Hola a todos !!.
A título informativo:
Comentaros, que el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, no se paga por el valor de la vivienda si no por su valor catastral.
Aquellos que lo hayáis pagado por el valor de la vivienda, Hacienda os reclamará la diferencia.
Esto puede haber pasado en las primeras escrituras.
Os pongo mi ejemplo:
Precio del apartamento 70.000 €, valor catastral 92.000 €.
Espero que os sea útil.
Un saludo.