Segun mi abogado, para aquellos a los que habeis llegado un acuerdo y habeis retirado la demanda, solo tributais los intereses que os haya generado ese dinero en el banco durante 2014. es decir, si os pagaron 10 y os ha generado 1 durante el año pasado, solo tributais por 1. Si el dinero os lo han dado por orden judicial, no se muy bien que teneis que declarar.