A ver si te puedo ayudar. Por partes:
- Aunque la piscina no este totalmente acabada y en funcionamiento, la constructora te puede hacer entrega de la casa, ya que no es condicion indispensable para la entrega.
Pero,
- Esta muy bien que te requieran para firmar antes que acabe Marzo y lo importante, que es donde te tienes que fijar, es la FECHA DE CONCESIÓN DE 1ªOCUPACION, ya que si esta, no está concedida con anterioridad al 30 de Marzo, es por ahí por donde les puedes meter mano y llegar a rescindir el contrato.
- Respecto a que vía es lo mejor, pienso que si no han cumplido con la fecha de concesión de ocupación, con una simple amenaza sería justificada por tu parte de que acudiras a los tribunales, te resolverán el contrato para evitar devoluciones+intereses.
Ahora bien, a tener muy en cuenta, debes tener presente que al rescindir el contrato y tener ellos el dinero que ya les has entregado por esa vivienda, puedes tener problemas con la devolucion de dicha cantidad, ya que, o ahora mismo no disponen de él, o simplemente prefieren devolvertelo en un par de años, cuando se lo reclames judicialmente. Eso sí, te quedas, por un tiempo sin casa y sin dinero. HAY QUE PENSARLO TODO.
Espero haberte ayudado.