Estimado Mr.Flitwick,
Hay parte de la consulta (el si pueden hacerlo) que habría de discernirse documentalmente, esto es, con documentos contractuales e incluso información urbanistica sobre la mesa, una vez estudiada la anterior, aunque es evidente que las molestias van a estar presentes.
Al respecto de la reclamación de cantidades por retraso en la entrega, efectivamente es posible esto, e inclusive cantidades relativas a gastos que por rentas de alquiler, guardamuebles, etc.. puedan probarse, y en los que se haya tenido que incurrir sin necesidad si la promotora hubiese cumplido con su obligación.
El envio por Burofax con Certificacion de texto y acuse de recibo de dicha reclamacion es el primer paso, de lo contrario habran de estudiarse medidas Judiciales.
Recibid un cordial saludo desde CRITERIO ABOGADOS