Hola Nenett, no soy una experta pero debo decirte que depende del desarrollo que se haya determinado para la zona en el PGOU, es decir, si en el plan general se ha establecido que para la zona X se ejecutará por por cooperación, por compensación o por expropiación. Será el modo de ejecución el que establecerá cómos se adjudicarán las parcelas posteriormente.
Te recomiendo que si estás apuntado a una gestora les preguntes y que utilices la ley 9/2001 del suelo de la Comunidad de Madrid, como referente para entender el proceso. Es un mazacote que pero te recomiendo que leas "la ejecución del planeamiento" a partir del art. 71.
Un saludo.