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C
Chilo
11/04/2005 20:27

Importantisimo

¿Cuáles son las condiciones del BBVA si represento a un grupo de 40 personas?

1.426 lecturas | 12 respuestas
Hoy he estado en el BBVA, me han dado el 0.60 si domicio la nómina, las tarjetas, recibos, seguro de hogar (he estado comparandalos con otros y es poco más o menos igual), seguro de vida (les he dicho que era ilegal y me han reconocido que tenia razón, me han propuesto no pagar el 100%, si no el 50%) y plan de pensiones ( yo me he negado hacermelo, y me propuesto ingresar 2.000€ durante dos años y ya esta).
Me han dado dos hojas para firmarlas, eran las provisiones de fondos de compra venta de la subrogacion (notaria.- 920€, Hacienda.- 3370€, Registro.- 555€ y gastos.- 208€) y la plusvalia (600€ + 30€ honorarios).
Yo lo que veo por estos gastos es que según otras ofertas que tengo es que la notaria y el regitro son 300€ cada uno más caros. ¿Puede ser que ese exceso sea para si no pagamos la plusvalia se los queden?
Despúes de de terminar con Daniel le dije que quisiera que viniera el director del banco y le dije que las condiciones que me habian dado era a nivel particular y le pregunte que si venia representando a 40 personas de un foro que tenemos cuales serian las condiciones. Puedo deciros que se puso bastante nervioso.
Espero que sean temas muy importantes para hablar y negociar conjuntamente, y tomar decisiones.
me niego a pagar la plusvalia si alguien me acompaña.
Ante todo es lo que yo pìenso, espero no haber molestado a nadie.
Haber si ya si que hacemos una reunion.
 
R
rokyto
15/05/2005 23:24
Hola, nosotros estamos dipuestos a hacer lo que sea para no pagar la plusvalia ya que tambien la consideramos una clausula abusiva,contar con nosotros para lo que sea.
 
F
ferrico
27/04/2005 13:12
Hola:

En la sección de Cartas de los Lectores de Metro de hoy miércoles 27 de abril, viene esta carta que es muy clarificadora y nos viene al pelo para el trance que estamos a punto de pasar.

Un saludo


http://mad.metrospain.com/sx.asp?seccion=29
Cuidado con las hipotecas por Juan Carlos Guijarro


Mucho ojo. Cuando se firma una hipoteca, el banco nos retiene una importante cantidad de dinero en concepto de provisión de fondos para hacer frente a los gastos de Notaría, Registro y otras gestiones.
Esta cantidad normalmente supera en mucho a los gastos reales. El día de la firma de la hipoteca en la Notaría, la mayoría terminamos con la cabeza llena de números, porcentajes, plazos,etc. Ese lío de cifras, unido a la liquidación de la provisión, que se realiza algunos meses después de la firma, se lo pone muy fácil a las gestoras para no devolver el dinero sobrante. La jugada es sencilla, se quedan con el dinero de más y, si alguien reclama, argumentan que el proceso es largo y que en los próximos días harán la liquidación de gastos. Si no se reclama, se quedan con el dinero y nadie se entera. A mí, tras muchas llamadas y reclamaciones, me han devuelto mi dinero. Por favor, revisen la situación de la liquidación de gastos, tengo información de empresas y empleados que se dedican a esta actividad y que se enriquecen con el dinero de muchos particulares.
 
A
ar_mc
12/04/2005 17:18
A riesgo de preguntar algo que seguro está ya más que contestado, al menos me suena hablerlo visto pero ahora no lo encuentro, ¿más o menos de cuánto estamos hablando a pagar por la plusvalía?

Gracias por adelantado

Saludos a todos
 
J
jjj
12/04/2005 15:06

Hola, la verdad que el tema es más que interesante, yo en principio no piensa pagar la plusvalia, al parecer en otras promociones hay gente que no la ha pagado. Lo que no se que es lo que pasaría si te niegas a pagarla, ¿no te dan el piso, te retrasan la entrega........... pagas intereses.................? Sería interesante conocer algún caso en concreto.
Supongo que en función de que seamos 2 o 50 los que no queramos pagar la plusvalia y no nos bajemos de la burra, Neima actuará de una u otra forma, ya que ellos estarán locos por conseguir la pasta cuanto antes y no es lo mismo que ellos retrasen la entrega (y por tanto el cobro) de 2 que de 50 propietarios.
Al parecer somos bastantes los que creemos que tenemos razón y la cláusula es ilegal, sería más que importante unirnos de alguna manera para presionar a Neima
 
F
ferrico
12/04/2005 10:11
Hola:

Este tema se ha puesto interesante y requiere lectura lenta.

