Hola: No sé que has preguntado en Hacienda, pero te cuento.
Si alquilas un apartamento turístico debes darte de alta en hacienda (modelo 036) con el Epígrafe I.A.E. 861.2 ALQUILER LOCALES INDUSTRIALES. A partir de este momento has de realizar las liquidaciones trimestrales (modelo 303) en las que incluirás los ingresos del alquiler (con IVA al 7%) y te deduces de los gastos con el % de IVA que corresponda a cada uno (lo pone en las facturas). En Enero hay que presentar el Resúmen anual (modelo 390) y si el resultado es negativo (a devolver) puedes indicar que te lo devuelvan ó que lo guarden como saldo para próximas declaraciones (esto se llama A COMPENSAR).
Si todo esto te parece un lío, tienes dos opciones: te documentas bien y lo haces tú ó lo encargas a una gestoría que lo hace aunque te cobra, claro. . . . .
En fin, suerte.