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HomesMyA
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15/06/2016 22:44

Licencia de obra

13.786 lecturas | 58 respuestas

Hola a todos, hemos recibido un correo electrónico de Neinor. Con fecha 14 de junio han solicitado la licencia de obra. Es una buena noticia. Saludos.

 
sumario
sumario
19/11/2016 20:14

Muy buenas!

El Martes pasado deje una pregunta en en el encuentro digital de la web de vivienda del diario EL MUNDO, que contestan abogadas expertas en el tema de vivienda:

3. Buenos días,

Reserve hace unos meses una vivienda en una promoción en Madrid, y ahora nos toca realizar la firma del contrato de compra-venta previa al inicio de las obras (ya tenemos la licencia de obra)...

Preguntando a la promotora, si podía ver los planos del proyecto (con las medidas y demás detalles)... me comenta que estos se podrán consultar en sus oficinas semanas después de la firma del contrato, y que este se hace sobre los planos comerciales.

Mi pregunta, es si esto es normal en las promociones sobre plano, y sobre todo si puedo reclamar ver esos planos del proyecto antes de firmar el contrato.

Gracias! Un saludo.


A nuestro juicio tiene usted pleno derecho de examinar los planos de proyecto en las oficinas de la promotora antes de la firma del contrato privado, precisamente para comprobar que se corresponden con los planos comerciales que sirvieron de referencia para su toma de decisión de compra. Le sugerimos que requiera en este sentido al promotor de manera fehaciente a fin de que le convoquen a tal efecto.

 

Teneis el original aquí:

http://www.elmundo.es/elmundo/encuentros/vivienda/2016/11/15/itziar-echeandia-y-rosa-alevito/index.html

 

Creo que si hacemos fuerza puede que nos enseñen los planos de proyecto, antes de firmar. Luego ya cada cual sabrá si quiere o no quiere verlos.

¿Cómo lo veís?

 

Respecto a la constructora, en principio para mí es una perfecta desconocida, y eso puede ser bueno o malo… pero a mí lo que más miedo me daba es que fuera una de las típicas que actuan en Madrid (AVINTIA/ AELCA) que ya sabemos como se las gastan.

Confiemos en que la elección haya sido buena para nuestros intereses.

 

Por último, aportar algo que me ha chocado por desconocimiento, visto en el enlace anterior:

4. Hasta cuándo puedo reclamar a la promotora un desperfecto en una vivienda de obra nueva? Hay alguna ley que está por encima del contrato de compraventa donde se estipula también un plazo?


El plazo general de prescripción de responsabilidad civil frente al promotor es de quince años desde la compra de la vivienda, al menos para compraventas realizadas antes del 7 de octubre de 2015, fecha en la que entró en vigor la última reforma operada en esta materia que reduce dicho plazo a cinco años.

Legislando siempre a favor del ciudadano! sad

 

Eso es todo!

Saludos!

 

 

Fin del hilo
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