Decir que de todas las cláusulas de nuestros contratos, el de la elección del notario me parece el más nimio. Efectivamente el notario lo elige el que lo paga.
Yo sigo con lo de la venta del piso y puesto que mi futuro comprador (que Dios le ilumine en mi direción) será el que abone los gastos de notaría, por lo tanto él elegirá el que más le guste.

Si no le conoces personalmente al notario, eres familiar de él o del Oficial, etc. te va a salir igual de caro uno que otro (más o menos), por lo tanto no tienes ninguna ventaja.

Por otro lado Neima y BBVA tienen que formalizar 156 escrituras de Compra-venta y no sé cuantas de hipoteca en muy poco tiempo. El hecho de hacerlo todos en un mismo notario permite acabar en pocos días, a base de copar todas las horas posibles y de turnos ajustados.

Eso no se podría hacer si hay que estar cambiando y coordinando distintos notarios.

Yo tengo un amigo que conocía a un Oficial de notaría y el cambio le suponía 300 euros. Al final lo consiguió. Pero por un tema muy monetario concreto y claramente tasado.

Saludos

 
A
ar_mc
12/04/2005 09:47
Buenas a todos

Solo un par de comentarios. Primero, lo de que si es obligatorio subrogarse al banco que diga el promotor, pues no es obligatorio, pero es que nadie nos ha obligado, y no pretendo defender a Neima, Dios me libre. Al firmar el contrato había una parte en la que se elegía subrogarse o no, lo único que pedían es decirlo a la firma del contrato, y bueno, no quiero entrar en que es mejor, cada uno lo verá de un modo. Nosotros elegimos no subrogarnos, y ahora estamos mirando la hipoteca por libre. Tendremos que pagar unos 4.000 € más que los que os subrogáis para abrirla de gastos de nosequé, pero en muy pocos años se compensa con el Euribor + 0.45 de media que estamos viendo como ofertas.

Por otra parte, lo de que podemos elegir notario, si, legalmente es lo que es, pero creo recordar que una de las cláusulas del contrato que firmamos era que renunciábamos a ese derecho. No se si es abusiva o no, pero eso es lo que ponía

Saludos a todos. Ya queda menos...
 
C
Chilo
11/04/2005 21:53
Yo no digo que los notarios nos cobren mas de lo normal, sino que la gestoria de Neima nos pida una provision de fondos excesiva para disponer de ella para el cobro de la plusvalia.
 
H
hester_
11/04/2005 21:39
Tienes toda la razón, pero los Notarios son unos mandados de los bancos que no defienden en absoluto al comprador y encima si les pregunta les sienta mal cuando su obligación es el asesoramiento de la parte débil (o sea nosotros).

Esto quizás sea un poco rollete pero esto seguro que os es de mucha utilidad:

¿ES OBLIGATORIO SUBROGARME A LA HIPOTECA QUE ME OFRECE EL PROMOTOR?

Normalmente los contratos de compraventa obligan a los compradores de una vivienda a subrogarse en el préstamo hipotecario concertado entre la promotora y el banco, dando como única alternativa la cancelación del préstamo hipotecario, con los consiguientes gastos que conlleva dicha cancelación y que, por supuesto, se suelen trasladar al comprador. Es conveniente saber que no es obligatorio subrogarse en el préstamo del promotor o constructor. Esta cláusula es contraria a derecho, y ello, por los siguientes motivos:

- Por aplicación del artículo 8.2 de la Ley de Condiciones Generales de la Contratación, “En particular, serán nulas las condiciones generales que sean abusivas, cuando el contrato se haya celebrado con un consumidor, entendiendo por tales en todo caso las definidas en el artículo 10 bis y la disposición adicional primera de la Ley 26/84, de 19 de julio, General Para la Defensa de Consumidores y Usuarios”.

- La disposición adicional primera, número 22, de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios establece que:

“A los efectos previstos en el artículo 10 bis, tendrán el carácter de abusivas al menos las cláusulas o estipulaciones siguientes:La imposición al consumidor de los gastos de documentación y tramitación que por Ley imperativa corresponda al profesional. En particular, en la primera venta de viviendas, la estipulación de que el comprador ha de cargar con los gastos de titulación que por su naturaleza correspondan al vendedor (obra nueva, propiedad horizontal, hipotecas para financiar su construcción o su división o CANCELACIÓN)

- Nuestro Alto Tribunal ha considerado nula de pleno derecho esta cláusula que obliga al comprador a satisfacer los gastos de cancelación de una hipoteca contratada por el promotor.

