Efectivamente no te puedes deducir las mejoras.
Ya puedes consultar el Manual de la Renta 2011. Te copio lo que pone en la pág. 442.
Conceptos que no dan derecho a deducción.
A efectos de la deducción, en ningún caso tienen la consideración de inversión en vivienda
habitual los siguientes conceptos:
a) Los gastos de conservación y reparación efectuados regularmente con la finalidad de mantener el uso normal de los bienes materiales, como el pintado, revoco o arreglo de instalaciones y similares.
b) Los gastos de sustitución de elementos tales como instalaciones de calefacción, ascensor,puertas de seguridad y otros.
c) Las mejoras.
d) Las plazas de garaje adquiridas conjuntamente con la vivienda que excedan de dos.
e) La adquisición de plazas de garaje, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas
y, en general, los anexos o cualquier otro elemento que no constituya vivienda propiamentedicha, siempre que se adquieran independientemente de ésta.