Según me explicaron en Ibercaja, nosotros solamente nos acogemos al plan 2003-2005 a efectos del precio del módulo, para el resto de obligaciones y derechos pertenecemos al plan 2005-2008. Con respecto a que unos tengan el préstamo a 20 años y otros a 25 depende exclusivamente de los metros de la vivienda, de nada más, pero tb tengo dudas pq me parece algo liado el temita.
Creo q mi casita está equivocada con respecto al tema que sean 20 o 25 dependiendo de la segunda plaza de garaje, pq a efectos de la comunidad de madrid, la segunda plaza "ni existe".
En la página
www.madrid.org hay mucha información con respecto a las obligaciones, clausulas y derechos de todas las viviendas de proteccion, sean del tipo que sea, en las que se especifica precios máximos de venta, precios máximos de alquiler, los derechos de tanteo y retracto de la comunidad de madrid sobre la venta, plazos, impresos de solicitud, etc...
Interesa el tema especialmente a las parejas que quieran vivir juntas, pagen el piso juntas y no estén casadas y demás, pq hay cierto problema para vender el piso a la pareja si no están casadas en régimen ganacial si hay movidas entre ellos (que las habrá, como en todos los sitios). Si estás casado en régimen ganancial puedes vender a tu pareja tu parte de vivienda sin que intervenga la comunidad de madrid, sino la comunidad te puede impedir vender tu parte a la otra persona (tengo el documento delante ahora mismo).