La cláusula de subrogación, perjudica de forma desproporcionada o no equitativa a los compradores, en cuanto sólo favorece al vendedor, al facilitarse una construcción mucho más económica a costa de los citados, que, por el contrario, ningún beneficio obtienen de la misma, pues han de pagar no sólo el precio de la venta, sino además, la financiación del vendedor y la propia del préstamo para satisfacer dicho precio, soportando así, en la práctica, una doble financiación, cuando la Ley ordena que la correspondiente a la construcción y los gastos de su cancelación corran a cargo del vendedor, conforme lo que establece “in fine” el citado art. 10.”

Esta sentencia afirma que si la hipoteca se contrató como garantía para financiar la construcción, fue el promotor o constructor quien negoció y acordó los términos que se ajustaron mejor a sus intereses ; por tanto, es al vendedor a quien corresponde correr con todos los gastos que se deriven de ella, incluso su cancelación, salvo que al comprador le interese subrogarse y lo haga libremente.

Saludos,
 
J
J_L
11/04/2005 21:30
Hola, a lo mejor aburro pero esto me lo he encontrado en la LEY de consumidores y usuarios:

6. Los Notarios y los Registradores de la Propiedad y Mercantiles, en el ejercicio profesional de sus respectivas funciones públicas, no autorizarán ni inscribirán aquellos contratos o negocios jurídicos en los que se pretenda la inclusión de cláusulas declaradas nulas por abusivas en sentencia inscrita en el Registro de Condiciones Generales.
 
H
hester_
11/04/2005 21:20
Muchas Gracias por la información. Es muy concisa y clara y seguro que servirá de mucha utilidad.
Nosotros todavía no hemos ido a hablar con el banco pero tengo algunas cosas bastantes claras. Por ley no pueden obligarnos absolutamente a nada, solamente a lo que esta firmado en el contrato de compra-venta con la promotora, no pueden obligarnos a realizar ningún seguro ni de vida, de amortización de prestamos, ni el de hogar, ni planes de pensiones, e incluso ni domiciliar nómina. Otra cosa es que para mejorar el euribor + 0.75 se pidan compensaciones. Ellos no nos van a regalar nada pero tú tampoco tienes que hacerles un favor.
Mi consejo es que cuando algo os suene mal, le pidais esas condiciones que siempre son de palabra por escrito ¿creeis que os lo van a hacer? Pues NO, porque de palabra es todo muy fácil pero cuando hay que escribir deben de estar seguros que lo que escriben se atiene a la ley.
Por cierto, la provisión normalmente va inflada en un 10% por posibles desviaciones.
Respecto a la plusvalía, es una clausula abusiva al igual que la subrogación obligatoria con el banco.

Teneís como ejemplo esta noticia del mes pasado precisamente sobre BBVA y SCH.
http://www.ausbanc.com/medios/notasprensa/detalle/20050309.htm
Saludos
 
J
J_L
11/04/2005 21:09
Hola, yo no se cuales son los precios de los notarios, esperaba que en este punto fueran un poco legales y no nos tomaran el pelo, aqui dejo un par de puntos de una asesoria juridica. Uno para la eleccion de notario y el otro sobre los gastos de cancelacion que intentan cobrar a quien se quiere ir del BBVA.

-- > Elección del Notario: Cualquier Notario es imparcial, en el sentido de que no hay Notarios "de parte", pero usted puede tener interés en acudir a uno concreto para formalizar la escritura pública. Si quien vende es un promotor inmobiliario, la parte compradora tiene derecho a elegir Notario.

-- > Efectos del documento privado: Aunque como se ha dicho el documento privado es plenamente válido, no es suficiente para inscribir en el Registro de la Propiedad, ni tampoco para pedir una hipoteca al Banco. Para ello es imprescindible contar con un documento de efectos muy superiores, y que proporcione la seguridad suficiente exigida por el ordenamiento. Es la escritura pública notarial, que se explica a continuación.



 
C
Chilo
11/04/2005 20:30
Por supuesto no he firmado nada.
 

Fin del hilo
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