Hola a tod@s!
Me gustaría preguntaros si alguien más a preguntado a Vitra sobre la cuestión de la bajada del IVA al 4% desde el 20 de agosto al 31 de octubre.
Vitra m ha dicho que sólo es para personas que escrituren antes del 31 de diciembre, pero en la web de la Agencia Tributaria (Hacienda) pone:
Cómo tributan los pagos anticipados realizados durante el 20 de agosto y el 31 de diciembre de 2011?
Los pagos anticipados realizados durante dicho período a que se refiere el Real Decreto-ley 9/2011, correspondientes a entregas de viviendas, garajes y anexos en ellos situados, tributarán igualmente al tipo del 4%, con independencia de que la entrega del inmueble se produzca con posterioridad al 31 de diciembre de 2011.
Os subo el documento completo en el apartado de descargas por si le quereis echar 1 vistazo.
En fin, que sólo m gustaría saber si alguien stá puesto en el tema y me puede decir pq nosotros no podemos acogernos a esto? Aunq el ahorro no sería mucho, pero menos dá 1 piedra! (y claro, no vale lo q m dijo Vitra, pq dá igual q se entregue la vivienda dsps del 31 d diciembre....)