A la atención de D. Pablo Fernández Siruela, Presidente de la Comunidad de Propietarios de la Urbanización “Los Altos de Aravaca”, sita en la Avenida del Talgo de Madrid.
En Madrid, a 30 de octubre de 2006.
Estimado vecino y Presidente,
Me dirijo a ti dados los problemas que están surgiendo, y que sin duda conoces, relacionados con la entrada de vehículos en la urbanización, con la circulación interior de vehículos en la misma y con el aparcamiento de dichos vehículos en el interior de la urbanización (pero fuera de los garajes), con el fin de hacerte llegar diversas propuestas concretas para que, si lo crees oportuno, sean incorporadas expresamente al orden del día de la próxima Junta de Propietarios que estimes conveniente convocar:
1.- Instalación de un sistema de identificación de matrículas de los vehículos (turismo, motos, furgonetas) en las entradas de la urbanización, de forma tal que no permita, de forma automática, la entrada de vehículos que no estén asignados a una plaza de garaje.
Como regla general, una plaza da derecho a introducir un vehículo en la urbanización, con la única excepción de las plazas grandes (mayores de 13,0 m2) en las que es posible aparcar un turismo/furgoneta y una motocicleta.
También será posible asignar más una matrícula de vehículo a una plaza mediana o pequeña, pero el sistema impedirá que dos vehículos asignados a una misma plaza se encuentren simultáneamente en el interior.
Cualquier excepción a estas reglas deberá ser aprobada, de manera temporal, por los Conserjes/Vigilantes, bajo la supervisión en su caso de la Junta Rectora de la Comunidad de Propietarios, o de la Comisión delegada autorizada al efecto en su caso, quienes se encargarán de permitir el acceso a la Urbanización de vehículos no asignados a plazas de garaje (vehículos de emergencia, de servicios de la urbanización o de servicios puntuales de los propietarios tales como mudanzas, reformas, suministros, etc) o de aquellos vehículos asignados que no tengan derecho a entrar por encontrarse ya otro vehículo asignado a la misma plaza en el interior.
Asimismo los Conserjes/Vigilantes deberán vigilar, y perseguir, la salida posterior del vehículo que haya recibido la autorización temporal en el tiempo que consideren razonable.
Nota.- Es razonable una hora de plazo para descargar un sofá, o una mesa y unas sillas, pero no todo el día ; pasado ese plazo “razonable” el vehículo deberá abandonar la Urbanización aunque los operarios correspondientes sigan realizando su trabajo en el interior de la Urbanización. Por el contrario, para hacer una mudanza completa, o una reforma que suponga la entrada de material y salida de cascotes, puede ser necesario todo el día, incluso varios días. El sentido común por parte de los vigilantes es la clave.
2.- Eliminación de las plazas de aparcamiento de cortesía y sustitución de las mismas por zonas verdes y/o de esparcimiento de los vecinos de la urbanización.
Con una única excepción: deberían dejarse 10/15 plazas como máximo, no para visitas personales de los propietarios, sino para que puedan aparcar los vehículos que presten servicios a la Urbanización o a alguno de los propietarios, siempre con la aprobación de los Conserjes/Vigilantes (que le asignarán una plaza concreta) y con el seguimiento (en cuanto a tiempo de permanencia) de los mismos.
Los Conserjes/Vigilantes se encargarán de que no haya vehículos aparcados en las plazas de cortesía remanentes más allá de los que hayan sido autorizados por ellos mismos.
Nota 2.- Las plazas de cortesía son para atender a las necesidades de servicio de la Urbanización y sus propietarios, no para que aparquen los Conserjes/Vigilantes.
Nota 3.- Evidentemente habrá que dar un plazo de ¿6 meses? ¿hasta el 30 de junio de 2007? para la eliminación física de las plazas de cortesía por 2 razones: primero, porque es necesario hacer un proyecto coherente tanto de mantenimiento de las 10/15 plazas que sobrevivirán (es decir, saber dónde se van a mantener dichas plazas), como sobre todo de ajardinamiento racional de las mismas ; y segundo, porque los vecinos de la segunda y tercera fases se incorporarán en los próximos 2-3 meses, y hay que darles tiempo para que hagan sus mudanzas sin las “estrecheces” que existirían si elimináramos ya las plazas.
3.- Elevación de las aceras de la Urbanización en 15 centímetros respecto del nivel de los viales para garantizar la seguridad de los peatones. Instalación de todo tipo de elementos disuasorios en las aceras (bancos, plantas, farolas, pivotes…) para impedir el aparcamiento sobre las mismas.
4.- Prohibición expresa de aparcar sobre las aceras o en los viales interiores, con puesta en marcha de un régimen de advertencias (pegatina en el parabrisas) y sanciones para los que incumplan dicha prohibición.
Los Conserjes/Vigilantes, bajo la supervisión en su caso de la Junta Rectora de la Comunidad de Propietarios o de la Comisión delegada autorizada al efecto, serán los encargados, tanto de poner las pegatinas en los parabrisas de los vehículos mal aparcados, como de dar conocimiento de dicho incumplimiento a la Junta Rectora de la Comunidad de Propietarios o a la Comisión delegada autorizada al efecto.
La sanción deberá ser satisfecha por el propietario del vehículo ; en caso de que éste no sea, a su vez, propietario de un inmueble en la Urbanización, la responsabilidad por el incumplimiento, y por tanto la obligación de pagar la sanción, corresponderá al propietario del inmueble de la Urbanización por cuyo efecto dicho vehículo se encuentre dentro de la misma.
La Junta Rectora de la Comunidad de Propietarios, o la Comisión delegada autorizada al efecto, propondrá un sistema progresivo de sanciones, y de cobro, que deberá ser presentado a la próxima Junta de Propietarios para su aprobación.
Sin otro particular, y con el único ánimo de colaborar al buen funcionamiento de nuestra Urbanización, recibe un cordial saludo. Atentamente,