Creo que el segundo supuesto lo cumplieran quienes soliciten préstamo convenido y les sea concedido, y que por tanto podrán pedir AEDE.
Por otra parte, en cuanto al cheque vivienda de la comunidad de Madrid, si mal no entendí ayer se dijo que lo habían quitado con efecto retroactivo, y que deberíamos reclamarlo. Sin embargo en la web de la comunidad leo:
Cheque Vivienda-Venta
Consiste en una subvención cuyo importe varía en función de los ingresos familiares, a fecha de solicitud del Cheque-Vivienda:
10% del precio de venta: si los ingresos familiares son menores de 2,5 veces el IPREM o si se es titular de familia numerosa.
7% del precio de venta: si los ingresos familiares se encuentran entre 2,5 y 3,5 veces el IPREM.
5% del precio de venta: si los ingresos familiares se encuentran entre 3,5 y 5,5 veces el IPREM.
Requisitos
Estas ayudas se han de solicitar en un plazo máximo de 6 meses desde la Calificación Definitiva si el promotor es privado, o desde la fecha de otorgamiento de la correspondiente escritura pública de compraventa o adjudicación en propiedad si se trata de un promotor público.
Que la Calificación Provisional haya sido obtenida como máximo con fecha 31 de diciembre de 2008.