Hola a todos,
Me he pasado por Arjusa esta tarde para ver si me podían dar una copia del contrato para revisarlo en detalle y aparte de indicarme que llevan unas 94 viviendas vendidas, me han comentado que el contrato lo tendrán finalizado este jueves 9 o viernes 10. Como nos indicaban en el email del 31 Dic, me han confirmado que han comprado la parcela con recursos propios.
Varios puntos que considero debemos revisar todos antes de firmar (y pagar) nada:
- AVAL o PÓLIZA DE SEGUROS: Entidad bancaria o aseguradora, características de la misma (hay distintos tipos de avales), etc.
- PLAZOS: El contrato debe estipular, según marca la Ley 57/1968, plazo máximo de inicio de obras y plazo máximo de finalización, de forma que si hubiera incumplimiento de cualquiera de los dos plazos nos devolverían los importes pagados con un interés del 6% anual.
- COMPRA DEL SUELO: Comprobar en el Registro de la Propiedad que la parcela está ya a nombre de Arjusa. En la promoción de nuestros vecinos, Amenábar, que están también ahora liados con el contrato, han comprobado hoy mismo mediante nota al Registro de la Propiedad que las parcelas siguen a nombre de la Empresa Municipal de la Vivienda de Madrid. Entiendo que en el momento de la firma del contrato las parcelas deben estar a nombre de Arjusa, de lo contrario sería ilegal.
- BONIFICACIONES por ADELANTOS: Arjusa indica que nos dará bonificación del 7% anual para todas aquellas cantidades a partir del 30% de la vivienda. Ahora bien, hay que comprobar cómo se avalan estas cantidades, si en el mismo aval del contrato o en un aval aparte. Para aquel que pueda pagar más del 30% puede ser interesante, ya que me dijeron que no estarían sujetos al 21% de impuestos que sufren los depósitos, lo cual habría que comprobar.
- MEMORIA DE CALIDADES: Totalmente detallada.
Cualquier otra cosa que se os ocurra no dudéis en comentarlo.
Saludos,