Hola a todos. Me presento, me llamo Andrés y soy otro de los afectados, en su día por OFIGEVI.
Como muchos de vosotros, el pasado año, tras años de lucha, recibimos mi mujer y yo de HCC la indemnización correspondiente.
Ahora, estamos en la tesitura de hacer la declaración de hacienda. Mi primera consulta, hace 15 días, me dejó mal sabor de boca ya que me decían de declarar los intereses, sin descontar la minuta de los abogados, en la casilla 266. No me convenció nada esta opción. He de daros las gracias por toda la información recibida al respecto en este foro.
Tras leer todo detalladamente, hoy mismo he consultado por teléfono nuevamente, orientado el tema hacia declarar en concepto de "ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales", como aquí comentáis, enfocando mi duda respecto a la clave del "tipo de elemento patrimonial". La técnico que me ha atendido me ha comentado que, efectivamente, está bien declarado en este apartado y que la clave sería la 1 "inmuebles y derechos reales sobre bienes inmuebles", y dentro de éste, la clave 3 "inmueble sobre referencia catastral".
Tras hacerlo de este modo, la verdad, la situación es mucho más beneficiosa. Nuevamente, daros las gracias por la información. Me he dado de alta en el foro para ello y de paso informaros de esta última respuesta que me ha dado la agencia tributaria.
Por otro lado, de cara a tenerlo todo preparado por si nos solicitan todo el papeleo a posteriori... que creo que lo harán, disponéis de algún documento específico sobre el acuerdo con HCC? Yo solamente tengo la factura de los abogados y el papelillo que nos dieron el día de la firma del acuerdo, donde se especifican las cantidades, pero no hay ni fecha ni sello de HCC... será suficiente para hacienda?
Un saludo a todos!