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AIGB
11/08/2008 13:37

INCUMPLIMIENTO DE ENTREGA

¿Podemos exigir indemnización por retraso en entrega de chalet comprado en Terrazas de Sinaloa?

1.939 lecturas | 3 respuestas
Buenos días a todos!!

Tengo una pequeña duda. Nos hemos comprado un chalet en Terrazas de Sinaloa (ciudad jardin) donde la fecha de entrega inicial era junio 2008, con una prorroga maxima de tres meses, con lo que nos plantabamos en septiembre 2008. Las obras han ido bastante bien, pero claro, no cumplen plazo ni locos. Ahora nos dan nueva fecha de entrega para Noviembre, pero la propia gente de la obra nos dice que seguramente se entrege en Febrero o marzo del 2009.

En nustro contrato pone que si se retrasaran nos tendrian que indemnizar, pero desde DUS & PC (que es la constructora) nos han dicho que nada de indemnizaciones porque ellos van a alegar causas de fuerza mayor. No tengo muy claro hasta que punto ellos pueden presentar Fuerza mayor, ya que durate este año las obras han ido bien.

Creo que intentan tomarnos el pelo y me gustaria saber si podemos exigir esa e¡indemnizacion o podemos denunciar.

Si alguien puede ayudarnos ¡¡mil gracias!! nuestro correo hytax@yahoo.es

Saludos a todos
 
El Mano
El Mano
12/08/2008 11:34
Si el contrato especifica eso, es eso a lo que tenéis derecho.

Me parece que sus argumentos son bastante flojos. Si se han endeudado más de la cuenta no es culpa vuestra. Además, si vosotros no hubierais entregado esa entrada ellos hubieran tenido que pedir aun más dinero al banco y pagar los intereses correspondientes.

Lo único es que la indemnización sería bastante baja. Por ejemplo si habéis entregado 50.000€ de entrada y la obra se retrasa 7 meses como decís eso da 50.000€ * 5% * 7/12 meses = 1400€ aproximadamente. Eso no compensa lo que os va a costar la demanda y los tribunales a no ser que la entrada sea substancialmente superior.

Sobre las posibilidades que tenéis de ganar es dificil saberlo. Yo creo que llevaís razón y tenéis muchas posibilidades, pero ya se sabe, igual que hay jueces más sensibles a los derechos de los consumidores, hay otros que siempre defienden a las empresas.
 
A
AIGB
12/08/2008 01:50
En nuestro contrato pone que se nos indemnizara con el interes equivalente en el mercado en ese momento sobre las cantidades entregadas. Es un contrato perfectamente redactado, pero según ellos hay causas de fuerza mayor que presentaran si alguien les pide esa indemnizacion. Según sus explicaciones, bastantes intereses le tienen que pagar al banco como para que tambien tengan que pagarnos a nosotros ¿¿¿alguien puede creerse eso??? ¿¿¿Que se lo digan a la propia genteque ha comprado una casa??? me parece bastante increible.

¿¿Ante un juez podriamos ganar?? como no sabems que as tienen en la manga...

Gracias por contestar

Saludos
 
El Mano
El Mano
11/08/2008 21:06
Si el contrato pone cláusula de indemnización de retraso tienes derecho a ello ya que yo no veo ninguna razón de fuerza mayor para ese retraso (aunque tampoco conozco los detalles). El contrato especifica a cuanto tenéis derecho en caso de incumplimiento de esa cláusula. Si no especifica nada será dificil cuantificar la indemnización (a lo mejor podéis reclamar las cantidades de alquiler que tendréis que pagar demás, por ejemplo).

El gran problema es que ellos se niegan a pagar nada. Eso significa que si quieres cobrar algo tendrás que buscarte un abogado y acudir a los tribunales.
 

Fin del hilo
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