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M
Merch_e
18/12/2006 14:25

RECLAMACION A CONSTRUCTORA

10.443 lecturas | 3 respuestas
Hola me gustaría preguntaros si sabeis que pasos hay que dar para denunciar a una constructora por incumplimiento de plazos y deficit de calidades. ¿Podría denunciarlo directamente en un Juzgado?? gracias
 
Jurista
Jurista
19/12/2006 14:11
Para una reclamación Judicial de ese calibre o características necesitas tanto Abogado (o Despacho de Abogados- que serán director o directoras Jurídicos) como Procurador (postulación pertinente establecida por la LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL).

Por lo tanto, debes contactar con un especialista en la materia que evalúe tu caso particular, te saque de dudas y te recomiende si merece la pena (hay que evaluarlo todo, pues, como siempre digo: "puede costarle a nuestro cliente más el collar que el perro"). Despues de sacarte de toda duda y de asesorarte acerca de la procedencia o no de determinadas acciones por incumplimientos hablaremos de:

Un informe pericial de parte (redactado por un Técnico- especialista) evaluando y cuantificando los defectos e incumplimientos constructivos y demás)

Con esa cuantía se podrá interponer demanda en primera instancia (labor del Director Jurídico) aportando documentación junto con la preceptiva demanda (conforme a Ley) y fundamentandolo todo(conforme a Ley)

Los siguientes pasos, tasados por la LEC, hasta la Sentencia en primera instancia y su posterior ejecución...,forman parte de la información y asesoramiento del Letrado al que encargues tu asunto, él sabrá informarte y te aclarará punto por punto...

Un saludo, a tu entera disposición,
D. Jesús Martín Vázquez
Abogado-Attourney at Law
jesus@alaudaabogados.com
www.alaudaabogados.com
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
M
Merch_e
18/12/2006 19:11
Muchas gracias por tu respuesta, pero me podrían comentar que pasos debo dar?? con el constructor he intentado aclararlo cientos de veces y nada. ¿Que deberia hacer?¿demandarle ante un juzgado? ¿Podría hacerlo sin abogado aportando todas las pruebas y documentación?
 
Jurista
Jurista
18/12/2006 18:19
Estimada Merche.

Antes de nada debemos aclarar que la "ACCIÓN LEGAL" (a no ser que existan pruebas y acciones que nos indiquen otra Jurisdicción) ante el Juzgado de Primera Instancia de un determinado lugar (partido Judicial) se denomina "DEMANDA" y no denuncia.

Te facilito un blog, donde podrás encontrar aclaración a tus dudas:

http://rincondeljurista.blogspot.com/
http://rincondeljurista.blogspot.com/
http://rincondeljurista.blogspot.com/

Tanto el incumplimiento o mora en la entrega de las viviendas como los defectos e incumplimientos relacionados con la construcción generan un DAÑO que debe ser reparado cuanto menos...

"Todos tenemos derecho a un producto idóneo por el que hemos pactado y no hemos discutido ni un euro al pagar..."

Un cordial saludo, a vuestra entera disposición,
D. Jesús Martín Vázquez
Abogado-Attourney at Law
jesus@alaudaabogados.com
www.alaudaabogados.com
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 

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