Estimad@ conchajim:
1.- Cuando se dan los requisitos esenciales para poder conceder la licencia de primera ocupación (definitiva), suele darse una condicionada que es efectiva o nos vale para proceder a la correspondiente escrituración (alta en servicios,etc), tal y como relatas faltan elementos del todo esenciales por lo que la posibilidad de una condicionada, de momento, es lejana.
2.- POR SUPUESTO que existe la llamada "mora en la entrega de la vivienda" ya que el promotor-constructor (responsable interviniente en el proceso de la edificación) se ha comprometido contigo al entregarte en una determinada o determinadas fechas la vivienda, por lo tanto, todo aquello subsumible dentro de la responsabilidad del mismo (debe estar debidamente justificado, claro esta, no vale todo.) como es la mora en la entrega de la vivienda (que puede generar y, de hecho genera, un daño) debe ser resarcido (REPARACIÓN DEL DAÑO).(aqui también sería interesante revisar el contrato privado de compraventa).
consejo: como siempre os digo, cada caso debe ser tratado de manera individualizada (revisión de documentos del caso en cuestión y asesoramiento personalizado al mismo), acude a un especialista.
Un saludo,
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