Sobre la legislación del Plan de Vivienda que se va a aplicar sobre tu promoción en concreto, tienes que acceder a la fecha de solicitud de la DECLARACIÓN INICIAL y cuándo se concedió esta.
En función de esta fecha deberías consultar la legislación específica de tu Comunidad Autónoma sobre el Plan de Vivienda que le afecte (normalmente si se ha solicitado la declaración inicial en fecha posterior a 01/11/05 será el nuevo Plan de Vivienda).
Como ya te han comentado, lo mejor y más rápido es que te pongas en contacto con la Oficina de Vivienda de tu Comunidad (si eres de Madrid la información la encontrarás en la siguiente página Web
http://www.madrid.org/oficinavivienda/ )
Respecto de cuándo tienes que cumplir las condiciones, por la experiencia propia tienes que cumplir las condiciones ANTES DE LA DECLARACION INICIAL, DURANTE LA TRAMITACIÓN Y SOBRE TODO A LA ENTREGA DE LLAVES.
Te explico el por qué. Antes de la tramitación de la declaración inicial de la Promoción se os habrá solicitado documentación a todos los cooperativistas (ingresos, certificado catastral y de registro de la propiedad, ...).
Esa documentación es la que va a ser revisada por la Consejería correspondiente para conceder o no validez a la lista de cooperativistas. En Aragón si no tienes esa lista aprobada, el resto de documentación para la declaración inicial no se tramita (el expediente está paralizado).
De todas formas, léete atentamente la ley de la que has extraido los párrafos y encontrarás un apartado referido a las propiedades inmobiliarias (sobre todo precio de venta si las tienes) tanto de carácter urbano como rústico y cuándo éstas influyen para poder acceder a una vivienda de protección oficial