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A
Abogado Inmobiliario
12/11/2008 17:55

Hola a todos

¿Cómo puedo ayudarte como abogado especialista en derecho inmobiliario y de la construcción?

4.480 lecturas | 36 respuestas
¡Hola a todos los que participáis en el foro!

Me voy a presentar: como podéis ver, soy abogado especialista en derecho inmobiliario y de la construcción y, después de varios años trabajando para varias promotoras y constructoras, he decidido pasarme al otro lado, o sea, a asesorar a los compradores, que son los que más lo necesitan.

Así que estoy a vuestra disposición.

Saludos a todos.
 
B
bekele68
27/06/2010 21:14

Hola. Ante todo gracias por la ayuda que nos prestais en este foro.

Mi consulta es la siguiente:Quisiera saber que tiempo máximo puede pasar entre la firma del contrato de compra-venta y la realización  de las escrituras, o si este tiempo se puede pactar entre el comprador y el vendedor. Perdón por si la pregunta es un poco ingenuo pero es que soy nuevo en estos temas de comprar piso.

Gracias de antemano.

 
A
Abogado Inmobiliario
02/12/2008 17:56
Hola a todos otra vez:

Ya sé que os tengo algo abandonados, pero no he tenido tiempo de entrar en el foro estos días.

Os dejo mi correo-e particular, ya que a veces me es muy difícil responderos a través del foro: msolano@icam.es

Os pido un poco de paciencia, ya que el tema de obra nueva está bastante revuelto por la crisis y se me acumula mucho trabajo.
 
polvora
polvora
30/11/2008 20:56
En febrero de este año me compré una vivienda que me la iban a entregar en septiembre del 2009. En marzo la constructora hizo un concurso de acreedores y la obra se paró. Ahora en noviembre se reiniciaron las obras y la promotora me ha enviado una carta diciéndome:
- Puedo seguir en la promoción pero se retrasa la entrega de llaves hasta abril del 2010
- O anulo contrato y me devuelven todas las cantidades entregadas, más los intereses
Yo sigo interesada en la obra, por lo que sí que seguiré adelante ; pero mi duda es ¿puedo reclamarles algún tipo de compensación/indemnización por el retraso? Retrasar la entrega 8 meses me supone modificar planes y gastos (boda, alquiler del piso…)
¿Alguien me puede ayudar?¿Qué me aconsejáis?
 
F
Felipe Tasador
28/11/2008 19:54
Hola: Sme, Heverides, Nexus , y Capachica

Lo siento pero yo no os puedo solucionar vuestras preguntas, pues soy tecnico y tasador inmobiliario, solo os puedo ayudar en preguntas de tipo tecnico.

Estas preguntas espero que os las pueda responder: nuestro forero AbogadoInmobiliario

Un saludo y lo siento no me atrevo a dar opiniones en asuntos juridicos y menos aún sin ver las clausulas particulares de cada uno
 
C
capachica
28/11/2008 09:22
Hola,

Como el resto, muchas gracias por vuestra dedicación que deseo que continúe porque haceis mucho bien para gente perdida como yo.

Mi duda: mi mujer y yo estamos en una cooperativa de la que hemos solicitado la baja con el preaviso correspondiente. Tenemos un contrato donde viene estipulado la vivienda concreta que tenemos reservada y para la que estamos realizando los diferentes pagos. Ahora la gestora nos dice que si alguien compra esa vivienda no nos devolverían el dinero hasta pasados los 18 meses que vienen en los estatutos.

¿Pueden hacer eso? Es decir, entiendo que si la vivienda no se vende si que tendrían que pasar los 18 meses pero si una persona compra nuestra vivienda y va aportando lo que nosotros hemos puesto entiendo que si que tendríamos derecho a recuperar nuestro dinero,¿no? También dicen lo mismo si nosotros aportamos un nuevo cooperativista para que entre en nuestro lugar.

Un saludo y gracias.
 
