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Mr.Flitwick
Mr.Flitwick
16/04/2013 12:45

duda entrega de vivienda

¿Pueden entregar viviendas de VPPL sin tener terminada la obra de vivienda libre?

2.982 lecturas | 4 respuestas


El asunto en sí es el siguiente. Estoy comprando una vivienda de VPPL en la promoción Las Meninas. Según el contrato que tengo deberían finalizar las obras el 22 de mayo. Las obras van muy atrasadas, empezaron muy tarde (un año después de que se les concediera licencia) y van muy lentos. La promoción se compone de dos bloques, uno de VPPL y otro de vivienda libre. El de VPPL llevan menos de la mitad por lo que el retraso será considerable. Por lo que dicen, tienen la intención de entregar las viviendas de VPPO a finales de este año, y las de vivienda libre para 2015. Obviamente en vivir en una vivienda con otra obra a 10 metros tiene un sinfin de inconvenientes. Las zonas comunes no estaran terminadas y la entrada des garaje esta en el lado del bloque que no esta ni empezado. Las dudas es que como 3 parece que tienen previsto entregar las viviendas de VPPL sin tener empezadas las libres, con el consiguiente trastorno para la habitabilidad. ¿Pueden hacer esto? ¿pueden entregar las viviendas cuando parte de la obra no está terminada?
 

por otro lado, obviamente, van a terminar con retraso. Por lo que tengo entendido tengo derecho a reclamarles los intereses por el dinero que he entregado hasta la fecha, y que he pagado “religiosamente”, y me gustaría saber si es así y los pasos a seguir.


 

Gracias.

 
Mr.Flitwick
Mr.Flitwick
06/06/2013 13:43

CRITERIOABOGADOS dijo:

Como poco, debereis tener a mano el contrato de compraventa y saber que tipo de reclamación queréis efectuar, ... cual es vuestra verdadera pretensión a raiz de ello.

Un saludo desde CRITERIO ABOGADOS

 

Gracias.

Lo primero es que no quiero rescindir el contrato, pero si quiero que quiero reclamarles lo que pueda para compensar. Me han dicho que sólo puedo reclamar los intereses del dinero que ya he pagado si rescindo el contrato.

 
CRITERIOABOGADOS
CRITERIOABOGADOS
03/05/2013 10:19

Como poco, debereis tener a mano el contrato de compraventa y saber que tipo de reclamación queréis efectuar, ... cual es vuestra verdadera pretensión a raiz de ello.

Un saludo desde CRITERIO ABOGADOS

CRITERIO ABOGADOS
www.criterioabogados.com
email: criterioabogados@criterioabogados.com
Tlf: 626 77 43 63
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
Mr.Flitwick
Mr.Flitwick
03/05/2013 10:04

Gracias!

La verdad es que vivo en casa de mis padres por lo que no puedo pedir en función a eso ya que mi contribución a la casa no conlleva factura alguna. 

Por otra parte, ¿que documentación habría que revisar y habría que buscar?

 

Un saludo.

 
CRITERIOABOGADOS
CRITERIOABOGADOS
16/04/2013 15:40

Estimado Mr.Flitwick,

Hay parte de la consulta (el si pueden hacerlo) que habría de discernirse documentalmente, esto es, con documentos contractuales  e incluso información urbanistica sobre la mesa, una vez estudiada la anterior, aunque es evidente que las molestias van a estar presentes.

Al respecto de la reclamación de cantidades por retraso en la entrega, efectivamente es posible esto, e inclusive cantidades relativas a gastos que por rentas de alquiler, guardamuebles, etc.. puedan probarse, y en los que se haya tenido que incurrir sin necesidad si la promotora hubiese cumplido con su obligación.

El envio por Burofax con Certificacion de texto y acuse de recibo de dicha reclamacion es el primer paso, de lo contrario habran de estudiarse medidas Judiciales.

Recibid un cordial saludo desde CRITERIO ABOGADOS

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