Vuelvo a repetir que todo se quiere hacer muy rápido y nadie indica el porqué de las cosas.
Las prisas responden a algo mas que nadie quiere contar, pero seguro que alguien tiene intereses creados, por lo que pienso que si un abogado pilla clientes, luego ya veremos porque ya les ha cobrado y luego paso a paso, si gano bien y sino tambien porque ya les cobré.
Pero leyendo en internet os comento la documentación que hay que aportar al juzgado para solicitar el concurso de acredores y luego dejaré algunas preguntas en el aire:
"El Art. 6 de la Ley Concursal indica los documentos que necesariamente tendran que adjuntarse para que la solicitud de concurso sea admitida tramite.
Es importante ante la solicitud del concurso la documentación que tendremos que preparar a fin de que se entregue toda ella al juzgado.
Se deberá adjuntar, aparte del escrito de solicitud, un poder especial del Procurador de los Tribunales, la memoria explicativa expresiva y exhaustiva de la historia económica y jurídica del deudor de los últimos tres años; Enumeración de las oficinas y explotaciones; Valoraciones; Propuestas de viabilidad; Enumeración de los socios o asociados, de los administradores o liquidadores en su caso y del auditor de cuentas; La sociedades o empresas del mismo grupo; Inventario de bienes y derechos con su estimación del valor real; Relación de acreedores con su identidad, cuantía y vencimiento de sus créditos; Cuentas anuales, informes de auditoría de los últimos tres ejercicios; Memoria de los cambios significativos operados en el patrimonio tras las últimas cuentas depositadas; Estados financieros intermedios y Cuentas anuales e informes de auditoría y de gestión consolidados de los últimos tres ejercicios para el supuesto de empresa perteneciente a un mismo grupo. Es aconsejable aportar cuanta más y mejor información disponga el deudor para acreditar ante el juez su situación de insolvencia."
Mis preguntas son las siguientes:
1- ¿Quien preparará toda esta documentación correctamente? Alguien que no va a cobrar como es la gestora.
2-¿El consejo rector, en su caso?. que solo presenta a una abogada y sin saber como te ofrece pisos en otra promoción o el abogada.
3-¿Quien aprueba que se vaya al concurso de acreedores?, el consejo rector?, la abogada? nadie?...
4- Lo único que se es que debería de hacerse las cosas con cautela porque tenemos ahora mismo en las noticias una cooperativa muy famosa en concurso de acreedores y nadie dice que una aseguradora le va a devolver sus aportaciones, sino todo lo contrario.
A mi me gustaría que se nos convocase a todos los socios y exsocios a una reunión con varios abogados y varias propuestas en donde se hablase de como gestionar una salida con la menor perdida que se pueda (y que nadie me mal interprete si conseguimos 10000 euros cada uno serán mucho o sea que cada uno calcule lo suuo, que esto va a ser tremendo) y despues de esto quitarle el 10% para los abogados.
Y nadie puede creer que en 15 de noviembre todo estará listo, salvo que se quiera hacer todo mal y luego volveran a surgir los problemas y las lamentaciones.
5- ¿Cuanto tiempo tardarían en presentar la documentaci´on al juzgado correctamente?, porque sino tambien podr´ia ocurrir que no la admitiesen a tramite por defecto de forma y vuelta a empezar.
Seamos serios por una vez en nuestra cooperativa, que esto no se puede hacer en 15 días.
saludos