Buenos días,
Nos ponemos en contacto con vosotros a ver si alguien puede orientarnos o facilitarnos alguna información con un problema que nos ha surgido con la compra de nuestra vivienda. Os contamos:
En Septiembre de 2016 reservamos una vivienda unifamiliar en la Comunida de Madrid, la cual consta de planta baja, primera y buhardilla. Al formalizar la reserva de la vivienda se nos hace entrega de un plano donde aparecen registradas las superficies útiles de la vivienda, indicándose que la planta bajo cubierta disponía de una superficie útil de 62 metros cuadrados. Además se nos entrega un documento donde aparecen un total de 188 metros cuadrados útiles en el cómputo de las 3 plantas encajando con el total de metros útiles del plano. Así mismo, en el mismo documento aparece también una superficie construida total de 221 metros cuadrados. Hasta aquí todo correcto.
En Diciembre de 2016 formalizamos el contrato de compra venta de la vivienda. En dicha formalización se nos hace entrega de un nuevo plano (más técnico en este caso) donde se nos indican todas las superficies construidas de la vivienda. Igualmente encajan estas superficies con las previamente comunicadas, si bien no se nos comunica en ningún caso la superficie útil por lo que únicamente tenemos como referencia el plano recibido previamente.
En ese momento, dado que la superficie útil de la buhardilla nos parecía muy elevada para los metros construidos ya que se trata de un tejado a dos aguas, solicitamos el plano con cotas de la buhardilla. Sin embargo este plano nunca nos ha sido entregado a pesar de haberlo solicitado en reiteradas ocasiones. La vivienda se ha ido construyendo a buen ritmo y una vez finalizado el tejado hemos podido comprobar que debido a la caída del mismo era obvio que no habría 62 metros útiles en la planta bajo cubierta, tal y como se nos vendió en un primer momento.
Tras varias conversaciones nos indican verbalmente primero que la superficie útile es toda la planta ya que puedo utilizarla toda, lo cual nos parece una tomadura de pelo, y por otro lado que la superficie que supera el 1.5 metros de altura será más o menos de 30 metros cuadrados.
En resumen, teniendo en cuenta que en todo momento hablamos de superficie util legal (es decir, de mas de 1.5 metros de altura) y no utilizable, y que existe un desfase ni más ni menos que de más de 30 metros cuadrados útiles entre lo vendido y lo real hemos solicitado una compensación.
Ahora bien nuestra duda es la siguiente: si no llegamos a un acuerdo compensatorio por los metros útiles que deja de tener la vivienda, consideráis que el contrato de compraventa puede ser rescindido recuperando las cantidades entregadas a cuenta por inclumplimiento en el objeto de contrato por parte del vendedor? Nos surge la duda ya que el plano que tenemos donde se indican las superficies útiles fué firmado en la reserva y no en la compra-venta. Esto supone algún problema?
Perdonar la parrafada pero queríamos dejar el máximo de detalle por si alguien pudiera orientarnos.
Muchas gracias, saludos.