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ness_alicia
09/10/2005 13:50

dimensiones plaza de garaje

¿Cómo se miden las superficies útiles y construidas de una plaza de garaje?

80.435 lecturas | 4 respuestas
¿Cómo se mide las superficies útil y construida de una plaza de garaje?, ¿puede un pilar ocupar parte de alguna de ellas?
Gracias.
 
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ness_alicia
17/10/2005 16:31
Gracias por responder,
tranquilo que cuando compré me fijé en los metros útiles de la vivienda y yo compré una plaza de 2.25x4.50 m y efectivamente en mi garaje hay más plazas que viviendas.
Pregunté a la promotora y me explicaron que mi superficie útil era, como tú me dices, no solo esos 2.25x4.50 sino la zona que quedaba hasta la pared posterior y lateral, con ello si se llega a los 1.50 m y efectivamente en la superficie construida me estan repercutiendo comunes.
Así que todo "legal".
 
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re_
17/10/2005 04:04
Pues siento decirte que si...

La verdad es que los notarios hacen lo que les da la gana..especialmente en las escrituraciones. Siempre oigo de problemas con el superficiado de las escrituras...piensa que ellos son uña y carne con el promotor...y normalmente miden sobre plano (normalmente fotocopiado y mal escalado) a toda velocidad.

Lo de la superficie construida es un porcentaje que se aplica con el total de la propiedad (desde el perimetro de las fachadas hasta los bordes exteriores del muro pantalla) se aplica un porcentaje a TODAS las superficies utiles del inmueble en tu caso sería...

JOVAR!!!!!!!!!!

205%?????????????????????

LO FLIPO CON ESA RELACIÓN DE UTIL CONSTRUIDA!!!!!!!!!!

Una cosa que si he descubierto que hacen es sumarte como util zonas aledañas a tu plaza hasta la pantalla..hasta un tabique o entre pilares..aunque realmente no es util..pero eso es asumible...........1 metro vale........ en principio hasta te podrias sumar un mueble de almacenaje junto a tu plaza y todo (según ley y con consentimiento de la comunidad, claro)

PERO JOVAR!!!!! Una relación de ese tipo entre util y construida implicaría...bufff que os están vendiendo los garajes con un coeficiente distinto al de las viviendas...probablemente para incrementar su valor........

Una pregunta.. tu vivienda tiene algún grado de protección o el parking tiene más plazas de las dotacionales(del nº total de viviendas)????

Esas serían unas posibles explicaciónes de por qué escrituran los garajes de forma independiente a las viviendas, por ejemplo que pretenden vender por separado las plazas de garaje (no vinculándolas a las viviendas)...bien porque haya más plazas de garaje que viviendas o bien porque el parking se pretenda vender o alquilar como parking público.

La relación estandar entre util y construida debe ser entre un 100% y un máximo de 150% (en el caso de incluir el garaje de forma global). Si no lo incluyera lógicamente se dispara la relación util construida como al 200% en el garaje y por el contrario en la vivienda se regula mucho más.

Esperando sinceramente que no hayas comprado tu garaje por construida....y que al menos desvelemos por qué han hecho el reparto de superficies así.

re_
 
N
ness_alicia
12/10/2005 19:03
Gracias por la ayuda.
Con lo que me cuentas ahora se que tengo una plaza "dibujada" legalmente (4,50x2,25) y el pilar creo que entra dentro de la normativa (tendré que comprobarlo).
Pero como decía al principio tanto en la nota simple del registro como en mi contrato pone que me venden una plaza de 24 m2 construidos (supongo que aquí me repercuten zonas comunes como en los pisos) y 11,5 m2 útiles y a mí no me salen nada más que 10,12 m2. Vamos que me falta más de 1m2 de plaza.¿No?
 
R
re_
09/10/2005 16:37
Supongo de entrada que te refieres a un parking privado (no público)_ no te lies por que las medidas y las diferencias pueden ser amplias.

Si es un parking privado dentro del municipio del Ayuntamiento de Madrid sería la siguiente legislación (los demás municipios de la comunidad de Madrid lo suelen copiar en sus planes generales aunque deberías comprobarlo). En el siguiente post te incluyo la normativa íntegra.

En el municipio de Madrid sería:



Suponiendo que el parque al que te refieres sea privado (p):

Sus dimensiones mínimas serán las siguientes:
a) Para vehículos de dos ruedas: Doscientos cincuenta (250) centímetros de longitud por ciento cincuenta (150) centímetros de anchura.
b) Para vehículos automóviles pequeños y medios: Cuatrocientos (400) centímetros y cuatrocientos cincuenta (450) centímetros de longitud, respectivamente, por doscientos veinticinco (225) centímetros de anchura.
c) Para vehículos automóviles grandes: Cinco (5) metros de longitud por doscientos cuarenta (240) centímetros de anchura.
d) Para vehículos de personas discapacitadas o con movilidad reducida: Las dimensiones y disposición de plazas de aparcamiento destinadas a personas discapacitadas o de movilidad reducida, se regulan por las prescripciones al efecto contenidas en la Ley 8/1993 de 22 de Junio, de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas de la CAM y demás disposiciones legales vigentes sobre la materia.
e) Para vehículos industriales ligeros: Quinientos setenta (570) centímetros de longitud por doscientos cincuenta (250) centímetros de anchura.
f) Para vehículos industriales pesados y autobuses: Nueve (9) metros de longitud por tres (3) metros de anchura.
2. Las anchuras citadas se entenderán dimensiones libres entre ejes de marcas delimitadoras perimetrales de la plaza, admitiéndose una reducción por existencia de pilares u otros obstáculos fijos, de hasta un diez por ciento (10%) de la anchura en, como máximo, el veinte por ciento (20%) de la longitud de la plaza.
Las plazas delimitadas lateralmente por un muro, tabique u obstáculo continuo fijo similar dispondrán de un sobreancho de veinte (20) centímetros.


1. La altura libre de piso no será inferior a doscientos quince (215) centímetros.
2. La altura libre podrá reducirse puntualmente a dos (2) metros por descuelgues de elementos constructivos, conductos o equipos de ventilación, instalaciones, tuberías o similares.
3. En zonas de circulación de vehículos, el gálibo mínimo no será en ningún caso inferior a doscientos cinco (205) centímetros.
4. En garajes de viviendas unifamiliares, la altura mínima libre de piso será de dos (2) metros, admitiéndose la reducción puntual de esta altura en zonas que no afecten a la maniobrabilidad de las plazas y circulación de peatones.

En cristiano.................................!!!!!!!!!!!

Puedes llegar a tener una plaza mediana 4,50 ml x 2,25 ml con un hueco de ancho real (debido a pilares u otros elementos) de sólo 2,025 m lineales de boca ; siempre que sólo ocupe dicho pilar u obstáculo el 20% de la plaza. Si el obstáculo ocupa en longitud más del 20% de la longitud de la plaza
entonces no cumple la normativa.....
en este caso la máxima longitud permitida de obstáculo sería .90 ml

Si tu plaza está en contacto con un obstáculo continuo en su longitud (tabique o un pilar de una longitud mayor de 90 cm para una plaza de 4,50 m) LA PLAZA DEBE ESTAR MAYORADA....es decir debe tener una boca superior en 20 cm...en nuestro caso sería una boca total de 2,45 ml.

Y RESPECTO A LA SUPERFICIE CONSTRUIDA...NO ES APLICABLE EN PARKING....................como puedes comprobar en el plan general.

recuerda..el siguiente post es la normativa íntegra

Un saludo.
 

Fin del hilo
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