N
nexus666
28/11/2008 08:03
Lo primero de todo agracederte el esfuerzo y tiempo que dedicas a este foro.
Te comento mi problema a ver si me puedes ayudar. Hace un año y medio firmamos un contrato de compraventa a la firma del cual entregué 19.000€ y emití un pagaré de 30.000 a cobrar a finales de Diciembre de 2008.
Ahora la entidad bancaria nos deniega la hipoteca (tanto una que hemos consultado como la que tiene la promotora para subrogarnos). Tenemos una clausula que dice que podemos resolver el contrato si la entidad bancaria nos deniega la hipoteca perdiendo un 15% de las cantidades entregadas.
¿El pagaré que emitimos y que debería pasar a cobro a finales del mes que viene se considera cantidad entregada?
He consultado con un abogado y me ha dicho que no, que solo entraría la entrada que dimos, pero la verdad, hoy en día tampoco me fio mucho y quería saber tu opinión.
Muchas gracias!!!!
 
H
HEVERIDES
27/11/2008 23:56
LO PRIMERO AGRADECEROS UN MONTON LA AYUDA QUE NOS OFRECEIS¡¡¡
Yo tengo problemas con UCI o Union de creditos inmoviliarios ( subgrupo del santander).
Mi problema es que les pedimos un credito personal de 21.000 euros en 2005 para pagar la entrada a la cooperativa. a esos 21.000 nos sumaron por que si 3080 euros segun ellos "retenidos" para gastos de una futura hipoteca, ya que ellos me daban una hipoteca preconcedida de 156.000 y esos 3080 euros era como adelanto para pagar los gastos que ocasionara.
El 5 de noviembre me cumplia el plazo y les pedi un aplazamiento del pago de los 21000 euros ya que los queriamos meter en la hipoteca y el piso lo entregan en 2009.
Me negaron el aplazamiento del pago ( aun teniendo esa posibilidad firmada en el contrato) y encima me piden que abone los 3080 euros de gastos de la hipoteca. HEMOS TENIDO QUE PAGAR LOS 24.000 EUROS PORQUE ME EMBARGABAN LA NOMINA. Ahora quiero denunciarlos por incumplimiento de contrato y les quiero reclamar los 3080, ya que dicen que si no hipoteco con ellos pierdo ese dinero.
les he denuncido a traves del servicio de atencion al cliente bancario. mi preguntas son:
1. ¿ les puedo llevar a juicio?
2. Si no quiero meterme en juicio, ¿ como puedo presionarlos para que me devuelvan el dinero?
MUCHISIMAS GRACIAS¡¡
 
F
Felipe Tasador
25/11/2008 19:55
silvester58 dijo:

Hola Abogado.Pertenezco a una cooperativa de viviendas que ha pasado por un sin fin de problemas. La recepción de la obra se ha hecho pero faltan algunas cosillas para que nos puedan dar la licencia de primera ocupación (PERSIANAS)y la cédula de habitabilidad (UN TRANSFORMADOR DE LUZ). En septiembre hice 2 años que vendí una anterior vivienda.
El consejo rector nos aconseja firmar cuanto antes para evitar el boikot que han hecho hasta hora otros cooperativistas y que nos ha costado subidas de precio.
¿Si escrituramos nos puedes pedir responsabilidades económicas y légales?¿Dejaríamos de ser cooperativista al escriturar? ¿Tengo hasta diciembre para escriturar si quiero aplicar la reinversión por nueva vivienda o vales los certificados de la fecha de ingreso en la cooperativa?
Muchas gracias. ¿Se puede contactar por otra via con usted?


Hola silvester58:Te contesto lo mismo que a Lopesin

La licencia de primera ocupacion antes llamada cedula de habitabilidad es obligatoria para poder escritur ante notario. Esa licencia es la que certifica tu Ayuntamiento que cumple con todas las condiciones de hebitabilidad para poder ocuparla en el acto.

Ademas sin esa licencia no puedes contratar los servicios de: Agua, electricidad, ascensor, gas .etec.etc, con lo cual la vivienda no seria habitable

En cuanto al resto el abogado inmobiliario te podra responder mejor que yo. Yo solo soy tecnico en varias especialidades.

