Volver al foro
G
gonysil
24/02/2004 17:11

avales?

¿Somos legalmente promotores de la construcción?

626 lecturas | 5 respuestas
Hola a todos, tengo una duda a partir de la lectura del borrador del contrato y todo lo que hay en la zona de descargas. ¿Somos “legalmente” promotores todos nosotros de la construcción?
Esta pregunta viene a raíz de un comentario del foro sobre las garantías de las cantidades que ponemos. La ley dice que la obligación de avalar las cantidades es del “promotor” (ley 57/1968 para el que le interese).
Si este tema de los avales ya se ha tratado con anterioridad en el foro, me gustaría que alguien me comentara algo.
En Casmar dijeron que no hay ningún aval. Si bien, la devolución por lo de “las nieves” se ajusta a lo que dispone la ley citada anteriormente.

Muchas gracias por adelantado y saludos a todos desde la Fase III.
 
C
CORROCHANO
25/02/2004 13:09
Hola.
Segun tengo entendido y comprovado los avales son obligatorios por ley. En Ley más actual "Ley de Ordenación de la Edificación" se establece la obligatoriedad de los avales o seguros de caución en todo tipo de promoción de viviendas, es más en la Disposición Adicional Primera de dicha Ley en el apartado a) dice " La expresada norma será de aplicación a la promoción de toda clase de viviendas, incluso las que se realicen en regimen de comunidad de propietarios o sociedad cooperativa".
Si todos lo reclamamos, la unión hace la fuerza.
Hablando con algunas entidades financieras, me explican que es un mecanismo de garantía y seguridad para los comuneros y para la gestora, y a la vez un mecanismo de control externo, dado que aquella entidad que avala controla desde la sombra el funcionamiento de la comunidad y la gestion de la gestora.
 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2025 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 C/ Roger de Lluria, 50 - P.1 08009 Barcelona
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter