Los gastos así a "grosso" modo NOTARIA, IMPUESTOS, REGISTRO, GASTOS GESTIÓN y posible Tasación VIVIENDA.
Respecto a la subrogación
"¿Qué es una subrogación?
Una subrogación es un trámite que permite cambiar la hipoteca de una entidad a otra. El objetivo por el que se realiza esta operación es siempre conseguir una mejora en las condiciones económicas de nuestro préstamo, sin necesidad de cancelarlo y formalizar uno nuevo. Ángel Bouzas, director general de Freedom Finance, recuerda que la subrogación sólo permite la variación de los tipos de interés de origen, el plazo de la operación o ambos. "Las restantes condiciones del préstamo hipotecario se deben respetar, por ejemplo, el importe", añade. El capital pendiente de amortización se debe, por tanto, mantener invariable. "
Quiero decir que si el contrato firmado con el Principado lo permite podemos subrogarnos CON CUALQUIER ENTIDAD. El coste y demás es lo que me queda duda, pero hoy sabré algo más y os cuento. No siempre estos contratos permiten subrogarse con otra entidad que sea diferente a la que tiene el préstamo el constructor, a veces no se puede...
Respecto a lo que dices frikibronx, yo no he podido llamar, y sobre el préstamo convenido, en el visado al menos a mí, pone que deben conceder el 60% mínimo y el 80% máximo pero no pone condiciones, así que lo de pedir aval o pedir seguros etc es cosa del prestador. A fin de cuentas el que presta el dinero es el propio banco.
Lo que si no entiendo es como si el dinero lo ha prestado ya para que pide tantas seguridades, ¡¡ menos seguridad le debería dar la constructora !! De todas maneras lo del aval es un refuerzo, ¿pero y sino tienes como les pasa algunos de nuestros vecinos?
Saludos.