Por lo que tengo entendido, el vendedor debe pedir un permiso a la comunidad en la que esté, y esta normalmente lo concede, pero también puede ejercer el "derecho de tanteo" del piso.
Vamos que yo no haría nada hasta que el vendedor no tenga el permiso para poder vender la casa.
Si es en la comunidad de madrid, en la web de la vivienda
http://www.madrid.org/oficinavivienda/ viene toda la información.
Un saludo, y espero haberte ayudado ;o)