El IVA superreducido del 4% estaba y está para las viviendas de protección de régimen especial o promoción publica que cumplan las condiciones de VPO RE. ( en cuanto a precio e ingresos del adquiriente máximo 2,5 % Iprem).
El resto de viviendas protegidas y viviendas libres tienen el IVA reducido antes el 8% y a partir del 1 de septiembre el 10%.
La Disposición Final Quinta del RD ley 20/2011 del 30 de diciembre dice que se aplicará el IVA del 4% a este tipo de viviendas hasta el 31-12-12.
El RD ley 20/2012del 13 julio, modificada el articulo 91 de la ley del IVA 37/1992 . por lo que el tipo reducido del 8% pasa al 10%.
Pero como esta ley no deroga la Disposición final Quinta anterior, el IVA para la vivienda sigue al 4% hasta el 31-12-12.
Salvo que de aquí a entonces saquen otro Real Decreto.