Ante todo, gracias al Webmaster por crear este foro para acercar a la gente y aclarar ideas acerca de nuestra futura vivienda.
No soy abogado, sólo soy un cooperativista de una Cooperativa de Viviendas de Protección Oficial con la tramitación de la documentación a través de una GESTORA, pero que se está interesando por su piso de protección oficial para que no le cueste ni más ni menos de lo que su Ayuntamiento expuso en las cláusulas de contrato de cesión de suelo (por cierto a un precio nada barato).
Quiero aclarar a todos los sufridos cooperativistas que si en algún momento habéis empezado a padecer de insomnio, malos rollos y malos presentimientos acerca de vuestras viviendas, es culpa atribuible sólo a vosotros mismos por despreocuparos de la GESTION que estén realizando en vuestro nombre. Dicho esto, vamos a intentar definir quién es quién en una promoción de viviendas de protección oficial.
PROMOTOR: Es el que decide realizar una determinada construcción en un determinado sitio y con unas determinadas condiciones (para ajustarse, por ejemplo, a las condiciones de las viviendas si es que se quiere que sean de protección Oficial, por ejemplo). En el caso de COOPERATIVAS, los promotores son los socios cooperativistas (y si alguien os cuenta lo contrario es un embuste de tamaño monumental).
Legislación a consultar al respecto: Ley General de Cooperativas y Leyes de la Comunidad Autónoma correspondientes a Las Cooperativas (incluidas las de Viviendas). La Consejería de Trabajo de vuestra Comunidad Autónoma es quién os puede informar acerca de los requisitos y trámites tanto para constituir la Cooperativa como para Realizar una determinada Promoción dentro de una Cooperativa más grande.
Sobre los derechos y obligaciones de los PROMOTORES (sois vosotros, queridos cooperativistas), os sugiero que consultéis la página de la Administración del Estado
http://www.administracion.es/perfiles/utilidades/legislacion/servicios/disposiciones/vivienda_urbanismo-ides-idweb.jsp y la legislación que corresponda dentro de vuestra Comunidad Autónoma.
Sobre vuestros DERECHOS y OBLIGACIONES os sugiero que os leáis detenidamente los estatutos de vuestra cooperativa. Si no los tenéis por el motivo que sea, consultad en el Registro General de Cooperativas de vuestra Comunidad Autónoma, y si esta es pluriprovincial y la cooperativa sólo actúa en una de las provincias, en el Servicio Provincial de Trabajo de la Provincia correspondiente.
La elección de vuestra GESTORA (normalmente habrán decidido otros sobre este tema) tenéis que ratificarla en ASAMBLEA (normalmente de la promoción que sea, así que estudiad detenidamente el contrato firmado con la GESTORA, único documento que avala la relación de la COOPERATIVA con la GESTORA).
El tercer actuante es el CONSTRUCTOR, al que definiremos com el encargado de hacer la construcción completa dentro de un PRESUPUESTO determinado por el precio final de toda la obra y que puede estar buscado por la GESTORA, pero si vosotros como cooperativistas encontráis un constructor que presente una oferta mejor (más barata con las mayores exigencias) con el Proyecto de vuestro edificio (el PROYECTO es lo que os ha preparado el Arquitecto), sólo hay que incluirlo en el Orden del día de la Asamblea en la que vais a elegir el CONSTRUCTOR. Si os molestáis en buscar, no os comeréis lo que os presenten como inevitable, porque podéis ahorraros mucho dinero (no en el precio de vuestro piso, que está tasado si es de protección oficial, pero sí a la hora de quedaros con TODA LA EDIFICACIÓN -bajos comerciales y garajes no vinculados incluidos- por el precio de vuestro piso y una pequeña cantidad añadida que incluso podréis incluir en la HIPOTECA FINAL).
Vuestra relación con el CONSTRUCTOR se rige por el CONTRATO que firméis con él, así que ese documento es fundamental.
Seguiré añadiendo aclaraciones sobre estos y más temas si me es posible, porque he visto en mi propia cooperativa hasta dónde llega el desconocimiento de la gente o la despreocupación, o vete tú a saber si es el acomodo de pensar que las cosas se hacen solas o las hacen por ellos otros. En mi caso hemos formado un grupo de trabajo -llamémoslo Comisión de Seguimiento- con el número de socios mínimo para exigir incluir puntos en el Orden del Día de la Asamblea de la Promoción.
Os aseguro que aunque se lleva bastante tiempo por delante, te pone en contacto con tus futuros vecinos, y eso, no tiene precio.