Por otro lado mira una consulta que he encontrado bastante reciente, en concreto del mes pasado,en consumo:
Vie, 19/09/2014 - 18:36
Desde mi compañía comercializadora (ENDESA) y desde la competencia (GAS NATURAL), me han llamado varias veces indicándome que según una ley del 2010 es OBLIGATORIO una revisión anual de mi instalación de gas natural, aparte de la inspección de cada cinco años. Estamos en 2014 y se me antoja raro que eso no haya llegado a mis oídos hasta ahora ....
¿hay algo de cierto en todo eso?
En caso de ser cierto, ¿Quién es el encargado o autorizado a realizar dicha revisión?
Consumo Responde
Sáb, 27/09/2014 - 08:59
Hola Luis Antonio ***************, te indicamos que cada 5 años debemos pasar una inspección con carácter obligatorio que será llevada a cabo por el órgano competente de la comunidad autónoma, o empresa autorizada por dicho órgano que acreditará que cumple con las condiciones de eficiencia energética recogidas en el RITE (Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios), y se puede realizar dentro del año natural de vencimiento del periodo. Los distribuidores repercutirán a los usuarios el coste derivado de dicha inspección.
Por otro lado, el mantenimiento y conservación de las instalaciones será responsabilidad de los usuarios y por este motivo las compañías indican que cada año se debe pasar una revisión de la instalación de gas, la cual tiene carácter preventivo y no es obligatoria. Ésta ha de ser llevada a cabo por una empresa mantenedora y que cumpla los requisitos recogidos en “Manual de uso y mantenimiento” de la instalación. Dicha empresa debe emitir un certificado de mantenimiento. Las empresas que operan en el mercado, ofrecen a sus clientes, a veces, un servicio para llevar a cabo dichas revisiones, además de tener un servicio de reparación y de mantenimiento. La cuota de este servicio dependerá de la modalidad elegida, y el cliente puede o no aceptarlo, ya que no es obligatorio.
Un saludo.