No obstante entiendo que todos los cooperativistas sois mancomunadamente o solidariamente responsables de todo, pues en realidad vosotros os habeis convertido en verdaderos PROMOTORES de la edificacion

Un saludo: Espero te sirva de algo

 
F
Felipe Tasador
25/11/2008 19:47
lopesin dijo:

Buenos dias quisiera preguntarles, si cuando llegue a notaria no tiene la promotora la licencia de primera ocupacion y me niego a firmar, puedo levantar acta y demandarlo por incumplimiento?. Y si despues de entregarme la vivienda llego al otro día y me veo los albañiles metidos dentro de mi jardin terminando la obra, puedo demandarlo tambien por falsedad de documentacion en este caso la licencia de finalizacion de obra? Compro una casa con jardin y parcela alrededor me la van a entregar y la unica separacion con el vecino es un bloque en el suelo eso es normal o puedo exigirles una separacion coherente por seguridad en la vivienda? Todo esto viene porque llevo un año esperando la entrega y estoy un poco cabreadito, gracias.


Hola Lopesin:

La licencia de primera ocupacion antes llamada cedula de habitabilidad es obligatoria para poder escritur ante notario. Esa licencia es la que certifica tu Ayuntamiento que cumple con todas las condiciones de hebitabilidad para poder ocuparla en el acto.

Ademas sin esa licencia no puedes contratar los servicios de: Agua, electricidad, ascensor, gas .etec.etc, con lo cual la vivienda no seria habitable

En cuanto a la separacion del jardin con el vecino, deberas de comprobar en tu Ayuntamiento si el proyecto de obra para el cual obtuvo licencia el promotor disponia de esa separacion, o incluso si eso consta en la memoria de calidades que te tuviero que entregar junto al contrato, si esto es asi, no podran otorgarles la licencia de primera ocupacion.

En cuanto al resto el abogado inmobiliario te podra responder mejor que yo. Yo solo soy tecnico en varias especialidades.

Quizas el Abogado inmobiliario os podria facilitar su e-mail particular para asuntos en los cuales se puedan contratar sus servicios

Un saludo: Espero te sirva de algo

 
F
Felipe Tasador
25/11/2008 19:33
honeycar dijo:

Hola abogado¡
podrias decirme que tipo de subenciones tenemos los que compramos una vivienda de VPPB(vivienda de proteccion publica limitada)
si puedes remitirme a alguna pagina te lo agradeceria


Hola honeycar:

Debes de dirigirte a la Direccion General de arquitectura y vivienda ( O Consejeria correspondiente) de tu comunidad Autonoma y alli te informaran de todas las subvenciones que disponen en el Plan Cuatrienal.

Cada Comunidad autonoma es distinto.

Un saludo espero haberte ayudado en algo

 
L
lopesin
25/11/2008 09:40
Buenos dias quisiera preguntarles, si cuando llegue a notaria no tiene la promotora la licencia de primera ocupacion y me niego a firmar, puedo levantar acta y demandarlo por incumplimiento?. Y si despues de entregarme la vivienda llego al otro día y me veo los albañiles metidos dentro de mi jardin terminando la obra, puedo demandarlo tambien por falsedad de documentacion en este caso la licencia de finalizacion de obra? Compro una casa con jardin y parcela alrededor me la van a entregar y la unica separacion con el vecino es un bloque en el suelo eso es normal o puedo exigirles una separacion coherente por seguridad en la vivienda? Todo esto viene porque llevo un año esperando la entrega y estoy un poco cabreadito, gracias.
 
H
HONEYCAR
24/11/2008 23:46
Hola abogado¡
podrias decirme que tipo de subenciones tenemos los que compramos una vivienda de VPPB(vivienda de proteccion publica limitada)
si puedes remitirme a alguna pagina te lo agradeceria
 
A
Abogado Inmobiliario
24/11/2008 19:18
Hola, camaleona:

Además de la opinión de Felipe Tasador, con la que estoy de acuerdo en todo, hay que tener en cuenta si la plaza de garaje está "vinculada" a la vivienda como anejo inseparable, ya que si esto es así, es difícil que se pueda hacer la operación que propones.

Por otro lado y tal y como está el sector, intenta presionar lo más que puedas a la promotora.

Saludos.
 
C
camaleona
24/11/2008 18:51
muchisimas gracias!
 
F
Felipe Tasador
24/11/2008 18:41
Hola Camaleona:

Lo primero es conocer exactamente lo que dice la clausula de rescision del contrato, pues una sola palabra en una frase, da lugar a consecuencias que uno no podria ni llegar a imaginar.

El rescindir unilateralmente no es facil depende del contrato, pues hasta te podrian obligar a exigir su cumplimiento y tener que escriturarlo, artº 1.124 del codigo civil.

