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F
fgp
04/06/2008 13:55

Tema hipoteca - cosas que no nos dicen.

¿Es posible la exención del pago del IAJD en los créditos hipotecarios?

1.773 lecturas | 4 respuestas
Hola,

Lo que cuentas es lo mismo que tengo yo con caixa cataluña (un credito hipotecario) y lo hemos descubierto porque la oficina liquidadora nos ha echado para atras la exención en el pago del IAJD , para que os deis cuenta del alcance y repercursiones de todo esto de los creditos hipotecarios.
Segun Hacienda si tu promotor tiene un credito hipotecario y tu te subrogas , TIENES que pagar el IAJD .
Conclusión : Todos los clientes de España que hayamos firmado estos productos de 4 años a esta parte estamos en la mira de hacienda que puede ir reclamando ese impuesto.
De echo a toda mi promoción se lo ha reclamado.
Y lo mas gracioso de todo ¿que hace la caja para detener este escándalo? Pues en vez de pagar ellos el impuesto y parar tamaño escándalo( desde mi punto de vista ,lo mas inteligente ) , lo recurren con sus abogados ante el TEAR, nos facilitan avales y ( agarrate que hay curva !!!.. nos hacen firmar un contraaval para asegurarse el cobro ..)

Asi que el temita de los créditos hipotecarios ya veis en el monstruo en el que se está convirtiendo.


Si , me refiero a que según el banco la subrogacion al credito hipotecario del constructor está exento del IAJD pero la realidad es que Hacienda nos ha dicho que no es así .
Que la ley no permite ese analogía entre creditos hipotecarios y prestamos en este caso concreto ( exencion del pago del IAJD) .



Estos comentarios son del foro de hipotecas.
Parece ser que hacienda no permite la exencion del pago del IAJD al formalizar la hipoteca al ser un CREDITO hipotecario en vez de prestamo.
Ese gran ahorro que nos vende Caixa Catalunya para que nos subrogemos a su hipoteca parece que despues no es tal, y vistas las condicones que ofrecen....
Yo no lo he confirmado ni en caixa catalunya ni en hacienda, pero lo comento para que esteis con la mosca detras de la oreja e intenteis informaros.

Esto aparte de que de entrada no te dicen las diferencias entre su CREDITO y un prestamo hipotecario.

Espero que os ayude.
Un saludo.

 
A
alvaroav
10/11/2008 09:55
Hola a todos,

Sobre este tema que estaba un poco olvidado, hemos encontrado esta consulta a la Dirección General de Tributos que vuelve a incidir sobre su interpretación (otra cosa distinta es que realmente se aplique, o si aunque no se aplique, luego el juez estime ó no que esa interpretación es la correcta), sobre la subrogación en los casos de créditos (que no prestamos) con garantía hipotecaria, y su exención el el pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (que como todos sabréis tiene un tipo impositivo general del 1% sobre el importe del riego hipotecario).
En este caso se trata de una pregunta formulada hace tan solo 4 meses.

http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=11732&Consulta=subrogacion+prestamos&Pos=0&UD=1

Un saludo
 
T
tricoptero
05/06/2008 21:29
Al igual que jofesanju, yo también estuve hoy en la CAIXA CATALUÑA y confirmo lo que el comenta,me dijeron exactamente lo mismo y que tardarán en dar la fase I unos meses, asi que habrá que ir haciendose a la idea e ir pensando en reclamar daños y perjuicios por el retraso (en mi caso un alquiler).
 
J
jofesanju
05/06/2008 19:59
Hoy hemos estado en Hacienda consultando el tema del IAJD y nos han dicho que siempre que se trate de una subrogación está exento de su pago, se trate de un préstamo hipotecario o un crédito con garantia hipotecaria.Despues, hemos estado en CAIXA CATALUNYA nos han confirmado lo de la compra del resto de Alcala 120 por la entidad pero que todavia no es firme. Que de ser así, probablemente habria bastante retraso en la entrega de los pisos.
En cuanto al crédito hipotecario nos han dicho que la única diferencia con el préstamo es que se puede disponer de la cantidad amortizada a un tipo mejor que una crédito personal. Que el crédito si que se puede transformar posteriomente en un préstamo hipotecario con otra entidad, que ellos lo han hecho en varias ocasiones.
También dicen que sea crédito o préstamo si quieres subrogarte con otra entidad hay que cancelar y aperturar.
 
A
alvaroav
04/06/2008 17:43
Joee.. como se confirme esto, los de caixa catalunya lo tienen claro.
Porque desde luego es casi el unico motivo que tienen para que la gente se subrogue a este credito.

Un saludo
 

Fin del hilo
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