Hola:
El administrador de fincas (en caso de que sea así como lo hagamos) lo podríamos coger una vez que hayamos firmado las escrituras. De hecho deberíamos cogerlo sin mucha demora, ya que al principio es uno de esos momentos en los que pueden surgir mas problemas y tiranteces, ya que al vivir en comunidad uno no puede hacer lo que le venga en gana, hay ciertas normas que todos hemos de acatar, y es facil que al principio, por desconocimiento, se incumplan muchas de ellas.
En concreto habrá que tener mucho ojo con el tema de las fachadas, y lo que se puede o no se puede hacer con ellas (como el tema de los aires acondicionados, de las antenas parabólicas, de los tendederos, etc...). No me hagais mucho caso, porque no se mucho del tema, pero creo que todos estos elementos estan prohibidos, asi que a ver como narices nos apañamos, ya que en los tejados no han previsto unas bancadas para colocar los aires, y tampoco nos han separado el tendedero como venia en los planos.