Por eso no se puede decir apriori sin concer la clausula maldita, que algunos promotores disfrazan con oscurantismo en sus frases.

Para darte mas idea te acosejo que veas todas las respuestas de este foro en el Tema: Como puedo rescindir el contrato compraventa

Un saludo
 
C
camaleona
24/11/2008 12:16
hola!necesito ayuda, puesto que estamos pagando una vivienda aun en construccion, todos los meses hasta la entrega en enero del año que viene.
mi pregunta es que si queremos dejar esa vivienda, podremos recuperar el dinero invertido??
hemos pagado un total de 17300 ueros, y el contrato dice que se quedarian con un 30%.
con lo que hemos pagado, que es el mismo coste de un garaje, podriamos quedarnos con ese garaje ya pagado, y dejar el piso??
es simplemente para ver un punto de vista, obviamente, tenemos que pasar por donde el constructor para hablarlo
un saludo
 
C
chusih
20/11/2008 09:23
Felipe Tasador dijo:

Hola Chusih.

A tu nueva pregunta, entiendo que es una actual barra americana sin tabiqueria que la separe del salon( A excepcion del mostrador, o sin el).

En este caso te dire que primero debes de pedir licencia de obra menor a tu Ayuntamiento, pues por la pequeña entidad de la obra no debes de necesitar de proyecto tecnico (Redactado por Arquitecto o Arquitecto Tecnico), pero consultalo en tu Ayuntamiento, ellos tienen su normativa propia aprobada en el Pleno de la Corporacion para estos casos con una ordenanza especifica.

No obstante en la mayororia de los Planes Generales de Ordenacion de cada municipio la superficie normal del hueco de ventilacion es del 10% de la superfice util de dicha dependencia, en este caso de la cocina, es decir si la cocina tiene 9,00 m2, la ventana tiene que tener como minimo de una superficie de ventilacion e ilumunacion de 0.90 m2.....¿OK?.Siempre y cuando el salon de a fachada o patio

Si es asi, una vez que obtengas la licencia de obra menor en tu Ayuntamiento lo podras realizar, pero siempre sin perjuico a terceros lo que te dije en anterior Post ( Afectar a estructura, habitabilidad......eteccc).

Un saludo y espero ayudarte en algo
Felipe Tasador




Muchisimas gracias por la ayuda. Un saludo

 
F
Felipe Tasador
19/11/2008 21:23
Hola Chusih.

A tu nueva pregunta, entiendo que es una actual barra americana sin tabiqueria que la separe del salon( A excepcion del mostrador, o sin el).

En este caso te dire que primero debes de pedir licencia de obra menor a tu Ayuntamiento, pues por la pequeña entidad de la obra no debes de necesitar de proyecto tecnico (Redactado por Arquitecto o Arquitecto Tecnico), pero consultalo en tu Ayuntamiento, ellos tienen su normativa propia aprobada en el Pleno de la Corporacion para estos casos con una ordenanza especifica.

No obstante en la mayororia de los Planes Generales de Ordenacion de cada municipio la superficie normal del hueco de ventilacion es del 10% de la superfice util de dicha dependencia, en este caso de la cocina, es decir si la cocina tiene 9,00 m2, la ventana tiene que tener como minimo de una superficie de ventilacion e ilumunacion de 0.90 m2.....¿OK?.Siempre y cuando el salon de a fachada o patio

Si es asi, una vez que obtengas la licencia de obra menor en tu Ayuntamiento lo podras realizar, pero siempre sin perjuico a terceros lo que te dije en anterior Post ( Afectar a estructura, habitabilidad......eteccc).

Un saludo y espero ayudarte en algo
Felipe Tasador




 
C
chusih
19/11/2008 09:07
Felipe Tasador dijo:

chusih dijo:

Buenas tardes.
En primer lugar gracias por la ayuda que estas prestando.
Mi pregunta es la siguiente, me van a entregar una vivienda de vpo y voy a tener que hacer una reforma nada mas entrar, debido a que la cocina me la han puesto en el salón y no se si pierdo la garantia que me dan de la casa si hago alguna modificación.
Muchas gracias


Hola Chusih:

Puedes hacer reformas que no aumenten la superficie útil, el volumen de la edificación ni que afecten a la estabilidad del edificio o a elemntos comunes del mismo, solicitando licencia de obras a tu Ayuntamiento.

