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BUENAS NOTICIAS!!!

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Siguiendo una sugerencia de mi Cooperativa, hace 3 meses que escribí al ayuntamiento una reclamación por la lentitud en la firma del convenio de gestión.  

Hoy, por fin, he recibido esta carta........ aunque tarde pero son BUENAS NOTICIAS!!!

 


 


Editado por DELAMANGUI 22/02/2012 18:41
 

Tambien recibí esto en mi email

 

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL banizable Programado UZP 2.01 “Desarrollo del Este-El Cañaveral”. ... Cañaveral” al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación ...http://www.madrid.org/cs/Satellite?blobcol...id...


Editado por DELAMANGUI 22/02/2012 20:40B.O.C.M. Núm. 45

MIÉRCOLES 22 DE FEBRERO DE 2012 Pág. 117
BOCM-20120222-35

BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE 35 MADRID URBANISMO


Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda


Aprobación definitiva del Plan Especial de Mejora de la ordenación pormenorizada de las redes públicas de infraestructuras energéticas y equipamientos sociales y de modificación de la Ordenanza de Zona de Industria Tradicional del Plan Parcial del Sector Suelo Urbanizable
Programado UZP 2.01 “Desarrollo del Este-El Cañaveral”.
El excelentísimo Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2011, adoptó el siguiente acuerdo:


«Primero.—Aprobar definitivamente el Plan Especial de Mejora de la ordenación pormenorizada de las redes públicas de infraestructuras energéticas y equipamientos sociales y de modificación de la Ordenanza de Zona de Industria Tradicional del Plan Parcial del
Sector Suelo Urbanizable Programado UZP 2.01 “Desarrollo del Este-El Cañaveral”, promovido por la Junta de Compensación del ámbito, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, de acuerdo con los informes técnico
y jurídico de la Dirección General de Planeamiento de fechas 24 y 25 de noviembre de 2011, al amparo del artículo 59 en relación con el 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.»

 

Fin del hilo
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