Por lo que me han dicho en el teléfono 010, al ser viviendas de proteccion oficial nos podemos beneficiar de una bonificación del 50% en los tres primeros años .
Para ello hay que solicitar esta bonificiación en la Junta de Distrito correspondiente, aportando original y fotocopia de la calificación definitiva de la vivienda. (la cual hay que solicitarla en la CAM?)
El período voluntario de pago es del 1/10 al 30/11, y el obligado a pagarlo es, efectivamente, el propietario de la vivienda a fecha 01/01/2006.