Ahora bien mucho cuidado, pues las cocinas tienen que tener unas condiciones mínimas de ventilación e iluminación directas a fachadas o a patios, si no las tiene con la reforma, la que incumplirias la normativa serías tú en cuanto a habitabilidad y condiciones higienicas

Entiendo con tu pregunta que tu cocina es de tipo americano con ventana o barra al salón comedor que si tiene ventilación e iluminación directa.

Espero haberte ayudado en algo, tengo que conocer mejor el caso concreto.

Un saludo


Buenos días,
Gracias por contestar. Tengo otra duda se cosidera ventilacion directa a cerrar la cocina americana poniendo una ventana en el muro que voy a poner para cerrarla? el ayuntamiento es el que me dice si mi obra es correcta o me tendria que buscar a alguien como un arquitecto o ...?
 
V
vix
18/11/2008 23:11
Hola Abogado, gracias por tu respuesta, pero en teoria todavia no tengo vivienda, no es mia , no he firmado escritura publica,el 10 de diciembre se reune la comision y nos dan el nombramiento del piso a los adjudicatarios definitivamente, puedo esperar hasta esa fecha aver si luego por cualquier razon no me dan el del ayuntamiento y pierdo los 6000 euros que ya he puesto en el nuevo.
Me sigues aconsejando renunciar ya al piso de vivienda libre?

MUCHAS GRACIAS OTRA VEZ
 
F
Felipe Tasador
18/11/2008 20:51
vendo_vpt_sanse dijo:

Hola, buenas tardes.
Si se tiene autorización de venta de una vivienda de proteccción por la CAM.
Que requisitos debe cumplir el futuro comprador?

Un saludo y gracias.


Hola de nuevo Vendo_vpt

En cuanto a descalificar la vivienda de P.O ( Protección Oficial), siempre mejorará el que le puedan dar mayor prestamo al futuro comprador, pues la tasación será sobre le Valor de Mercado que siempre es mayor que el de Protección Oficial, con lo cual el 80% del prestamo será mucho mayor para el futuro o probable comprador.

Pero te tengo que advertir que el procedimiento de la descalificación es largo y pesado con muchos documentos a cumplimentar (minimo 6 meses dependiendo de la comunidad autonoma lo agil que sea), y tiene el inconveniente de que tienes que devolver todos los beneficios obtenidos fiscales desde el día de la compra hasta ahora, como subvenciones recibidas a fondo perdido, devoluciones de la parte de beneficios en la licencia de obras y otros mas, pues se suponía que iba aser tu única vivienda y tenía un precio ñegal mucho mas bajo que una de Renta Libre.

Pero si no tiene prisa en venderla, planteatelo pues te será mucho mas facil el poder venderla (Aunque hoy en día todo es mas complicado con la crisis financiera). Las viviendas P.O son muy dificiles de vender

Espero haberte ayudado por lo menos en algo

Un saludo
 
F
Felipe Tasador
18/11/2008 20:36
vendo_vpt_sanse dijo:

Hola, buenas tardes.
Si se tiene autorización de venta de una vivienda de proteccción por la CAM.
Que requisitos debe cumplir el futuro comprador?

Un saludo y gracias.


Hola Vendo_vpt:

Las viviendas de Protección Oficial, tienen un plazo mínimo para poder enajenarlas (Venderlas) esto depende de cada Comunidad Autonoma, (debes de ver en la tuya cual es).

En el caso que puedas que por lo que veo ya te lo han dicho, el comprador deberá de cumplir requisitos máximos de nivel de renta, que sea su primera vivienda, que sea domicilio habitual y permaanente.etcccc.........etc..y muchos mas requisitos que deberás consultar en la Dirección General de tu comunidad autonoma, pues cada una de estas saca sun plan trienal o cuatrienal dependiendo de los casos.

Un saludo, espero poderte servir en algo

 
F
Felipe Tasador
18/11/2008 20:26
chusih dijo:

Buenas tardes.
En primer lugar gracias por la ayuda que estas prestando.
Mi pregunta es la siguiente, me van a entregar una vivienda de vpo y voy a tener que hacer una reforma nada mas entrar, debido a que la cocina me la han puesto en el salón y no se si pierdo la garantia que me dan de la casa si hago alguna modificación.
Muchas gracias


Hola Chusih:

Puedes hacer reformas que no aumenten la superficie útil, el volumen de la edificación ni que afecten a la estabilidad del edificio o a elemntos comunes del mismo, solicitando licencia de obras a tu Ayuntamiento.

Ahora bien mucho cuidado, pues las cocinas tienen que tener unas condiciones mínimas de ventilación e iluminación directas a fachadas o a patios, si no las tiene con la reforma, la que incumplirias la normativa serías tú en cuanto a habitabilidad y condiciones higienicas

Entiendo con tu pregunta que tu cocina es de tipo americano con ventana o barra al salón comedor que si tiene ventilación e iluminación directa.

Espero haberte ayudado en algo, tengo que conocer mejor el caso concreto.

Un saludo
 
C
chusih
18/11/2008 19:06
Buenas tardes.
En primer lugar gracias por la ayuda que estas prestando.
Mi pregunta es la siguiente, me van a entregar una vivienda de vpo y voy a tener que hacer una reforma nada mas entrar, debido a que la cocina me la han puesto en el salón y no se si pierdo la garantia que me dan de la casa si hago alguna modificación.
Muchas gracias
 
A
Abogado Inmobiliario
18/11/2008 17:29
Hola, lorac19:

La ley no preve que se deban enseñar las viviendas antes de la entrega de llaves, es decir, antes de la firma de la Escritura de compraventa.

A partir de la fecha de firma de la escritura, existen unos períodos de garantía de las viviendas en función de los daños que presenten, pero hay que ser muy cuidadoso con los plazos de reclamación, ya que si no las reclamaciones caducan.

No sé si he contestado a tu pregunta.

Saludos,
 
A
Abogado Inmobiliario
18/11/2008 17:26
Hola, vic:

Tal y como lo planteas, creo que no puedes rescindir el contrato sin perder la cantidad entregada, aunque habría que ver el contrato.

Como veo que tienes asumido perder lo que has pagado, te recomiendo que resuelvas el contrato con la máxima urgencia, notificándolo a la promotora a través de cualquier medio fehaciente, porque ya sabes que para ser adjudicatario de una VPO no puedes ser propietario de ninguna vivienda.

Saludos.
 
L
lorac19
16/11/2008 17:47
Buenas tardes,

me gustaría saber si existe y cual es, alguna ley que determine el tiempo estipulado en la visita de desperfecto.

Gracias por la ayuda por anticipado.

Un saludo
 
V
vix
16/11/2008 17:41
Hola , lo primero es darte las gracias, por todo, y mi duda tiene semejanzas a las de muchos pero no es del todo igual, veras me explico:

En febrero me meti en un piso nuevo y firme el correspondiente contrato de compra-venta, pero la semana pasada, he sido uno de los afortunados a los que les ha tocado un piso de proteccion oficial en Madrid y como supondras mi pregunta es.
¿Tengo derecho a la devolución de algo del dinero que he ido entregando a cuenta a la promotora hasta que me tocara pedir la hipóteca con la entrega de llaves y la escritura pública?, mas claro hasta el momento he pagado 6000euros, puedo pedir la devolución de este dinero?
El contrato me pone que como causa de resolución a instancias del comprador solo tengo:
-La denegacion de lña licencia de primera ocupación
-El incumplimiento del plazo de entrega
-Que la vivienda sufra modificaciones

Ninguna de estas tres circustancias se dan,me temo que he perdido los 6000euros.
Bueno muchas, gracias de verdad, mereces la gratitud de todos nosotros.

Un saludo.
 
V
vendo_vpt_sanse
14/11/2008 12:57
vendo_vpt_sanse dijo:

Abogado Inmobiliario dijo:

En cuanto a lo de la vivienda de protección, te pregunto si has estudiado la posibilidad de desclasificar la vivienda para venderla por precio de mercado.


Para descalificar se tienen que cumplir unos plazos mayores y no puedo esperar tanto.
En junio del 2009 hago 3 años como residencia habitual y podría vender. por cumplir los plazos con hacienda
 
A
Abogado Inmobiliario
13/11/2008 18:28
Hola Alba74:

En primer lugar, no pueden obligarte a subrogarte en el préstamo hipotecario que ha contratado la promotora. Puedes mirar otros préstamos que te sean más favorables, aunque el gasto fiscal es mayor. Por supuesto, los gastos de cancelación del préstamo de la promotora son de su cuenta, no de la tuya.

En segundo lugar, puedes negarte a firmar la escritura de compraventa si no se ha otorgado la licencia de primera ocupación.

Por último, las cantidades de la cuentas vivienda deben destinarse a la compra de la vivienda habitual, por lo que no hay inconveniente en vender esa vivienda y reinvertir el dinero obtenido en la compra de otra vivienda, que también debe ser la habitual.

En cuanto a la rescisión del contrato de compraventa, poco puedo decirte, ya que tendría que leerlo. Cada contrato es un mundo.

Saludos.
 
V
vendo_vpt_sanse
13/11/2008 09:17
Abogado Inmobiliario dijo:

En cuanto a lo de la vivienda de protección, te pregunto si has estudiado la posibilidad de desclasificar la vivienda para venderla por precio de mercado.


Para descalificar se tienen que cumplir unos plazos mayores y no puedo esperar tanto.
En junio del 2009 hago 3 años como residencia habitual y podría vender. por cumplir los plazos con hacienda
 
A
Alba74
13/11/2008 02:03
En primer lugar, gracias por ofrecer tu ayuda.

Si tienes tiempo, necesito consejo porque estoy un poco agobiada con mi situación.

En 2006 firmé el contrato de compraventa de mi piso en una urbanización que está empezando a entregarlos.
Los plazos de la hipoteca (subrogada) me resultaban asequibles, pero no sucede así a día de hoy, por la subida del euribor y demás.
Mis preguntas son:

- Hasta ahora les he entregado 18.000 euros. ¿Si cancelo el contrato me quedo sin nada? Eso es lo que pone en el contrato de compraventa, pero leyendo en este foro me he enterado de que por ley deberían devolverme el 50%. ¿Es eso así? ¿Pueden negarse a cancelar el contrato?

- Sé que la promotora tiene problemas económicos y le urge entregar por eso están entregando algunos pisos sin haber terminado las obras en los edificios adyacentes. ¿Pueden hacer eso? ¿Puedo negarme a aceptarlo así?

- Si no puedo cancelar (que tampoco me interesa mucho, porque tendría que devolver a Hacienda lo desgravado en CAV), me interesa postponer al máximo la firma de la hipoteca. Pueden exigirme que firme la subrogación de la hipoteca antes de tener la cédula de habitabilidad o la licencia de primera ocupación? Y si encuentro desperfectos en los trabajos, ¿puedo postponer la firma hasta que los solucionen?

- Y última pregunta. ¿Cuántos años tendría que esperar para poder alquilar o vender este piso? Teniendo en cuenta que invertí en él mi cuenta ahorro vivienda, y que es de promoción privada.

Disculpa si me he excedido. REsponde a lo que puedas.

Saludos.
 
A
Abogado Inmobiliario
12/11/2008 18:59
En cuanto a lo de la vivienda de protección, te pregunto si has estudiado la posibilidad de desclasificar la vivienda para venderla por precio de mercado.
 
A
Abogado Inmobiliario
12/11/2008 18:53
Hola lopesin:

No recuerdo exactamente tu caso, pero me imagino que quieres rescindir el contrato por retraso en la entrega.

Para responderte exactamente debería leer el contrato que firmaste, ya que la mayoría de las veces las promotoras se cubren las espaldas con cláusulas oscuras, con la finalidad de poder incumplir los plazos de entrega.

Lo que deberías tener claro es si todavía quieres la vivienda, si has obtenido financiación, etc.

Saludos.
 
L
lopesin
12/11/2008 18:38
Hola ya he expuesto mi caso y quisiera que me aconsejare lo que puedo hacer si meterme en pleito o perder el dinero entregado, en el contrato no recoge penalización solo las fechas de entrega a cuenta y la fecha del ultimo plazo que debe de coincidir con la entrega de la vivienda que debia ser en el ultimo trimestre de 2007 y cuando ahora les envio un burofax para rescindir por incumplimiento el me cita para firmar puedo negarme.
 
V
vendo_vpt_sanse
12/11/2008 18:35
Hola, buenas tardes.
Si se tiene autorización de venta de una vivienda de proteccción por la CAM.
Que requisitos debe cumplir el futuro comprador?

Un saludo y gracias.
 

Fin del hilo
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