y gente con media casa o menos hecha....

¿Escriturarias tu casa cuando la urba , a excepcion del vial, estuviera terminado o esperarias 2 años mas a entrar?

Ya se que no es justo lo que os esta pasando, pero precisamente el resto de vecinos no tiene la culpa. La culpa la tiene Fadesa , las leyes que aveces rozan la indefension y por supuesto la mala suerte.

Os recomiendo a todos el libro: EL SECRETO
Esta en carrefour,como los mas vendidos y en casi todos los super.
En el EMULE ESTA EN PDF. En estos momentos os lo recomiendo. mas que nada porque yo soy algo pesimista tambien y este libro te ayuda a aprender un secreto que funciona y viene bien para mejorar el estado animico de cualquiera. Ya me contareis que tal.
Un saludo



SUERTE PARA TODOS
 
J
jirv
17/06/2008 18:26
EX2-8
el problema es en parte, que lo que algunos pretenden, no se puede hacer. no se puede pedir que hasta que no estan todas las casas levantadas no se den cedulas. eso no ocurre en ninguna urbanizacion. las cedulas se dan sobre las casas acabadas. aqui lo unico que falla es el acabado de laurb. no de las casas. si nos ponemos en ese plan, llegaran los propietarios de los chalets independientes, que tambien forman parte de vistacalderona y pediran lo mismo. y hala todos sin cedula. pero luego llegaran los propietarios del apartahotel y pediran lo mismo. y asi el cuento de nunca acabar. el ayuntamiento ya dejo claro que tienen avales suficientes como para ejecutar la obras de la carretera ellos mismos. ya se que puede parecer egoista, pero la realidad es que los afectados por los cables y los que no quereis escriturar sin licencia, no nos podeis pedir a los que ya vivimos, que hagamos fuerza para que no las concedan. aqui el problema es que son pretensiones completamente contrapuestas. yo quiero mi cedula lo antes posible, aunque falte algo de la carretera. y como yo, creo que el resto de los que ya estamos viviendo
el tema de los medios... esto trae cola, la verdad, me parece que Julio y Patricia han echo un gran trabajo, pero los medios de comunicacion... se estan cebando con nosotros. y esto, en mi opinion se les escapo de las manos. la noticia de que se corto la luz a media urb. es totalmente falsa, solo fue un sector, de los 3 que creo que hay. las basuras no estan por los suelos, algun contenedor esta lleno, si. pero eso pasa en Valencia, aqui no iba a ser menos, no? y asi, es un suma y sigue. me parece bien lo de hacer fuerza, pero tenemos que tener mucho cuidado con los medios de comunicacion, estos buscan la noticia sensacionalista y nosotros no les interesamos. Si hay una bolsa por el suelo, ellos diran que son 100, si se para un grupo, ellos diran que no tenemos luz, si se corta el agua, como paso la semana pasada, por las obras en un chalet de fuera de vistacalderona. ellos diran que no tenemos servicio de aguas. y esas noticias no son ciertas. tenemos deficiencias, si, pero no estamos dejados de la mano de dios. tienen que solucionarlas, si. pero no podemos dejar que el resto del pais piense que estamos en el Africa. tened en cuenta que esto quita valor a nuestras viviendas, las devalua. que venga ahora el tasador de vuestro banco para escriturar y que tenga noticias de todo esto, vereis que tasacion mas bonita os dara. tenemos que andar con pies de plomo y no dejarnos llevar a extremos, como el del incidente del viernes pasado, donde, al parecer, casi linchan a Julio y Patricia. ó como el de la noticia difundida por las provincias, donde se limitaron a poner una foto en blanco y negro de una zona con excombros y titularla... este es el estado de vistacalderona.
tenemos que evitar esos extremos. no podemos dejar que entre unos y otros nos usen para sus intereses.
 
J
jesusymariam
17/06/2008 17:41
Además me parece bastante acertado por tu parte la reflexion de que al final, cada palo aguanta su vela, porque eso es lo que está pasando. A quién San Juan se la de, San Pedro se la bendiga...y conceptos como justicia y solidaridad, al final quedan obsoletos.

Eso si, podeis esperar por mi parte cuando este viviendo en la urba, las mismas pruebas de buena vecindad que estoy recibiendo.

Gracias.
 
J
jesusymariam
17/06/2008 17:38
En respuesta a Swindle:

Yo, cuando compré sobre plano, compré unas determinadas prestaciones y compré unos determinados compromisos por parte del ayuntamiento.

La especie de justificación de que "como compramos sobre plano, lo de los cables son cosas que pueden pasar" que , corrigeme si me equivoco, se lee entre tus lineas, no me parece en absoluto de recibo, ya que ahora mismo supongo que estamos en un estado de derecho y tiene el mismo derecho a las mismas contraprestaciones uno que compró sobre plano, que el que ha comprado una vivienda finalizada.

Además que yo sepa el 85% de las viviendas nuevas en España se han comprado siempre sobre plano y no creo que eso deba ser un factor de riesgo. En Nigeria igual si, pero en España pienso que no debiera ser así.
 
S
swindle
17/06/2008 14:46
jesusymariam dijo:


Pero bien, a todo el mundo le parecio perfecto que diesen cedulas a todo lo que esta acabado, que Fadesa pueda cobrar todas esas casitas, y que los de los cables nos busquemos la vida...gracias, gracias, gracias.

Todos estamos jodidos, todos queremos poder disfrutar cuanto antes de nuestra inversión...
Quien escrituró sobre plano se arriesgó, y por ello va a pagar (o a pagado) mucho menos que por ejemplo yo, que he comprado cuando mi casa estaba casi terminada, y aún así, me veo afectado por otros problemas.
A ti puede que te costase tu casa probablemente, así a ojo unos 60.000 euros menos, aparte de otros 7.000 que le he pagado a la inmobiliaria y unos 12.000 que tendré que pagar de ITP, si lo hago legal. Suma y toma tus conclusiones. Si, tal vez yo sea más tonto por pagar más por lo mismo, pero con ello me evité otros problemas.
No te sepa mal, pero al final es lo de siempre... cada palo aguanta su vela y cada perro se lame su pijo... siempre es así.
Yo estoy aguantando el tema de escriturar, podría haberlo hecho ya, pero creía que entre todos haríamos más fuerza y sacaríamos más... al final, por lo que leo en el foro, no por otra cosa, veo que cada vez hay más malos rollos, mal si escrituras, mal si no...
Yo creo que Fadesa tiene ganas también de acabar las casas afectadas por los cables, piensa que como mucho tiene el 20% del total, habiendo empezado muchas de ellas. Lo que tendrá ganas es de acabarlas y cobrar el 80%, pasar página y a por otra cosa.
Tiene que acabar la casa porque se le agotan los plazos, porque pueden empezar a llover las demandas por incumplimientos del contrato y tener que pagar fuertes indemnizaciones o volver a sentarse y pactar con los dueños. Y los cables no son fuerza mayor, fuerza mayor es un terremoto, un huracán, un tsunami, una erupción volcanica descontrolada... no cualquier cosa.
 
J
jesusymariam
17/06/2008 13:34
Otra para el ayuntamiento:

Cuando Fadesa pague la carretera al ayuntamiento y parchee dos caminitos para poder llegar a la urba, elegid una opcion:

a) El ayuntamiento expropiara rapidamente los terrenos y hara todos los tramites muy muy rapido para poder hacer la carretera.

b) La burocracia es lo que tiene, y a lo peor, los tramites (un vecino no quiere vender su campo, el ayunt. no lo localiza, etc), se alargan 3 o 4 años y durante ese tiempo, el ayuntamiento tiene nuestro dinero en una cajita esperando que se pueda hacer la carretera (y seguro que con las elecciones cerca, no se lo gastará en otras cosas mas urgentes, porque nosotros ya tenemos 2 carreteritas y tan urgente lo nuestro, tampoco es).

Que respuesta elegis?


Perdón pero estoy muy quemado viendo lo preocupados que estan el ayuntamiento (que tiene la fuerza de las cedulas), y gran parte de los vecinos, y por supuesto Fadesa, digo lo preocupados que están porque se acabe mi casita.

 
J
jesusymariam
17/06/2008 13:27
perdon, que se ha cortado....

pues eso, que el ayuntamiento a cobrar ibi a 60 vecinos mas.


Cuando Fadesa pague la carretera y adecente otra, 330 cedulas mas....favor a Fadesa que no tiene que esperar a acabar la carretera para cobrar 300 casitas mas, bien para el ayuntamiento que cobra 300 ibi mas (y ademas ingresa el pastón para hacer la carretera, que siendo buenos vamos a pensar que la hace rapido y no nos deja con las 2 carreteritas que nos parcheará Fadesa).

Y a los de las viviendas inacabas, perdemos fuerza despues de que den 60 cedulas y mas fuerza despues de las 300.


Ademas, para toda la gente que intenta consolarnos diciendo que cuando quiten los cables, los obreros seguiran con nuestras casitas:

Fadesa tiene 40 obreros y si los pone a trabajar acabando las calles le dan 60 cedulas....¿acabara las calles o nuestras casitas?

Fadesa tiene 40 obreros y si acaban el aparthotel, cobran mas que de nuestras casitas....¿acabara el aparthotel o nuestras casitas?


Pero bien, a todo el mundo le parecio perfecto que diesen cedulas a todo lo que esta acabado, que Fadesa pueda cobrar todas esas casitas, y que los de los cables nos busquemos la vida...gracias, gracias, gracias.
 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento