Estimados Alejandro y "erlitri"
Ante todo FELIZ AÑO NUEVO 2011!!!!
Para nosotros GESPER ya es viejo conocido, actualmente llevamos la dirección Jurídica de vecinos afectos a su actividad inmobiliaria.
Ni que decir tiene como ya venimos haciendo desde que colaboramos como Despacho especialista en nuevos vecinos, que no hay dos casos iguales y no pueden generalizarse las soluciones, pues pese a que pertenezcais a mismas promociones cooperativas, promociones inmobilirias, etc...y los acuerdoso contratos firmados sean exactamente los mismos, las soluciones no son siempre identicas, han de ser particularizadas.
Es muy importante en vuestra situación seguir unas pautas procesales/procedimentales exhaustivas, tanto en formas a la hora de daros de baja, plazos, segun la ley de cooperativas y fundamentando el fondo del asunto con del devenir de hechos que hayan ido aconteciendo con respecto a todos pero tambien pormenarizando por cada cooperativista.
Existe tambien dependiendo del tipo de promoción y circunstancias existir garantizadas las cuantías aportadas en una u otra forma, de lo contrario estaríamos ante un flagrente incumplimiento legal. Debe quedar acreditado el uso correcto y debido de las cuantías y la suscripción pervia de las garantías, algo que en nuestra opinión y a la vista de los casos que este despacho conoce, no es un punto fuerte precisamente.
Como ya sabeis las bajas pueden ser de ditinto tipo, y los afianzamientos igual.
Así mismo cada estatuto es un mundo y en ello está muchas veces la clave procedimental. Independientemente de ello serán las garantías.
Las causas que la cooperativa aduzca como salida del compromiso, deben estar justificadas plenamente.
Para cualquier cuestión a partir del lunes estamos nuevamente a vuestra disposición.
Recibid un cordial saludo